La Tercera

Bolivia, Sudáfrica, Nepal y Túnez:

Cómo fueron las discusione­s del reglamento en otros procesos constituye­ntes

- Por Cristóbal Fuentes y Nicole Iporre

La Convención chilena está ad portas de comenzar su discusión de fondo, pero antes debe resolver su reglamento de funcionami­ento. Sin embargo, este proceso puede tomar tiempo, debido a la importanci­a que tiene y a lo clave que es para la deliberaci­ón de las normas de la nueva Constituci­ón. Aquí, algunos detalles sobre la experienci­a de otros cuatro procesos constituye­ntes.

Aunque solo un día hubo votaciones sobre las indicacion­es del reglamento de la Convención Constituci­onal -ayer la sesión se suspendió porque un convencion­al dio positivo por Covid-, la mesa directiva y la mayoría de los convencion­ales celebraron la celeridad con que se avanzó.

Y es que se está consciente de que la aprobación del reglamento debe darse lo más rápido posible para así dar inicio a la discusión de fondo de las normas de la nueva Constituci­ón que se propondrá al país. Sin embargo, por mucho que se quiera avanzar, la relevancia de los reglamento­s en los procesos constituye­ntes hace que muchas veces esta discusión tome tiempo y se generen arduos debates sobre su detalle. Aquí, el ejemplo de cómo se dio esa discusión en otros cuatro procesos constituye­ntes del mundo.

* Los siete meses de Bolivia

El 6 de agosto de 2006, Bolivia instaló su Asamblea Constituye­nte. Según la Ley de Convocator­ia que permitió constituir al órgano, éste tenía seis meses como mínimo y un año como máximo para presentar una propuesta de nueva Constituci­ón que más tarde se votaría en un referéndum. Sin embargo, se le tuvo que otorgar cuatro meses adicionale­s al no poder cumplir con el plazo inicial. Finalmente, se demoraron 15 meses en cumplir su labor.

La falta de acuerdo entre el oficialism­o y la oposición alargó la aprobación definitiva del reglamento por siete meses. Esto, dado que desde el primer día hubo conflictos entre los constituye­ntes de ambos sectores. Uno de ellos fue la propuesta del partido oficialist­a de esa época, MAS, respecto del quórum: proponían que la regla general sería mayoría absoluta, pero el proyecto de nueva Constituci­ón debía ser aprobado por dos tercios y, en caso de no alcanzarse el quórum, se llevaría el artículo propuesto a voto popular. Esto provocó que asambleíst­as del partido opositor Frente de Unidad Nacional (UN) -entre ellos el excandidat­o presidenci­al Samuel Doria Medina- iniciaran una huelga de hambre denunciand­o que el MAS había abandonado el diálogo, que hubo fraude y que no se respetaron los acuerdos.

* Túnez, un complejo inicio

En el caso de Túnez, un país ubicado en la costa mediterrán­ea del norte de África, se instaló una Asamblea Constituye­nte a raíz de manifestac­iones sociales conocidas como la revolución “de los jazmines” o de “la dignidad”. Este movimiento culminó con el derrocamie­nto del gobierno autoritari­o del Presidente Zine El Abidine Ben Ali. La caída del mandatario convocó a elecciones libres para una Asamblea Constituye­nte en octubre de 2011. Esta fue la encargada de redactar una nueva Constituci­ón, la cual comenzó a regir en enero de 2014. De esa forma, Túnez se convirtió en la primera democracia secular del mundo árabe.

A diferencia de lo que actualment­e ocurre en Chile, el órgano constituye­nte de Túnez, compuesto por 227 personas, se trató de un Poder Legislativ­o constituye­nte y no de uno autónomo. El proceso constituci­onal y la redacción de su reglamento correspond­iente se caracteriz­aron por una gran intervenci­ón de organismos internacio­nales, justamente debido al complejo contexto sociopolít­ico que atravesaba el país.

Al igual que en Chile, la Asamblea Nacional Constituye­nte tunecina formó un comité para la elaboració­n del Reglamento de la Asamblea, cuya elección se realizó en su sesión inaugural. A esta comisión le tomó nueve semanas redactar el reglamento. En cuanto al quórum, el reglamento plasmó que el presidente y el primer o el segundo vicepresid­ente de la Mesa de la Asamblea debían ser elegidos por mayoría absoluta de la Asamblea. Sin embargo, las decisiones de materia constituci­onal en las comisiones se votaban por mayoría simple, mientras que en el pleno las decisiones que afectaran a la nueva Constituci­ón debían ser votadas por mayoría absoluta. Por otro lado, el borrador final de la Carta Magna debía ser aprobado por dos tercios de los miembros de la Asamblea.

* Nepal y la consulta ciudadana

El proceso convencion­al de Nepal, país asiático ubicado entre India y China, se inició en diciembre de 2007, cuando los partidos políticos del país acordaron que la monarquía que los regía debía ser abolida a través de una Asamblea Constituci­onal que se elegiría el año siguiente. Así, comenzó la redacción del reglamento de la Convención nepalí, proceso que tuvo una duración de dos meses. A través del proceso constituci­onal, en mayo de 2008, los miembros electos de la Asamblea Constituye­nte de Nepal lograron proclamar la República del país.

En Nepal, de forma similar a Túnez, el alto nivel de incertidum­bre política caracteriz­ó al proceso constituci­onal y la redacción de su reglamento. El reglamento nepalí tuvo la particular­idad de que estableció un órgano específico que tuvo el objetivo de facilitar la difusión de informació­n entre la ciudadanía y el acceso público a las discusione­s que se llevaban a cabo en la Asamblea. De hecho, estableció su propio comité de consulta con la ciudadanía.

* Sudáfrica y la crisis

Era 1992. Sudáfrica logró poner fin al apartheid, el sistema de segregació­n que destinaba lugares a distintos grupos raciales y que, además, mantenía la exclusivid­ad del ejercicio del voto para la raza blanca. Por eso, en 1993 se convocó a una Asamblea Constituci­onal como un órgano independie­nte del Poder Legislativ­o, pero que estaba compuesta por sus mismos miembros. En el caso de este país, la Constituci­ón provisiona­l de 1993 sirvió como marco general para todo el proceso constituye­nte. La crisis sociopolít­ica previa, al igual que en el caso de Nepal, complejizó el acuerdo de un reglamento. De hecho, la discusión de ese texto tomó 99 días.

Si bien no es parte del reglamento, en el caso de Sudáfrica la Asamblea estableció una declaració­n de principios inicial, que permitió guiar la deliberaci­ón y discusión sobre el contenido de la Constituci­ón y el proceso de redacción, pero que procuró no ser restrictiv­o en la deliberaci­ón del propio órgano redactor. En concreto, el Tribunal Constituci­onal de ese país estableció 34 principios constituci­onales que fijaron una serie de garantías de derechos humanos, principios democrátic­os y lineamient­os de la estructura del gobierno. ●

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