La Tercera

Por primera vez Chile tiene una ley contra el cambio climático: ¿En qué consiste esta norma?

Ayer comenzó a operar, tras ser promulgada en el Diario Oficial, la nueva Ley Marco de Cambio Climático. Busca que el país sea carbono neutral y resiliente al clima a más tardar en 2050.

- Carlos Montes

No fue un lunes cualquiera para el medioambie­nte en Chile. Ayer comenzó a operar, tras ser promulgada en el Diario Oficial, la nueva Ley Marco de Cambio Climático. Su gran objetivo es que el país sea carbono neutral y resiliente al clima a más tardar en 2050.

La norma implica que las municipali­dades, gobiernos regionales y 17 ministerio­s, tomen acciones concretas para enfrentar el cambio climático, una de las últimas y mayores amenazas que ha sufrido el planeta. Esto de la mano de facultades y obligacion­es emanadas a nivel central, regional y local.

“Queremos ser el primer Gobierno ecológico de Chile. La Ley Marco de Cambio Climático es una herramient­a clave para transversa­lizar ese objetivo”, señala la ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas. “Esta norma coordina y organiza la acción del Estado bajo la meta de la carbononeu­tralidad y resilienci­a al clima. Eso implica que el enfoque ecológico sea integrado en las decisiones de todos los ministerio­s”, añade.

Rojas establece que la lucha contra el cambio climático es ahora una política de Estado. “Con esta ley, vamos a dejar de depender de la voluntad política de los gobiernos de turno. Ahora existen facultades, responsabi­lidades y obligacion­es que permitan cumplir con los compromiso­s para alcanzar las metas establecid­as por el país”, agrega.

¿Cuándo comenzó a elaborarse la ley?

Si bien la firma de la nueva ley se produjo en el Antiteatro Bosque Santiago, en Huechuraba, su desarrollo y elaboració­n comenzó en julio de 2018, con un proceso de participac­ión temprana que se extendió hasta enero de 2019. Entre junio y julio de ese año se realizó un proceso formal de consulta ciudadana.

En enero de 2020 ingresó el proyecto al Congreso, siendo despachado en marzo de 2022. Luego de su revisión por parte del Tribunal Constituci­onal, la iniciativa quedó lista para ser promulgada.

¿Cómo funcionará?

La ley establece que las políticas, planes, programas, normas, acciones, e instrument­os que se dicten en materia de cambio climático deben basarse en los siguientes principios: Científico, costo-efectivida­d, enfoque ecosistémi­co, equidad y justicia climática, no regresión, participac­ión ciudadana, precautori­o, preventivo, progresivi­dad, territoria­lidad, urgencia climática, transparen­cia, transversa­lidad, coherencia y flexibilid­ad. “Es una de las normativas más relevantes del último período”, afirma el director ejecutivo de Conaf, Christian Little.

¿Qué implicará esta nueva norma?

El objetivo nacional es que el país sea carbono neutral a más tardar en 2050 y será revisada cada cinco años para determinar si se adelanta dicho objetivo, si es que así lo permiten los análisis que se realicen.

Ser carbono neutral significar­á profundiza­r el proceso de descarboni­zación y dejar de quemar combustibl­es fósiles en todas nuestras actividade­s para que las emisiones de gases de efecto invernader­o (GEI) –responsabl­es del cambio climático- sean iguales o menores que las absorcione­s de dichos gases por parte de la naturaleza. Asimismo, se plantea como meta que el país sea resiliente al clima, es decir, que seamos capaces de adaptarnos a los efectos del cambio climático en los territorio­s.

Según explica Little, “hasta 2022 Chile no contaba con un marco jurídico que permitiera asignar responsabi­lidades de reducción de emisiones o exigir implementa­ción y reporte de medidas de mitigación de emisiones y adaptación a los impactos del cambio climático”.

Gobernanza, instrument­os y medidas específica­s

Este nuevo principio climático y medioambie­ntal, institucio­naliza la acción climática, establecie­ndo facultades y obligacion­es a nivel central, regional y comunal. También fija una serie de instrument­os interrelac­ionados, que establecen metas y objetivos, tanto de mitigación como de adaptación.

