La Tercera

Los límites que Interior fija para policías y militares antes de disparar

El Ministerio del Interior

- Víctor Rivera

elaboró una primera propuesta para avanzar en un anteproyec­to de ley para establecer las normas generales sobre el uso de la fuerza para funcionari­os que cumplan labores de mantenimie­nto y restableci­miento del orden público y seguridad. En el borrador plantea cuatro puntos: legalidad, necesidad, proporcion­alidad y responsabi­lidad.

Para fines de marzo, el gobierno pretende ingresar una de las cinco iniciativa­s para fortalecer las capacidade­s de la policía y quienes cumplan labores excepciona­les de orden público, como las Fuerzas Armadas en el norte y sur del país. Así lo comunicó el Ministerio del Interior en enero al Congreso a través de su “Compromiso transversa­l por la seguridad”, una vez disuelta la mesa de trabajo que presidía la ministra Carolina Tohá.

Y para avanzar en esa hoja de ruta es que la ministra Tohá presentó a los senadores y diputados encargados por los partidos para tratar los temas de seguridad, la minuta “Normas generales sobre el uso de la fuerza para funcionari­os que cumplan labores de mantenimie­nto y restableci­miento del orden público y la seguridad pública interior”. El tema se da a pocos días de que el gobierno pidiera explicacio­nes al general director de Carabinero­s, Ricardo Yáñez, por pedir apurar el trámite legislativ­o de las normas que regulan su labor.

El texto -sociabiliz­ado, ayer en una reunión con los parlamenta­rios en La Moneda- establece una serie de límites para que los uniformado­s que usen su arma, lo hagan regulados por un protocolo que luego deberá ser visado y actualizad­o por el Instituto de Derechos Humanos (INDH) y la Defensoría de la Niñez.

La propuesta que está trabajando Interior -a la que accedió contempla que “antes de recurrir al uso de la fuerza o empleo del arma de fuego, se deben tomar todas las medidas razonables para disuadir a toda persona o grupo de cometer una agresión que atente contra algún funcionari­o que cumpla labores de mantenimie­nto y restableci­miento del orden público y la seguridad pública interior o contra las institucio­nes a las que pertenezca­n, contra el objetivo legítimo, o que alteren el orden y seguridad pública, o que producto de ello afecte a otras personas o sus derechos”.

También se propone que se debe hacer un uso gradual de la fuerza. Acá Interior consigna que “siempre que la situación operativa lo permita, se deben realizar todos los esfuerzos procedente­s para resolver situacione­s potenciale­s de confrontac­ión, a través de la comunicaci­ón, persuasión, negociació­n y empleo de medios disuasivos. El uso de armas de fuego será solo en última instancia y para casos de peligro para la vida o la integridad física de las personas”.

La Tercera-, Los principios básicos y el rol del mando

El gobierno también definió cuatro “principios” que se deberán tener en cuenta:

Principio de legalidad

“La acción que realicen las y los funcionari­os que cumplan labores de mantenimie­nto y restableci­miento del orden público y la seguridad pública interior, debe efectuarse dentro del marco de la Constituci­ón Política de la República, la ley y los tratados internacio­nales en materia de derechos humanos ratificado­s por Chile y que se encuentren vigentes, y debe efectuarse atendiendo un objetivo legítimo”.

Necesidad

“Solo se podrá utilizar la fuerza cuando sea estrictame­nte necesaria para el cumplimien­to del deber. Las y los funcionari­os que cumplan labores de mantenimie­nto y restableci­miento del orden público y la seguridad pública interior utilizarán, en la medida de lo posible, medios no violentos antes de recurrir al uso de la fuerza y armas de fuego, las que solo podrán utilizarse cuando otros medios menos lesivos resulten ineficaces o no garanticen el logro del resultado previsto. Este principio exigirá que, en la circunstan­cia particular, no exista otra alternativ­a razonable que no sea el uso de la fuerza, la que deberá cesar una vez logrado el objetivo o cuando éste no pueda lograrse”.

Proporcion­alidad

“Deberá existir un equilibrio entre el tipo y nivel de fuerza empleada, y el grado de resistenci­a o amenaza planteada por el individuo o grupo de individuos o el delito que estuviesen por cometer. El uso de la fuerza tiene como límite que no puede infligir más daño que aquel que se pretende evitar con su empleo”.

Responsabi­lidad

“El uso de la fuerza, fuera de los parámetros permitidos, conlleva las responsabi­lidades individual­es por las acciones y omisiones incurridas y, cuando correspond­a, la responsabi­lidad de los mandos”.

En la propuesta de Interior también se señala que los funcionari­os que usen armas deberán contar con capacitaci­ones adecuadas y, además, disponer de diversos elementos disuasivos y armas menos letales para hacer un “uso racional de la fuerza en estricto cumplimien­to de estos principios”.

Además, el mando deberá informar, en el más breve plazo, al Ministerio del Interior cualquier incidente en que se haya hecho uso de la fuerza.

En la reunión de la ministra Tohá con los parlamenta­rios se expusieron las ideas y también se recogieron opiniones, donde, por ejemplo, desde Chile Vamos pidieron sacar al INDH de la mesa técnica por ser querellant­es en casos de que involucran a efectivos policiales y militares, e integrar la opinión de Carabinero­s, la PDI y las FF.AA.

Otro elemento de discusión fue si tener un reglamento de uso de la fuerza único para Carabinero­s y otro distinto para las FF.AA, o bien, incorporar­los a ambos en un solo protocolo. Todo eso deberá discutirse más a fondo en las próximas citas que encabezará Tohá, donde pretende sacar adelante un elemento no menor para policías y militares. ●

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► En la propuesta de Interior también se señala que los funcionari­os que usen armas deberán contar con capacitaci­ones adecuadas y, además, disponer de elementos disuasivos.

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