“MAUSOLEO DE ABORTADOS” GENERA POLÉMICA
Se trata de un lugar que existe en un cementerio de Viña del Mar y que otorga sepulcros a nonatos
En el Cementerio Parroquial Caleta Abarca de Viña del Mar hay un “mausoleo para abortados”. “La idea partió cuando se nos informó de 11 cuerpos congelados en el Instituto Médico Legal y que estaban en proceso legal. Nos acercamos, preguntamos qué pasaba y, tras conseguir una autorización del Ministerio Público para levantarlos, creamos el mausoleo donde quedaron enterrados. Todos eran cuerpos de abortos judicializados que recibieron sepulcro cristiano” relata Manuel Millones (UDI), Core de Valparaíso Norte y también secretario de la Fundación Familia, Vida y Sociedad.
Afirma que hasta el momento hay 172 abortados pero, a su juicio, ese número podría aumentar rápidamente el próximo año cuando la interrupción del embarazo en tres causales esté totalmente vigente. “Esto es un llamado al Gobierno, a partir de la ley que se implementa en 2018, que pueda tener un mausoleo para abortados en cada cementerio municipal”, declara a Publimetro.
Para enterrar a alguien en el cementerio es obligatorio tener un certificado de defunción. Pero, ¿cómo se hace en el caso de un nonato? El abogado y secretario de la facultad de Derecho de la Usach, Luis Bobadilla, aclara que es fundamental conocer la diferencia entre un nacido vivo y uno que no.
Indica que, según el artículo 74 del Código Civil, la existencia legal de toda persona comienza al nacer, siempre y cuando se cumplan dos requisitos: que haya sido separado totalmente del vientre de la madre y haya vivido, al menos, unos minutos. “Si esto no se cumplió estamos en presencia de una persona que no existe legalmente y que recibe el nombre de ‘mortinato’”, precisa.
Estos casos se dan, generalmente, en un aborto espontáneo. Cuando ocurre, “el reglamento de Hospitales y Clínicas Privadas establece en su artículo 39 una obligación de tener un registro de constancia de estos casos. Tras ello, los restos de los mortinatos se pueden entregar a los padres o representantes legales mediante un pase que otorga el Servicio Médico Legal y ahí ya se puede sepultar. Pero hay que tener claro que ese pase, en ningún caso, es un certificado de defunción”.
No obstante, para Juan Luis Castro (PS), miembro de la Comisión de Salud de la Cámara, esta petición no tiene fundamentos válidos.
“Aquí no estamos hablando de un recién nacido, sino que de un ser que no corresponde que tenga un mausoleo. Es un algo que no llegó a nacer, es una muerte intrauterina”, dice el médico.