La Tercera

Quema de Metro Pedrero: corte anula juicio que absolvió a acusados

- Javiera Matus

“Como gobierno valoramos que la justicia haya anulado el fallo que absolvió a los imputados”.

RODRIGO DELGADO

MINISTRO DEL INTERIOR

El primer caso en que hubo un detenido por ataques al Metro el 18 de octubre de 2019 fue el de la Estación Pedrero, la que quedó completame­nte destruida. Se trató del joven B.E.S.M. (17), para quien la Fiscalía Oriente pidió 10 años de internació­n provisoria. Más tarde, también arrestaron a su tío Daniel Morales Muñoz (35) y solicitaro­n 20 años de cárcel en su contra.

Según el Ministerio Público, ambos planearon que ese día un grupo de barristas de la Garra Blanca se reuniera en la entrada de la estación y B.E.S.M. lanzó combustibl­e a un fuego incipiente que luego se agrandó. Para acreditar sus acusacione­s, la fiscalía presentó como prueba central un video que presuntame­nte situaba a los imputados quemando el Metro.

Sin embargo, el Séptimo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago -integrado por los jueces José Pérez, María Schürmann y Fernando Monsalve- absolvió por unanimidad a ambos. Su razón fue que el video no fue ingresado correctame­nte a la causa penal, “lo que generó un serio problema de legalidad, coherencia y fe”. A raíz de eso, dijeron que toda la evidencia presentada por el Ministerio Público era ilegal.

El fiscal del caso, Omar Mérida, pidió a la Corte de Apelacione­s de Santiago anular el fallo absolutori­o y le dieron la razón. Ayer, la Undécima Sala del tribunal de alzada resolvió por unanimidad que los jueces que los dejaron libres carecían “de fundamenta­ción o razón suficiente en su propia declaració­n de ilegalidad del medio probatorio consistent­e en el mencionado video y, como consecuenc­ia, de toda la prueba derivada de él”. Agregaron que el fallo absolutori­o “no fundamenta con la precisión debida cuál de todas esas garantías que refiere es la vulnerada y de qué forma habría ocurrido aquello”.

Ahora se deberá fijar fecha para iniciar un nuevo juicio, el que deberá realizarse con magistrado­s distintos a los que absolviero­n a los acusados. Si en este juicio vuelven a absolver a los imputados, no hay más recursos. Pero si la fiscalía logra una condena, la defensa tendrá aún una posibilida­d de recurrir a la Corte de Apelacione­s para pedir la nulidad del mismo.

El fiscal regional Metropolit­ano Oriente, Manuel Guerra, dijo que “el fallo no describía las razones que lo llevaron a determinar la absolución de los dos acusados, sino que se limitaba a hacer un enunciado de aquellos motivos que fundamenta­ban su decisión”.

En cambio, Lorenzo Morales, abogado de Daniel Morales, indicó que “voy a deducir una queja en contra los jueces que estuvieron en la Undécima Sala... Nos parece improceden­te”.●

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