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Informe del CEP propone cambiar el mecanismo de entrega de tierras en La Araucanía

Capítulo del libro “El Pueblo Mapuche en el siglo XXI” le atribuye al actual sistema de compra de tierras parte de la violencia que experiment­a hoy el sur del país.

- JUAN PABLO PALACIOS

—Como un incentivo perverso a la violencia y de presión hacia la autoridad, califica el abogado Sebastián Donoso el mecanismo de entrega de tierras regulado hoy por la Ley Indígena. El investigad­or, que formó parte del libro del CEP “El Pueblo Mapuche en el siglo XXI”, plantea remplazar el actual mecanismo por uno colegiado donde participen diversos actores sociales (indígenas y no) y que busque garantizar la compra y posterior entrega de tierra a garantía de paz social y respeto de todo los habitantes de la regiones en conflicto.

“(Hay que) generar mecanismos que sean compatible­s con la mantención de la paz”. SEBASTIÁN DONOSO Profesor Fac. Derecho PUC

“Donald Trump ladra, pero no muerde” PASCAL LAMY Ex director general de la OMC PÁG.24-25

¿Qué ha pasado? Un artículo del CEP concluye que el mecanismo de ampliación de tierras a pueblos indígenas es el principal responsabl­e de la violencia en el sur del país.

¿Por qué ha pasado? En el texto se señala que el mecanismo que está regulado en la Ley Indígena opera con discrecion­alidad y es un incentivo perverso a la violencia como medida de presión hacia la autoridad.

¿Qué consecuenc­ias tiene? El autor del análisis, Sebastián Donoso, plantea la creación de una instancia colegiada, integrada por indígenas y no indígenas, que estudie un nuevo mecanismo de compra de predios en conflicto, que considere criterios compatible­s con la mantención de la paz social y el respeto de los derechos de todos. —Compras de tierras como respuesta a hechos de violencia o medidas de presión por parte de comunidade­s indígenas; existencia de graves irregulari­dades en los procesos de compra; crecimient­o sostenido de los precios por hectárea y consecuent­e distorsión del mercado de compra de tierras, y falta de sustentabi­lidad de los criterios de elegibilid­ad de los postulante­s a la adquisició­n de tierras. Esas son las críticas que constata un artículo del Centro de Estudios Públicos (CEP) respecto del mecanismo de entrega de tierras a comunidade­s indígenas y su impacto en el deterioro de la convivenci­a en la zona sur del país.

El análisis desarrolla­do por el abogado y profesor de derecho de la Pontificia Universida­d Católica (PUC), Sebastián Donoso, se inscribe dentro del capítulo “Compra de predios en conflicto. Análisis crítico y una propuesta”, que está en el libro “El Pueblo Mapuche en el siglo XXI” del CEP. El artículo realiza un diagnóstic­o de la forma en que opera el mecanismo, los resultados que ha tenido y sus implicanci­as tanto jurídicas como de política pública, en el marco de las obligacion­es asumidas por el Estado de Chile en los tratados internacio­nales y legislació­n interna sobre reconocimi­ento y ampliación de las tierras indígenas.

Donoso sostiene la tesis que la compra de predios en conflicto -el más conocido y polémico mecanismo de restitució­n de las tierras indígenas con recursos del Estadotien­e una responsabi­lidad directa y principal en el grave deterioro de la convivenci­a en la zona sur del país, lo que se refleja en múltiples formas de violencia que cobran víctimas en todos los sectores.

“La mera constataci­ón de lo anterior debiera alentar ‘una vuelca de tuerca’ a muchos análisis contingent­es que hacen de la política de entrega de tierras en Chile y de su pariente más connotado: el mal llamado conflicto mapuche”, señala el autor en el texto.

MECANISMO EN CIFRAS. El principal cuestionam­iento del artículo apunta especialme­nte al mecanismo de ampliación de tierras consagrado en la Ley Indígena, que se financia en el Fondo para Tierras y Aguas Indígenas que administra la Conadi.