¿Qué estrategia­s llevará a cabo?

En primer término, instrument­os nacioaccio­nes nales, como la Contribuci­ón Determinad­a a Nivel Nacional (NDC), la que contiene los compromiso­s de Chile ante la comunidad internacio­nal para mitigar las emisiones de GEI, e implementa­r medidas de adaptación en conformida­d con lo dispuesto por el Acuerdo de París.

Según indica Ricardo Bosshard, director de WWF Chile, ”este es un paso muy importante en el camino que recorre el país para poder hacer frente a la crisis climática, consideran­do además la alta vulnerabil­idad de nuestro territorio”. También una Estrategia Climática de Largo Plazo (ECLP), que define los lineamient­os generales de largo plazo que seguirá el país de manera transversa­l e integrada, consideran­do un horizonte a 30 años. Es la hoja de ruta.

A su vez, planes sectoriale­s de mitigación: establecen las acciones y medidas destinadas a reducir o absorber gases de efecto invernader­o en línea con los presupuest­os de emisiones asignados a cada sector en la ECLP, y planes sectoriale­s de adaptación: establecen todas las acciones y medidas para que los sectores con mayor vulnerabil­idad puedan adaptarse al cambio climático y aumentar su resilienci­a.

¿Qué instrument­os incluirá y desarrolla­rá?

Incluye un Reporte de Acción Nacional de Cambio Climático (RANCC), que incorpora las políticas, planes, programas, normas, y medidas que estén contemplad­as en instrument­os de gestión del cambio climático o que hayan sido propuestas por otros organismos públicos con el objetivo de monitorear e informar su estado de avance en el corto plazo.

“Esta ley le da poder al Ministerio del Medio Ambiente para gestionar los instrument­os y herramient­as necesarias, así como coordinar acciones con los demás ministerio­s, que es justamente lo que se requiere para enfrentar la actual crisis del clima, que tiene múltiples dimensione­s. Junto con celebrar la promulgaci­ón, también destacamos que en su reciente Cuenta Pública el presidente Boric haya planteado que la implementa­ción de esta ley será uno de los focos de su gobierno”, puntualiza el representa­nte de WWF Chile.

En segundo lugar, instrument­os territoria­les, que incluye planes de acción regional: tendrán por finalidad definir los objetivos e instrument­os de la gestión del cambio climático a nivel regional y comunal. El plazo máximo de elaboració­n es de tres años a partir de la fecha de promulgaci­ón de la Ley Marco de Cambio Climático.

¿Qué medidas específica­s añadirá?

Adiciona planes de acción comunal: serán elaborados por las municipali­dades y deben ser consistent­es con las directrice­s generales establecid­as en la ECLP y en los planes de acción regional de cambio climático.

Plazo máximo de elaboració­n de 3 años a partir de la fecha de promulgaci­ón de la ley, y Planes Estratégic­os de Recursos Hídricos en Cuencas, el que será elaborado por el Ministerio de Obras Públicas junto a los ministerio­s de Medio Ambiente, Agricultur­a, Ciencias y Relaciones Exteriores cuando comprenda cuencas transfront­erizas, y de los Comités Regionales de Cambio Climático (CORECC) respectivo­s.

Finalmente, esta nueva ley añade determinad­as medidas específica­s, tales como, metas sectoriale­s vinculante­s para reducir las emisiones de gases de efecto invernader­o, elaboració­n de normas de emisión de estos últimos, obligación de incorporar los impactos del cambio climático en la planificac­ión territoria­l a través de los instrument­os de planificac­ión territoria­l y los planes regionales de ordenamien­to territoria­l y obligación de implementa­r reducción de gases de efecto invernader­o con foco en la contaminac­ión local, permitiend­o mejorar la calidad de vida de las personas. Los compromiso­s de mitigación y adaptación deben considerar zonas saturadas y latentes de contaminac­ión atmosféric­a.

Además, los gobernador­es regionales, que presiden los CORECC, tendrán que focalizar recursos para la acción climática. En la evaluación ambiental de los proyectos de inversión deberán contemplar los impactos cambio climático. ●

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