Agrosuper rechaza demanda del Sernac y apunta a los supermercados
La compañía controlada por Gonzalo Vial Vial insiste en que se debe rechazar la demanda colectiva que interpusiera Sernac, puesto que a su juicio no generó perjuicios directos a consumidores.
—El denominado Caso Pollos está lejos de llegar a su fin. Hoy la batalla se vive en los tribunales civiles donde el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) busca que las empresas condenadas por la colusión -Agrosuper, Ariztía y Don Pollo-, efectúen compensaciones a los consumidores afectados.
Luego que en primera instancia el Tribunal declarara la inadmisibilidad de la demanda colectiva del Sernac, por no haber cuantificado los perjuicios ni el número de afectados, la entidad dependiente del Ministerio de Economía deberá volver a defender su requerimiento ante la Corte de Apelaciones de Santiago. Esto, luego que la jueza titular del 29° Juzgado Civil acogiera la apelación interpuesta por Agrosuper donde la empresa insiste en que la acción legal debe declararse inadmisible por no cumplir con los requisitos que establece la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC).
A cargo de la redacción de dicho escrito en representación de la firma controlada por Gonzalo Vial Vial, estuvo el abogado Nicolás Luco de Claro y Cía, quien cuestionó en duros términos la acción del Sernac y de la Fiscalía Nacional Económica.
Esto último, pues a juicio de Agrosuper, no existe un vínculo contractual entre los
¿Qué ha pasado? Agrosuper se defiende con todo contra la demanda que interpusiera el Sernac y le exige cobrar compensaciones a cadenas de supermercados.
¿Por qué ha pasado? A juicio de la empresa avícola, Agrosuper carece de un vínculo contractual con consumidores que terminaron finalmente afectados por colusión.
¿Qué consecuencias tiene? Esto da cuenta que las empresas condenadas por prácticas de colusión en el mercado de carne de pollo no están dispuestos a pagar compensaciones. Indemnización La demanda colectiva presentada por Conadecus exige a las empresas el pago de $830 millones. consumidores afectados por la colusión y las empresas demandadas que justifiquen la existencia de un interés colectivo bajo la LPC. Sin embargo aclaró al tribunal que los consumidores “podrán ejercer una acción colectiva en contra de sus proveedores, con quienes sí se tiene, efectivamente, un vínculo contractual que da origen a una relación de consumo”.
En la frase anterior Agrosuper, por primera vez, apunta directamente a los supermercados.
“El 6 de enero de 2016, la FNE ha interpuso en contra de Cencosud, SMU y Walmart un requerimiento ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia por colusión de estos supermercados. El requerimiento expresa que las compañías demandadas se coludieron, a lo menos entre el año 2008 y 2011, para alterar el precio de venta de, precisamente, la carne de pollo; y ello durante el mismo periodo a que se refieren los hechos de esta acción colectiva”, consigna el escrito de la mayor empresa avícola del país.
“Más allá de que resulte inexplicable que la Fiscalía Nacional Económica haya retenido estos antecedentes y no los haya puesto en conocimiento del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en el proceso que terminó en la condena a mi representada, es evidente que, a diferencia de Agrosu- Gonzalo Vial Vial, presidente del directorio de Agrosuper.