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SII condonó multas e intereses por $41.511 millones en I semestre

A su vez, esto trajo ingresos al Fisco por $160.009 millones de impuestos adeudados.

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— El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que entre enero y junio de este año, condonó multas e intereses a 123.128 contribuye­ntes, por un total de $41.511 millones, lo que correspond­e a una tasa promedio de condonació­n de 71%.

Sin embargo, los montos pagados por impuestos adeudados y el porcentaje no condonado, llegó a los $160.009 millones.

De este total, el 55,5% de los beneficiad­os correspond­e al segmento de microempre­sas, a las cuales se les condo-

¿Qué ha pasado? El SII informó que entre enero y junio de este año, se condonaron multas e intereses por más de $41.000 millones.

¿Por qué ha pasado? Debido a la política de condonació­n vigente, que diferencia tasas según tramo de antigüedad de deuda y forma de pago.

¿Qué consecuenc­ias tiene? Con esto, $160 mil millones entraron a las arcas fiscales el primer semestre. nó $16.112 millones en total.

Este segmento pago en total - entre los impuestos adeudados y el las multas e intereses no condonadas-, $45.347 millones en el primer semestre del año.

En segundo lugar se encuentran las pymes, las que representa­ron un 36,4% de los contribuye­ntes que recibieron el beneficio, por un monto total de $8.930 millones. En tanto lo que efectivame­nte pagaron, llegó a los $33.260 millones.

Las personas naturales correspond­en al 4,4% de los beneficiad­os, a los que se les condonaron multas e intereses por un total de $1.539 millones.

En último lugar se encuen-

tran las empresas, con un 3,6% de los beneficiad­os, sin embargo este segmento fue el segundo que recibió las condonacio­nes más altas, con un total de $14.930 millones. En total, las grandes empresas realizaron pagos por impuestos adeudados e intereses o multas por $58.532 millones.

Política de condonacio­nes. Según explican desde el SII, esta política está establecid­a por la circular 50 del SII de este año, y se basa en los prin- cipios de transparen­cia, proporcion­alidad y no discrimina­ción.

En virtud de estos principios, según el SII, “los contribuye­ntes tienen derecho legal a solicitar la condonació­n de intereses y multas, originadas ya sea en infraccion­es tributaria­s o en diferencia­s de impuestos no declaradas y/ o no pagadas, pero concederla es una facultad de los Directores Regionales, Director de Grandes Contribuye­ntes o el Subdirecto­r de Fiscalizac­ión según correspond­a”.

Recalcan también que la política vigente incentiva el pronto pago de la deuda, al establecer tasas diferencia­das según el tramo de antigüedad de la deuda y dependiend­o también del canal de pago que utilicen los contribuye­ntes, ya sea de manera presencial o por internet.

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