Villa San Luis y derecho de propiedad
Resulta preocupante que la decisión de declarar monumento histórico un bien inmobiliario privado, implique el detrimento de los derechos de propiedad.
LA DECISIÓN del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) de declarar monumento histórico las pocas ruinas que quedan de Villa San Luis -pues eso son a estas alturas- es una medida controversial. Desde luego se puede discutir sobre la injusticia en la erradicación de sus originales habitantes hace 40 años, sin embargo, desde entonces ha habido una secuencia de actos legales y administrativos (cosas juzgadas) que han modificado drásticamente la realidad urbana y económica del lugar ubicado en la comuna de Las Condes. De partida, se afectan los derechos legítimos de los actuales dueños, que actuaron de buena fe al adquirir, en un contexto donde las declaratorias del Consejo no se traducen en medidas de protección desde el Estado, sino sólo en el congelamiento de un bien deteriorado. De hecho, hay expertos que no ven en Villa San Luis un hito arquitectónico, sino un hecho político que podría resolverse con un memorial (el Estadio Nacional ya tiene un sitio así). La realidad es que muchas declaratorias de monumento histórico nacional, en la práctica, sólo gravan a los propietarios, no al Estado, y responden a presiones políticas o de grupos de interés. En este caso en particular, tiene el agravante de que fue el mismo Estado el que enajenó dichos activos, para luego, con la mencionada declaración de monumento histórico, dejar prácticamente inmovilizado el bien de un privado. Esta medida está afectando el derecho de propiedad. Nadie puede impedir la realización en un terreno particular de la inversión que su dueño estime conveniente, siempre y cuando cumpla con las normativas vigentes. Si el Estado decide declararlo monumento, pues tendría que estar dispuesto a expropiar ese bien a valor justo.