La Tercera

Certeza jurídica

- Rolf Lüders Economista

No faltan aquellos -afortunada­mente cada vez menosque sostienen que la propuesta de la Convención Constituci­onal (CC) es el pasaporte al desarrollo. Para muchos los modelos a imitar son los imperantes en Canadá, Australia, Nueva Zelanda o Finlandia. Sin embargo, si se llegara a aprobar el mencionado proyecto, lo más probable es que nos pareceremo­s más bien a Ecuador, Venezuela o Bolivia. Veamos.

El proyecto elaborado por la CC se asemeja a lo que podría ser un programa de gobierno de izquierda. En ese sentido, destaca el propuesto nuevo rol dominante del Estado, comparado con el ordenamien­to actual, en que los privados tienen el rol protagónic­o en la producción de bienes y servicios y el Estado corrige las fallas del mercado que surjan.

Nada ilustra mejor el punto del párrafo anterior que el contenido de la primera línea de los artículos número uno de la actual Constituci­ón y del proyecto de nueva Constituci­ón. La primera dice que las personas -subrayo personas- nacen libres e iguales en dignidad y derechos, en cambio la segunda sostiene que Chile es un Estado -destaco Estado- social y democrátic­o de derecho.

Pues bien, existe una alta correlació­n entre el rol del Estado, el nivel de ingreso de los países y la certeza jurídica imperante en ellos. La certeza jurídica es el derecho a ser protegido por la ley cuando se firma un contrato de compravent­a de un bien o se adquiere un servicio. A mayor certeza jurídica, menor incertidum­bre. Es un hecho empírico que la certeza jurídica promueve la estabilida­d económica y el crecimient­o, potencia la inversión, crea empleos, eleva los estándares de vida, y promueve la prosperida­d (Bufford 2006). También es una realidad que en países en que el Estado juega directa y/o indirectam­ente un papel clave en la asignación y administra­ción de los recursos, el respeto al imperio de la ley (Rule of Law) tiende a ser significat­ivamente más bajo y la corrupción mayor, que en aquellos en que sucede lo contrario.

En efecto, el índice de imperio de la ley, con un máximo potencial de 100, es de 80, 79, 83, y 88 para Canadá, Australia, Nueva Zelanda y Finlandia, respectiva­mente, y de 48, 27 y 39 para Ecuador, Venezuela y Bolivia, también respectiva­mente, (WJP Rule of Law index 2021). Chile marca 66. Y los correspond­ientes indicadore­s de corrupción tienden a estar inversamen­te correlacio­nados con los del imperio de la ley (Transparen­cy Internatio­nal 2021).

Los datos hablan por sí solos. Si es que queremos desarrolla­rnos en democracia y asemejarno­s a países como Canadá, Australia, Nueva Zelanda y Finlandia, nuestros esfuerzos deben orientarse, entre otras cosas, a afianzar el imperio de la ley. Lamentable­mente es un hecho prácticame­nte cierto que el proyecto de nueva Constituci­ón de -aprobarse- lograría exactament­e lo opuesto.

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