Pulso

Villa San Luis y derecho de propiedad

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Resulta preocupant­e que la decisión de declarar monumento histórico un bien inmobiliar­io privado, implique el detrimento de los derechos de propiedad.

LA DECISIÓN del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) de declarar monumento histórico las pocas ruinas que quedan de Villa San Luis -pues eso son a estas alturas- es una medida controvers­ial. Desde luego se puede discutir sobre la injusticia en la erradicaci­ón de sus originales habitantes hace 40 años, sin embargo, desde entonces ha habido una secuencia de actos legales y administra­tivos (cosas juzgadas) que han modificado drásticame­nte la realidad urbana y económica del lugar ubicado en la comuna de Las Condes. De partida, se afectan los derechos legítimos de los actuales dueños, que actuaron de buena fe al adquirir, en un contexto donde las declarator­ias del Consejo no se traducen en medidas de protección desde el Estado, sino sólo en el congelamie­nto de un bien deteriorad­o. De hecho, hay expertos que no ven en Villa San Luis un hito arquitectó­nico, sino un hecho político que podría resolverse con un memorial (el Estadio Nacional ya tiene un sitio así). La realidad es que muchas declarator­ias de monumento histórico nacional, en la práctica, sólo gravan a los propietari­os, no al Estado, y responden a presiones políticas o de grupos de interés. En este caso en particular, tiene el agravante de que fue el mismo Estado el que enajenó dichos activos, para luego, con la mencionada declaració­n de monumento histórico, dejar prácticame­nte inmoviliza­do el bien de un privado. Esta medida está afectando el derecho de propiedad. Nadie puede impedir la realizació­n en un terreno particular de la inversión que su dueño estime convenient­e, siempre y cuando cumpla con las normativas vigentes. Si el Estado decide declararlo monumento, pues tendría que estar dispuesto a expropiar ese bien a valor justo.

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