Luis Lizama: “Para el TC los grupos negociadores tienen igual estatus que el sindicato”
¿Qué dice el fallo respecto de los convenios de la OIT que Chile ha firmado?
—Previo a la publicación del fallo del Tribunal Constitucional (TC), el Gobierno salió a defender el uso de la herramienta del veto “a ciegas”, para buscar corregir el impacto de las normas que fueron declaradas inconstitucionales en el resto del articulado de la Reforma Laboral.
“Lo mínimo que en democracia les podemos pedir es que actúen con coherencia y convicción democrática y respeten el ejercicio de una facultad presidencial. Eso significa actuar dentro del marco institucional y democrático, y yo creo que parlamentarios, gente que tiene investidura de un poder del Estado, no puede sino tener el mínimo de respeto al ejercicio de una facultad presidencial”, dijo el ministro vocero del Ejecutivo, Marcelo Díaz, respondiendo a las críticas parlamentarias por el uso del veto presidencial.
Díaz aseguró que en el comi-
—El veto a la reforma laboral abrió un nuevo quiebre dentro de la Nueva Mayoría, debido a que varios parlamentarios comentaron que no era una buena salida sin conocer el fallo del Tribunal Constitucional (TC).
Los más críticos, como bloque, fueron los integrantes del comité de senadores DC que se reunió ayer para abordar este punto. “No era el mejor camino. Y además porque es muy contradictorio vetar algo que el propio gobierno propuso”, indicó el senador Andrés Zaldívar, jefe de la bancada al recordar que siempre fue partidario de una ley corta que hiciera las correcciones tras conocerse la argumentación del TC.
“Con un veto o una nueva ley se abre una nueva caja de Pandora, uno hubiese esperado conocer el fallo y después tratar de consensuar una opinión de la Nueva Mayoría (NM)”, indicó por su parte el senador Ignacio Walker (DC), uno de los más críticos del proyecto.
También se refirió a las declaraciones del presidente de la Cámara de Diputados, Osvaldo Andrade (PS), quien en El Mercurio criticó que el veto en cuanto a pactos de adaptabilidad fuera visto como una revancha, porque “no habla té político de ayer los jefes de los partidos de la Nueva Mayoría (NM) respaldaron el mecanismo adoptado por el Gobierno. Añadió que además se informó que antes de precisar cuáles serán los contenidos del proyecto de ley corta, que será complementario al veto, “tenemos que conocer el contenido del fallo”.
En tanto, el ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés, se refirió a los escenarios que se abrirán tras la sentencia del TC. “El veto es muy preciso, elimina tres pactos de adaptabilidad del proyecto de ley. ¿Por qué los elimina? Porque existe el riesgo de que si el Tribunal dice que un pacto puede ser suscrito por un grupo negociador, para el bien de la forma como se legisla”. Walker indicó “el diputado Andrade habla de revancha y pasada de cuenta, a buen entendedor pocas palabras”.
Mucho más duro fue el senador Jorge Pizarro (DC) quien llamó al Ejecutivo a buscar un acuerdo en la ley corta para evitar un problema político interno: “tenemos que llegar a acuerdo con los actores y con la NM, este es tema país, no de esas materias para darse gustos personales, aquí lo que tiene que imperar es la racionalidad”.
En la reunión no se adoptó una postura respecto del contenido del veto, y los senadores optaron por conocerlo antes de enunciar el voto. “Aparentemente la decisión del Gobierno es para dar una señal a algunos y no creo que sea lo mejor. Vamos a ver el contenido del veto porque no lo conocemos… Aquí lo que se necesita es unidad y un acuerdo es fundamental en esta materia antes de enviar un proyecto”.
Más conciliadora fue la pre- Gobierno eso no es tolerable”, señaló Valdés.
Sin embargo, antes del conocer el contenido de la sentencia, Valdés anticipó que “si el TC dijera que los pactos pueden ser suscritos solo por sindicatos, también una decisión de Gobierno es reponer este aspecto”.
Más tarde el titular de la Segpres, Nicolás Eyzaguirre, y la subsecretaria de la cartera, Patricia Silva, precisaron a los jefes de comités y bancadas que el veto sólo suprime tres tipos de pactos de adaptabilidad: jornadas especiales, jornadas pasivas y horas extraordinarias, y el quórum para negociar colectivamente. Vale decir, se derogará el plazo de 2 años desde la entrada en vigencia de la ley para permitir que los sindicatos constituidos antes de dicha fecha igualmente puedan negociar, aunque ya no tengan el nuevo quórum de constitución, que fija un porcentaje mínimo de representación mínimo de 50%.
Fuentes de gobierno dijeron que, si bien primero se analizará el contenido del fallo del TC, el objetivo es enviar la ley corta antes del 21 de mayo. sidenta del partido, senadora Carolina Goic quien recordó que tanto el veto como la ley corta son parte de un diseño prelegislativo para poder restablecer una reforma laboral equilibrada, donde el Ejecutivo tiene un rol ordenador.
