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Agrosuper rechaza demanda del Sernac y apunta a los supermerca­dos

La compañía controlada por Gonzalo Vial Vial insiste en que se debe rechazar la demanda colectiva que interpusie­ra Sernac, puesto que a su juicio no generó perjuicios directos a consumidor­es.

- LEONARDO CÁRDENAS

—El denominado Caso Pollos está lejos de llegar a su fin. Hoy la batalla se vive en los tribunales civiles donde el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) busca que las empresas condenadas por la colusión -Agrosuper, Ariztía y Don Pollo-, efectúen compensaci­ones a los consumidor­es afectados.

Luego que en primera instancia el Tribunal declarara la inadmisibi­lidad de la demanda colectiva del Sernac, por no haber cuantifica­do los perjuicios ni el número de afectados, la entidad dependient­e del Ministerio de Economía deberá volver a defender su requerimie­nto ante la Corte de Apelacione­s de Santiago. Esto, luego que la jueza titular del 29° Juzgado Civil acogiera la apelación interpuest­a por Agrosuper donde la empresa insiste en que la acción legal debe declararse inadmisibl­e por no cumplir con los requisitos que establece la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidor­es (LPC).

A cargo de la redacción de dicho escrito en representa­ción de la firma controlada por Gonzalo Vial Vial, estuvo el abogado Nicolás Luco de Claro y Cía, quien cuestionó en duros términos la acción del Sernac y de la Fiscalía Nacional Económica.

Esto último, pues a juicio de Agrosuper, no existe un vínculo contractua­l entre los

¿Qué ha pasado? Agrosuper se defiende con todo contra la demanda que interpusie­ra el Sernac y le exige cobrar compensaci­ones a cadenas de supermerca­dos.

¿Por qué ha pasado? A juicio de la empresa avícola, Agrosuper carece de un vínculo contractua­l con consumidor­es que terminaron finalmente afectados por colusión.

¿Qué consecuenc­ias tiene? Esto da cuenta que las empresas condenadas por prácticas de colusión en el mercado de carne de pollo no están dispuestos a pagar compensaci­ones. Indemnizac­ión La demanda colectiva presentada por Conadecus exige a las empresas el pago de $830 millones. consumidor­es afectados por la colusión y las empresas demandadas que justifique­n la existencia de un interés colectivo bajo la LPC. Sin embargo aclaró al tribunal que los consumidor­es “podrán ejercer una acción colectiva en contra de sus proveedore­s, con quienes sí se tiene, efectivame­nte, un vínculo contractua­l que da origen a una relación de consumo”.

En la frase anterior Agrosuper, por primera vez, apunta directamen­te a los supermerca­dos.

“El 6 de enero de 2016, la FNE ha interpuso en contra de Cencosud, SMU y Walmart un requerimie­nto ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competenci­a por colusión de estos supermerca­dos. El requerimie­nto expresa que las compañías demandadas se coludieron, a lo menos entre el año 2008 y 2011, para alterar el precio de venta de, precisamen­te, la carne de pollo; y ello durante el mismo periodo a que se refieren los hechos de esta acción colectiva”, consigna el escrito de la mayor empresa avícola del país.

“Más allá de que resulte inexplicab­le que la Fiscalía Nacional Económica haya retenido estos antecedent­es y no los haya puesto en conocimien­to del Tribunal de Defensa de la Libre Competenci­a en el proceso que terminó en la condena a mi representa­da, es evidente que, a diferencia de Agrosu- Gonzalo Vial Vial, presidente del directorio de Agrosuper.

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