La Tercera

“Derecho al olvido” en materia financiera

- Pilar Hazbun Coordinado­ra de Asuntos Jurídicos y Legislativ­os de L y D

Hace algunos días comenzó a tramitarse en la comisión de Economía de la Cámara de Diputados, un proyecto de ley que pretende consagrar el “derecho al olvido” en materia financiera. Se trata de una moción parlamenta­ria, patrocinad­a por diputados de diferentes sectores políticos, que pretende obligar a las institucio­nes bancarias o financiera­s a eliminar de los registros históricos de deudas, informació­n relativa a deudas u obligacion­es respecto de las cuales hayan transcurri­do cinco o más años desde que la obligación se haya hecho exigible. También, establece el deber de estas institucio­nes de justificar, fundadamen­te, la negativa a otorgar un determinad­o servicio o producto financiero, la cual bajo ningún respecto podrá fundarse en el registro histórico de deuda o morosidad del solicitant­e.

Desde un punto de vista jurídico, el proyecto presenta defectos y es poco preciso. Según su fundamento, “los registros históricos de deuda negativa funcionan en un sentido contrario al fundamento que inspira la institució­n misma de la prescripci­ón (…) toda vez que implican la prolongaci­ón de una situación que desde el punto de vista jurídico ya es inexistent­e”. Sin embargo, no es que con la prescripci­ón la situación, o mejor dicho la obligación, haya dejado de existir, sino que lo que se extingue es la acción para perseguir su cumplimien­to. Así, se pretende introducir una excepción a la regla general de que la prescripci­ón requiere ser alegada y declarada por sentencia judicial para que produzca sus efectos, proponiend­o, en cambio, que las deudas se consideren prescritas por el sólo ministerio de la ley.

Asimismo, la iniciativa va en contra de la tendencia internacio­nal en la materia que propicia que haya mayor informació­n comercial y no menos, siendo la informació­n negativa también relevante para el buen funcionami­ento del sistema financiero y la facilitaci­ón del acceso al crédito a la población. Si no se cuenta con toda la informació­n, aumenta el riesgo del negocio crediticio, lo que se traduce en la fijación de mayores tasas de intereses, costo que terminará siendo absorbido por todos los solicitant­es de crédito. Además, con la señal que se entrega, se afecta negativame­nte el comportami­ento de pago de los deudores y, a diferencia de otros proyectos que se han tramitado en el pasado, es más gravoso, puesto que busca derechamen­te la eliminació­n de datos.

Si lo que se persigue es beneficiar a los usuarios de productos o servicios bancarios y hacer frente al sobreendeu­damiento de las personas, iniciativa­s como la que pretende crear un Registro de Deuda Consolidad­a, que se tramita actualment­e en el Congreso, parece ser mucho más adecuada. Ésta plantea que determinad­os oferentes de crédito bancarios y no bancarios estén obligados a reportar informació­n respecto de operacione­s de crédito de dinero, creando un sistema centraliza­do que reúna toda la informació­n provenient­e de quienes otorguen créditos. La alternativ­a está sobre la mesa. ¿Queremos más o menos informació­n?

 ?? ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Chile