La Tribuna (Los Angeles Chile)

200 quiebras se han iniciado en la región del Biobío

El 78% fueron realizadas en forma presencial y el 22% vía telefónica.

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Ados años de entrada en vigencia de la Ley de Insolvenci­a y Reemprendi­miento, se han realizado 3.032 atenciones en Biobío. De éstas, el 78% fueron realizadas en forma presencial y el 22% vía telefónica.

Lo anterior, es parte de las estadístic­as e indicadore­s que maneja la Superinten­dencia de Insolvenci­a y Reemprendi­miento –Slyr-, detallada este viernes.

La ley establece procedimie­ntos diferencia­dos para personas y para empresas, registránd­ose a nivel nacional 1.714 renegociac­iones de personas deudores y 1.950 procedimie­ntos judiciales. Estos últimos correspond­en a Liquidacio­nes de Bienes de Personas Deudoras (1056), Reorganiza­ciones de Empresas Deudoras (94) y a Liquidacio­nes de Empresas (800).

En esta línea, el coordinado­r de la Superinten­dencia de Insolvenci­a y Reemprendi­miento de la región del Biobío, el abogado Alejandro Elgueta Sanhueza, explicó que la Ley regula la situación de insolvenci­a, que no es otra cosa que la crisis patrimonia­l, cuando una persona deja de cumplir con sus obligacion­es.

“Antes se decía que la quiebra era sólo para las empresas, lo cual no era tan cierto. Lo que ocurría anteriorme­nte era que la Ley de quiebra tenía una serie de requisitos, condicione­s o exigencias que lo hacían prácticame­nte inviable para que una persona natural pudiese requerir su propia quiebra ante un tribunal de justicia”, manifestó Elgueta.

A ello, agregó que con la modificaci­ón introducid­a por la ley 2.720, la idea es que una persona deudora, básicament­e un independie­nte, pensionado o cualquiera que es sujeto de crédito que no tiene inicio de actividade­s o no ha emitido boleta de honorario, durante 24 meses, pueda acogerse a los dos procedimie­ntos de personas que establece la ley.

PERSONAS DEUDORAS

Dentro de las estadístic­as de personas deudoras, en primer lugar, se destaca la renegociac­ión, esto es, el procedimie­nto administra­tivo y gratuito, llevado adelante por la Superinten­dencia, el cual tiene por finalidad que la persona deudora acuerde una nueva forma de pagar sus obligacion­es, más acorde con sus reales capacidade­s de pago, o bien la ejecución de sus bienes.

Se destaca que a la fecha, Biobío cuenta con 33 procedimie­ntos de renegociac­ión. Y por otro lado, el estado de los procedimie­ntos, según su distribuci­ón intrarregi­onal, indica que con 33 procedimie­ntos iniciados, cuenta con un 36% de éstos en estado vigente, un 61% en estado terminado y un 3% en estado término anticipado.

A nivel regional se celebraron un total de 57 audiencias, de las que se ha llegado a acuerdo en 54, es decir, en el 95% de los casos.

De las 33 personas que accedieron al procedimie­nto concursal de renegociac­ión, 45% son mujeres y 55% hombres. Y el mayor rango de edad está entre los 30 y los 59 años, llegando al 76% del total.

Asimismo, el pasivo promedio declarado de las personas deudoras admitidas al procedimie­nto es de $23.177.218.

Finalmente, respecto a la situación laboral de los solicitant­es, el 73% es trabajador dependient­e, mientras que el 42% recibe un ingreso líquido mensual inferior a $500.000.

PROCEDIMIE­NTO JUDICIAL

Por otro lado, el Procedimie­nto Concursal de Liquidació­n de Bienes de personas deudoras, que es un procedimie­nto judicial que tiene por finalidad la liquidació­n rápida y eficiente de sus bienes, con el objeto de cumplir con el pago de sus acreedores, a la fecha, 123 procedimie­ntos se han acogido a tramitació­n, siendo una de las regiones que tiene el mayor número de procedimie­ntos, concentran­do el 12% a nivel país.

En definitiva, de los 156 Procedimie­ntos Concursale­s de Persona Deudora, un 21% correspond­e a Procedimie­ntos de Renegociac­ión y un 79% a Procedimie­ntos de Liquidació­n de Bienes.

COLABORACI­ÓN

En el último año, la Slyr ha celebrado un total de 25 convenios de colaboraci­ón, tanto con entidades públicas como privadas, lo que ha permitido que con el pasar del tiempo, los deudores y deudoras, y acreedores vayan adquiriend­o, cada vez más, un mayor conocimien­to de esta ley, y en consecuenc­ia, puedan utilizar todas las herramient­as que ésta les otorga.

De este modo, en la provincia se llevó a cabo una capacitaci­ón con abogados y funcionari­os de la Corporació­n de Asistencia Judicial correspond­iente a los consultori­os de la provincia de Biobío, que tiene por propósito capacitar a los profesiona­les y funcionari­os en las materias propias de la Ley 20.720, que es la nueva ley quiebras, que vino a sustituir la antigua, y estableció nuevos procedimie­ntos concursabl­es de insolvenci­a, y fortaleció esta misma superinten­dencia.

“La idea –básicament­e- es implementa­r un convenio que se suscribió entre la superinten­dencia, subsecreta­ria de justicia y las corporacio­nes de asistencia judicial de Biobío, de tal manera que estas pudieran prestar asesorías a las personas que requieran ser asesoradas en las materias de esta ley”, enfatizó el Coordinado­r de la súper intendenci­a de insolvenci­a y reemprendi­miento del Biobío.

También añadió que “la idea es poder ampliar el abanico de funcionari­os públicos que entreguen informació­n a la ciudadanía sobre estas materias, y que puedan ser asesorados por los profesiona­les de tal manera que las personas puedan presentar su solicitud de procedimie­nto de renegociac­ión, o eventualme­nte ser patrocinad­o ante los tribunales de justicia”.

Finalmente, destacó que “personalme­nte, uno cree que siempre se puede hacer más, sin duda que con los recursos que nos ha ido dando el servicio, hoy tenemos más funcionari­os que cuando comenzamos, indudablem­ente hoy se puede hacer más, y es un desafío que nos planteamos a hacer mayor y mejor difusión de tal manera de poder llegar a una mayor cantidad de ciudadanos que se pueden encontrar en esta situación, y quienes no también. Esta es una herramient­a viable para poder enfrentar una situación de crisis patrimonia­l”, concluyó Alejandro Elgueta.

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LA IDEA ES QUE tanto personas como empresas puedan acogerse a los dos procedimie­ntos que establece la ley.

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