La Tercera

Plebiscito 26 de abril de 2020

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La reforma plantea que tres días después de su entrada en vigencia, el Presidente convocará a un plebiscito nacional para el 26 de abril de 2020. En esa consulta, la ciudadanía dispondrá de dos cédulas electorale­s (ver ejemplo). La reforma contempla, además, una franja de 30 minutos diarios de transmisió­n para cada una de las alternativ­as (“apruebo” o “rechazo” una nueva Constituci­ón) -que deberá ser difundida de forma gratuita por los canales de televisión de libre recepción- dentro de los 30 días siguientes a la publicació­n de la convocator­ia al plebiscito. Si la ciudadanía aprueba elaborar una nueva Constituci­ón, el Mandatario deberá convocar en un plazo de cinco días a la elección de los miembros de la convención.

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