La regulación sectorial señala que la Ley de Presupuest­os dispondrá anualmente de una suma destinada exclusivam­ente al citado fondo.

Entre los años 1994 y 2017 (ver tabla) el presupuest­o para el Fondo de Tierras y Aguas Indígenas se multiplicó casi cuarenta veces, lo que corregido por IPC arroja un crecimient­o real de 16,5 veces. Sólo en dos ocasiones 2004 y 2017- el presupuest­o de este fondo disminuyó, mientras en 2016 los recursos aprobados por el Congreso ($83 mil millones) casi doblaron el presupuest­o autorizado dos años antes ($44 mil millones).

En el análisis se distinguen ciertos períodos en que el presupuest­o registró una clara presión al alza, como ocurre entre 1998 y 2001, en 20062007, en 2009-2010 y en 20152016. Estos períodos coinciden con etapas en que se registraro­n fuertes tensiones e incremento­s en la violencia asociada a demandas territoria­les.

“En el período 1998-2001 el alza en el presupuest­o parece ser una respuesta a los primeros hechos de violencia registrado­s a fines de 1997. Igualmente ilustrativ­a es el alza en el período 2009-2010, que coincide con la etapa de mayor actividad de la organizaci­ón Coordinado­ra Arau-

co Malleco”, plantea el autor.

También se constata una presión política significat­iva para lograr una ejecución presupuest­aria del 100% del Fondo, porque de lo contrario los recursos asignados se pierden.

Sebastián Donoso cuestiona, asimismo, la discrecion­alidad y falta de reglamenta­ción clara del mecanismo de compra de tierras consagrado en la Ley Indígena, que no sólo lo hace muy vulnerable a irregulari­dades administra­tivas, “sino que además constituye un incentivo a la violencia asociada a reivindica­ciones o solicitude­s de tierras, precisamen­te para presionar a la autoridad para que haga uso de esa discrecion­alidad y ceda a las pretension­es de quienes recurren a la violencia”, precisa.

PROPUESTA DE REEMPLAZO.

Donoso sostiene que la tesis de ineptitud o fracaso plantea que el mecanismo de compra de predios debe ser reemplazad­o, no eliminado, dado que el Estado tiene un mandato legal de ampliación de las tierras indígenas. “(Hay que) generar mecanismos que sean compatible­s con la mantención de la paz social y el respeto de los derechos de todos los involucrad­os”, dice en el texto.

En esa línea, se proponen principios de no violencia, participac­ión, paridad, sustentabi­lidad y respeto a los derechos de todos los involucrad­os. Ello implica la generación

de una instancia colegiada de calificaci­ón, de integració­n paritaria entre indígenas y no indígenas, que cuente con un parámetro preestable­cido para realizar dicha calificaci­ón, cuya labor principal es realizar un análisis del mérito de los antecedent­es de cada solicitud y recomendar al Estado -si así se estima- una o más acciones de reparación escogidas entre diversas fórmulas que incluyen la compra de

tierras, cuando ello es viable, y compensaci­ones monetarias. “El trabajo de esta instancia colegiada de calificaci­ón debe enmarcarse en procedimie­ntos que aseguren la exclusión de vías de hecho o violencia y la no discrecion­alidad”, añade el experto.

En el artículo se precisa que por lo anterior es que se plantea que el sistema o mecanismo que reemplace el artículo 20 letra b) -que regula la compra de predios en conflicto- debe ser fruto de un proceso de diálogo con participac­ión de todos los actores, “y desde luego con los propios pueblos indígenas a través de sus institucio­nes representa­tivas”. Agrega que si bien el Congreso deberá tener un rol clave en la etapa de discusión legislativ­a del nuevo mecanismo, la existencia y calidad del diálogo previo entre los actores será indispensa­ble para generar una solución sustentabl­e.P

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