“En la ley corta ya hemos conversado con los ministros de Hacienda, Segpres y la ministra Ximena Rincón para ver los contenidos en la discusión pre legislativa, acotada al marco de los acuerdos a los que ya habíamos llegado”, afirmó Goic. En el PPD, en tanto no habían abordado el tema y el senador Eugenio Tuma, de la bancada pro pyme sólo subrayó: “el veto es un guiño que se le está haciendo a la CUT (Central Unitaria de Trabajadores) para calmar las aguas frente a la decisión del TC”.
Cabe recordar que tanto el PS como el PC habían solicitado al Gobierno enviar un veto supresivo por cuatro materias. El Ejecutivo acogió solo una: los pactos de adaptabilidad de jornada.
—Un trabajo muy complejo deberá iniciar el Ejecutivo para “parchar” la reforma laboral y que sea coherente con el fallo del Tribunal Constitucional (TC), indicó el abogado laboralista Luis Lizama, miembro del comité laboral de la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) y militante DC.
El experto dijo que el reconocimiento al grupo negociador como partícipe de una negociación colectiva es innegable. Aunque acotó que el fallo debe ser visto con más acuciosidad, porque ayer fue revisado por él aceleradamente para responder a esta entrevista.
¿Qué le parecieron los argumentos del fallo ?
—En el tema central para esgrimir la inconstitucionalidad de la titularidad sindical, el TC se funda en tres argumentos. El punto de partida es que el derecho a negociar colectivamente es individual, que se ejerce colectivamente y, en consecuencia, el trabajador que es titular de ese derecho lo puede ejercer a través de un sindicato o un grupo negociador. Entonces el que se prive a un grupo negociador a negociar colectivamente viola ese derecho.
¿Y en segundo orden?
—Es el derecho de asociación, donde el grupo negociador es una expresión también del derecho de los trabajadores de organizarse, y para el TC los grupos negociadores tienen igual estatus que el sindicato.
¿Y el tercer sustento?
—El tercero es un argumento que encuentro un poco más débil, que se refiere a que el sindicato es la reunión de voluntades individuales y que sindicarse es voluntad individual, como una forma de ratificar que el titular es el trabajador. Los dos primeros derechos aparecen como claramente vulnerados, y con eso bastaba.
ARGUMENTOS DEL FALLO “Para el TC los grupos negociadores tienen igual estatus que el sindicato”.
—Hay que tomar en cuenta que en general los convenios OIT son de textura abierta, no contemplan una regulación bien específica o con mucho detalle, son amplios e interpretables. Acá hay dos convenios, el 135 y el 154 en los que la OIT admite la posibilidad de que coexistan grupos negociadores y sindicatos. Y si uno lee los dictámenes del comité de libertad sindical de la OIT puede observar una suerte de preeminencia del sindicato pero sin exclusión del grupo negociador.
ENVIO DE VETO “Fue una decisión apresurada (...) Una ley corta para resolver habría sido más eficiente”.
¿Lo que ocurre en Chile?
—Es que nuestro sistema jurídico optó por un sistema distinto y que es compatible con la OIT, que en vez de promover la afiliación promueva la libre afiliación. Ahora, en el segundo capítulo el fallo se refiere a la OIT...
¿En extensión de beneficios?
— La argumentación más fuerte está referida al segundo capítulo de gozo automático de beneficios, lo cual sería una cláusula de seguridad sindical y eso para la OIT no es posible porque promueve el acordar entre las partes, pero no imponer por ley.
El TC indica que a los grupos negociadores se los dejó en condición inferior que a los sindicatos, ¿en qué sentido?
—Porque según la reforma un grupo negociador no puede negociar con derecho a huelga ni a fuero, además el instrumento se llama acuerdo de grupo negociador para diferenciarlo del contrato co- lectivo, tiene una negociación semi reglada que justamente está establecida en desmedro del grupo.
¿El TC obligaría a entregarle los mismos derechos del sindicato?
—No alcancé a leer que reglas deberían ser modificadas. Pero a partir de hoy el Gobierno tendrá que modificar el proyecto para que quede consistente con el fallo, será un trabajo complejo. Ahora tendrá que parchar el proyecto con el fallo del TC.
¿Y a su juicio deberían tener los mismos derechos?
—Creo que si el argumento principal del TC es que los grupos negociadores son iguales que el sindicato, entonces deberían tener el mismo trato, y esto vuelve las cosas muy atrás porque supondría tener casi igualdad de condiciones para ambos.
¿Incluso podría negociar pactos de adaptabilidad que el proyecto permite sólo a los sindicatos?
—Por lo que vi, no se refiera el TC a ello.
¿Qué piensa del veto?
—Encuentro que fue una decisión apresurada, indudablemente. Se podría haber esperado una ley corta para resolver, habría sido más eficiente.