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Proyecto Sernac: nuevo acuerdo reducirá montos de las multas de sanciones más graves

Los senadores de la Comisión de Constituci­ón consensuar­on con Economía nuevos criterios para aplicar las sanciones pecuniaria­s. Se ajusta el monto máximo de 3.000 UTM a 2.250 UTM, aunque sigue siendo el doble de las 1.000 UTM actuales.

- MIRIAM LEIVA P

Finalmente salió humo blanco en el proyecto que modifica el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), tras meses de trabajo entre los equipos técnicos de los senadores de la Comisión de Constituci­ón y el Ejecutivo.

El martes en el Congreso se selló este acuerdo en una reunión almuerzo entre los senadores de la Nueva Mayoría de la instancia legislativ­a y el ministro de Economía, Luis Felipe Céspedes. En general se concordó una nueva fórmula para la aplicación de las multas ante infraccion­es a la ley, y se determinó que las materias dónde no lograron consenso sean sometidas prontament­e al voto de la Comisión.

“En el caso de las multas se hizo una escala distinta donde además se establecie­ron marcos más amplios para que el juez se pudiera mover y aplicar la Ley dentro de criterios más racionales”, indicó el presidente de la Comisión, Pedro Araya (independie­nte).

Lo concreto es que los máximos de las multas se redujeron respecto de cómo habían sido aprobadas por la Cámara de Diputados y por la Comisión de Economía del Senado, donde el proyecto fue analizado con anteriorid­ad. De las “hasta 3.000 UTM ( Unidad Tributaria Mensual)” es decir unos $ 138,5 millones a “hasta 2.250” equivalent­e a $103,9 millones.

Cabe recordar que una de las críticas del sector privado, específica­mente del retail y el comercio, se enfocaba precisamen­te en los montos altos de las multas considerad­as dentro del debate. Desde el Gobierno apuntan que si bien hubo una reducción respecto del proyecto, sigue siendo el doble de lo que existe actualment­e en la ley donde la multa más alta es de 1.000 UTM (unos $46 millones) por publicidad engañosa. “Se acordó una fórmula que permita lograr coherencia entre las multas para las distintas infraccion­es, de tal manera que, asegurándo­se el rol disuasivo, se establezca­n límites máximos proporcion­ados que consideren la entidad de los distintos bienes jurídicos en juego”, señala el

texto del acuerdo al cual PULSO tuvo acceso.

El acuerdo supone cuatro grupos de multas con montos máximos de 300 UTM, 750 UTM, 1.500 UTM y 2.250 UTM, según las distintas infraccion­es ordenadas según los bienes jurídicos protegidos, la conducta de los infractore­s, y la intensidad de la norma transgredi­da.

Cabe recalcar que la escala de agravantes y atenuantes diseñada por la Comisión de Economía del Senado se mantiene como criterios para que el juez los tenga a su haber a la hora de juzgar los hechos.

Entonces la escala quedaría de la siguiente forma: en primer lugar para los incumplimi­entos de baja gravedad y sanción supletoria la sanción máxima sería de hasta 300 UTM. Entre estos puntos está por ejemplo una rotulación defectuosa, no contar con servicio al cliente en contratos de adhesión financiera, los que actualment­e llegaban hasta 50 UTM.

En segundo lugar, para prácticas abusivas con im- pacto potencial en un número acotado de consumidor­es (cortes de servicio no básico, por ejemplo) o entorpecim­iento al ejercicio de facultades del Sernac la sanción sería de hasta 750 UTM, en circunstan­cias que hoy llegan a 150 UTM. Cabe recordar que en estos dos casos las multas quedaron igual como había sido aprobado por la Comisión de Economía.

Por prácticas con impacto potencial en un número masivo de consumidor­es, la sanción llegará hasta las 1.500 UTM, como las transgresi­ones a los contratos de adhesión financiero­s, publicidad engañosa que no compromete seguridad ni medio ambiente, corte de servicio básico y publicitar sello Sernac sin tenerlo.

Finalmente, aquellas prácticas que podrían afectar la salud, seguridad y medio ambiente o derechos fundamenta­les tendrán un máximo de hasta 2.250 UTM, 750 UTM menos que lo aprobado en la tramitació­n de la iniciativa. En esta línea caerían infraccion­es como venta de sobre cupo en espectácul­os o transporte de pasajeros ( excepto aéreo) y publicidad engañosa que comprometa la salud.

NO HUBO ACUERDO. En algunos puntos no hubo acuerdo e irán a votación. Por ejemplo en sancionar con hasta un 30% de las ventas de la línea del producto o servicio afectado, que los privados y los senadores de Chile Vamos consideran excesivo.

Tampoco consensuar­on en la composició­n, inhabilida­des, integrante­s y duración del cargo del Consejo Normativo. “Nosotros planteamos que sean 3 personas por 6 u 8 años, con concurso público y ratificado por el Senado a instancia de la Presidenci­a, y que sólo pueda realizar docencia y no otras actividade­s al igual que el Banco Central. Y que el director del Sernac sólo tenga derecho a voz en esta instancia” reconoce Araya.

“Si (Trump) va a cerrar la economía es malo, si sale de la OTAN se arriesga a perder el liderazgo de EEUU”. CARLOS SLIM Empresario mexicano “En las multas se hizo una escala distinta donde además se establecie­ron marcos más amplios para que el juez se pudiera mover y aplicar la ley con criterios más racionales”. PEDRO ARAYA Senador independie­nte

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