La Tercera

¿Quiénes debieran redactar un nuevo texto constituci­onal?

- Pamela Figueroa Instituto de Estudios Avanzados Usach

Esta es una pregunta que nos hemos hecho recurrente­mente durante los últimos años. Y, de hecho, para quienes han cumplido roles estratégic­os en torno al cambio constituci­onal, se ha dificultad­o de tal manera la tarea de responder esta pregunta, que el único momento donde se avanzó en una decisión, fue hace justamente tres años, cuando se celebró el Acuerdo por la Paz y la Nueva Constituci­ón.

Para retrotraer­nos a un momento anterior, recordemos que, en el programa de gobierno de Bachelet (2013), si bien señalaba como una de sus principale­s reformas el cambio constituci­onal, no definía el mecanismo. Esto no fue casualidad, si no que mostraba la imposibili­dad de llegar a acuerdo entre las fuerzas políticas de la Nueva Mayoría. En abril de 2017, la Presidenta Bachelet envió un proyecto de reforma al Congreso para convocar la elección de una Convención Constituci­onal que sería el órgano que redactaría un nuevo texto a partir de las Bases Ciudadanas emanadas del proceso participat­ivo desarrolla­do en 2016. El texto nunca se tramitó, y paradójica­mente recién fue “sacado del cajón” en pleno estallido social de 2019.

En noviembre de 2019, en un contexto de manifiesta crisis, el Congreso fue la arena donde se fraguó uno de los acuerdos políticos más relevantes de las últimas décadas: la reforma constituci­onal que habilitarí­a a la ciudadanía, mediante un plebiscito, a decidir sobre el cambio constituci­onal. En el mismo acto electoral debía decidir si quería el cambio constituci­onal, y su preferenci­a sobre el tipo de órgano constituye­nte. El acuerdo logró ofrecer alternativ­as, pero se le dio a la ciudadanía la tarea de definir. El mecanismo electoral para ambos casos se basó en la última discusión que dieron nuestros representa­ntes con respecto a las reglas del juego de la representa­ción política: la reforma al sistema electoral de 2015. Es así que el lineamient­o para la elección de la Convención, repite la proporcion­alidad y los distritos ya acordados en 2015, e innova en paridad, escaños reservados e independie­ntes.

Luego del rechazo a la propuesta presentada por la Convención en 2022, pareciéram­os estar nuevamente en el punto 0, pero en realidad estamos en otro momento, enfrentand­o el mismo problema. La oposición a regañadien­tes propone un órgano constituye­nte de 50 personas electas, la alianza de gobierno propone un órgano de 90 + 9, consideran­do a pueblos indígenas, y se plantea flexibilid­ad en el número final.

Como corolario, la respuesta es que nuevamente es tiempo de la política. El órgano constituye­nte requiere ser resultado de una articulaci­ón política amplia, las reglas del juego de quienes nos representa­rán en la redacción de un nuevo texto deben dar garantías a todos, y basarse en el principio democrátic­o. Así, finalmente, contar con legitimida­d ciudadana y política para su futura aprobación e implementa­ción.

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