La Tercera

REFORMA TRIBUTARIA

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SEÑOR DIRECTOR:

Recienteme­nte la OCDE emitió un informe sobre “Política tributaria e igualdad de género”, el cual muestra que en los sistemas tributario­s existen sesgos de género implícitos debido al nivel de ingresos entre hombres y mujeres, las decisiones de consumo y el impacto de los roles sociales masculinos y femeninos. Frente a estas diferencia­s, varios países encuestado­s ya han implementa­do reformas tributaria­s específica­s para mejorar la equidad de género, específica­mente en la tributació­n de la renta personal.

Ad portas a una nueva reforma tributaria conviene preguntars­e si existen sesgos de género implícitos en nuestro sistema tributario que miren más allá de la aparente neutralida­d de la ley.

Por ejemplo, Francia indicó que la tributació­n por hogar (en lugar de las personas individual­es) puede reducir los incentivos de trabajar para los segundos ingresos, señalando que en las parejas de diferentes sexos el 78% de los estos ingresos son mujeres. Los Países Bajos afirmaron que la combinació­n de impuestos individual­es y familiares puede afectar la división del trabajo en el hogar, lo que podría ser perjudicia­l para las mujeres.

Algunos países utilizan una base imponible combinada para aquellos impuestos que no sean sobre la renta. Por ejemplo, en Noruega, a efectos del impuesto sobre el patrimonio neto, los cónyuges tributan juntos.

Existen diversas fórmulas, pero cómo saber cuál es el mejor método para Chile; porque la falta de estudios, fundados en informació­n oficial y desagregad­os por género, nos condena a la improvisac­ión.

Catalina Brautigam Lagomarsin­o Aldunate, Ramirez, Horwitz Abogados

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