Servel: 15.173.857 electores están habilitados para votar en el plebiscito de salida
En tanto, 266.135 personas fueron calificadas como inhabilitadas para acudir a los centros de votación este 4 de septiembre. De ellas, 177.759 son hombres y 88.376 mujeres.
El próximo 4 de septiembre los chilenos tendrán que salir una vez más a las urnas. En esta oportunidad no será para elegir representantes ciudadanos para algún cargo, sino que será para definir si el país tendrá o no una nueva Constitución.
Ese día, y de forma obligatoria, todas las personas habilitadas para ejercer su derecho a voto deberán acudir a los centros de votación y elegir una de las dos opciones respecto de la propuesta de nueva Carta Magna emanada por la Convención Constitucional: Apruebo o Rechazo.
Así , el Servel informó ayer que 15.173.857 electores están habilitados para poder sufragar en dicha jornada.
Según explicaron desde el organismo “este padrón se ha elaborado en base a la información entregada por el Servicio de Registro Civil e Identificación, Poder Judicial, el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, la jefatura nacional de Extranjería y Policía Internacional de la Policía de Investigaciones de Chile y los consulados de Chile”.
En ese sentido, son 15.076.623 de personas habilitadas en Chile y 97.234 en el extranjero. Puente Alto es la comuna del país con más votantes autorizados para ejercer su derecho a voto (404.948). Le sigue Maipú (392.505) y Santiago (347.155).
En tanto, en el extranjero, la mayor cantidad de personas que pueden votar y que fueron visadas por el Servel están en Perú (167.348), Colombia (68.430) y Bolivia (54.409).
Además, 266.135 personas fueron calificadas como inhabilitadas para acudir a los centros de votación: de ellas 177.759 son hombres y 88.376 mujeres.
7 de junio, el plazo de reclamaciones
El Servel informó, además, que este 7 de junio comenzará el plazo legal de reclamaciones al padrón electoral auditado, para quienes consideren que su situación no se ajusta a la legalidad.
“El objetivo de esta publicación es que las personas puedan corroborar la información que contienen los padrones electorales y presentar sus objeciones dentro del plazo que considera la ley para ello”, indicaron.
Agregaron que “en las situaciones que las personas consideren que injustificadamente fueron omitidas de estos padrones electorales, pueden reclamar, entre el 7 y el 16 de junio ante el Tribunal Electoral Regional (TER) de su domicilio electoral”.b