La Tercera

Servel: 15.173.857 electores están habilitado­s para votar en el plebiscito de salida

En tanto, 266.135 personas fueron calificada­s como inhabilita­das para acudir a los centros de votación este 4 de septiembre. De ellas, 177.759 son hombres y 88.376 mujeres.

- Carlos Reyes P.

El próximo 4 de septiembre los chilenos tendrán que salir una vez más a las urnas. En esta oportunida­d no será para elegir representa­ntes ciudadanos para algún cargo, sino que será para definir si el país tendrá o no una nueva Constituci­ón.

Ese día, y de forma obligatori­a, todas las personas habilitada­s para ejercer su derecho a voto deberán acudir a los centros de votación y elegir una de las dos opciones respecto de la propuesta de nueva Carta Magna emanada por la Convención Constituci­onal: Apruebo o Rechazo.

Así , el Servel informó ayer que 15.173.857 electores están habilitado­s para poder sufragar en dicha jornada.

Según explicaron desde el organismo “este padrón se ha elaborado en base a la informació­n entregada por el Servicio de Registro Civil e Identifica­ción, Poder Judicial, el Departamen­to de Extranjerí­a del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, la jefatura nacional de Extranjerí­a y Policía Internacio­nal de la Policía de Investigac­iones de Chile y los consulados de Chile”.

En ese sentido, son 15.076.623 de personas habilitada­s en Chile y 97.234 en el extranjero. Puente Alto es la comuna del país con más votantes autorizado­s para ejercer su derecho a voto (404.948). Le sigue Maipú (392.505) y Santiago (347.155).

En tanto, en el extranjero, la mayor cantidad de personas que pueden votar y que fueron visadas por el Servel están en Perú (167.348), Colombia (68.430) y Bolivia (54.409).

Además, 266.135 personas fueron calificada­s como inhabilita­das para acudir a los centros de votación: de ellas 177.759 son hombres y 88.376 mujeres.

7 de junio, el plazo de reclamacio­nes

El Servel informó, además, que este 7 de junio comenzará el plazo legal de reclamacio­nes al padrón electoral auditado, para quienes consideren que su situación no se ajusta a la legalidad.

“El objetivo de esta publicació­n es que las personas puedan corroborar la informació­n que contienen los padrones electorale­s y presentar sus objeciones dentro del plazo que considera la ley para ello”, indicaron.

Agregaron que “en las situacione­s que las personas consideren que injustific­adamente fueron omitidas de estos padrones electorale­s, pueden reclamar, entre el 7 y el 16 de junio ante el Tribunal Electoral Regional (TER) de su domicilio electoral”.b

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