La declaración de “Ramiro”: “Al salir extraditado mi pena se dio por cumplida”
El exfrentista indicó al ministro Mario Carroza que se le debe abonar a su condena el tiempo que estuvo detenido en Brasil. Mauricio Hernández se negó a declarar sobre la fuga de la CAS, al indicar que eran hechos ocurridos 22 años atrás.
“Sí, deseo declarar de forma libre y espontánea”.
Así comienza la declaración judicial que el miércoles realizó el exjefe operativo del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR) Mauricio Hernández Norambuena alias “comandante Ramiro” ante el ministro en visita Mario Carroza, quien lleva la causa por el homicidio del senador UDI Jaime Guzmán y el secuestro de Cristián Edwards.
“Ramiro” llegó a Chile a comienzos de esta semana, luego de ser extraditado desde Brasil. En ese país cumplió 17 años de presidio por el secuestro del publicista Washington Olivetto. Anteriormente, en 1996, se fugó en helicóptero desde la CAS junto a otros tres exfrentistas. En Chile alcanzó a cumplir tres años de pena por los dos presidios perpetuos que enfrentaba.
Brasil, para otorgar la extradición, puso como condición que en Chile no recibiera una pena mayor a la estipulada en su legislación,
esto es 30 años. Ahora, el debate es si en Chile debería cumplir 27 años de cárcel (tesis del gobierno, que asegura que los 17 años en Brasil no cuentan, porque estuvo cumpliendo condena por un delito diferente) o 10 años de prisión (tesis de la familia del exsubversivo, que asegura que los 17 años en Brasil deben ser abonados como tiempo de sentencia).
La declaración de “Ramiro” se centró, justamente, en esta discusión.
El exfrentista señaló que “en Brasil me encontraba en régimen cerrado y tengo entendido, por lo que se me informó siempre, que estaba cumpliendo la preventiva y ese tiempo se iba a abonar mientras se resolvía mi extradición, y mi apoderado, señor Espinoza, va a solicitar a la abogada de Brasil los documentos fundantes de la ‘preventiva’ y lo que ello conlleva, para presentarlos en este proceso, en razón de abonar ese tiempo de Brasil a la pena impuesta acá. El pedido de extradición se realizó en el año 2003 y fue aceptado en el
año 2006, en esa fecha se me otorgó la detención provisoria por el proceso de extradición y desde ahí se comienza a contar el tiempo. Eso es lo que tengo entendido”.
Hernández agregó que “a raíz de que yo tenía más de la mitad de la pena cumplida en Brasil, por los hechos de Brasil, al salir extraditado mi pena se dio por cumplida, y por lo mismo estoy seguro de que yo estaba privado de libertad con detención preventiva. Es más, eso está escrito y es el documento que enviará la abogada de Brasil, y ese tiempo se puede abonar a las penas por los procesos por los cuales he sido extraditado”.
Al finalizar, indicó que “quisiera indicar que como yo ya estaba preso cuando llegó la extradición y se accedió a ella, se escrituró la detención preventiva por ese hecho”.
Durante la jornada, “Ramiro” también fue consultado por la fuga de la CAS. Ahí, solo indicó que “digo que no deseo declarar por estos hechos por el tiempo transcurrido de 22 años”.b