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Gobierno envía proyecto que fortalece la DT e incluye consulta para dictámenes

Esperada iniciativa ingresó por el Senado e incorpora además la posibilida­d de que el servicio pueda querellars­e. Se modernizan las plantas y se crea un registro de contrataci­ones y despidos.

- J.P. PALACIOS/M. LEIVA

—Inicialmen­te se comprometi­ó su ingreso para el segundo semestre de 2015, pero el retraso en el despacho de la Reforma Laboral, la dificultad para llegar a acuerdo con los funcionari­os del servicio y observacio­nes de la Dirección de Presupuest­os (Dipres), llevaron a que finalmente el Gobierno presentara ayer el esperado proyecto de ley que moderniza y fortalece a la Dirección del Trabajo (DT).

La iniciativa que ingresó por el Senado es parte del programa de Gobierno, que comprometi­ó impulsar “el rediseño institucio­nal y modernizac­ión de la Dirección del Trabajo, dotándola de mayores atribucion­es, mejorando sus capacidade­s técnicas e identifica­ndo funciones claves en su organizaci­ón interna”. También responde a la necesidad de modernizar el servicio en medio de sucesivas reformas laborales.

Producto de un protocolo de acuerdo suscrito en julio, el proyecto considera un fortalecim­iento de la carrera funcionari­a de todas las plantas del Servicio; la actualizac­ión

El BID y la OIT asesoraron al Gobierno en el diseño del proyecto de ley. y modernizac­ión de las condicione­s de ingreso a la Institució­n; el fortalecim­iento de la gestión institucio­nal, a través del tercer nivel directivo de carrera; y la reestructu­ración de algunas de sus remuneraci­ones.

También se incorpora un uso intensivo de las nuevas tecnología­s de la informació­n y las comunicaci­ones, promoviend­o la relación por canales no presencial­es con las y los usuarios, bajando los costos de las transaccio­nes.

Dentro del ámbito regulatori­o uno de los ajustes que más destaca tiene que ver con la creación de un mecanismo de consultas públicas a través de los sitios web institucio­nales, respecto de instruccio­nes y normas generales que se dicten para la aplicación de leyes laborales y de seguridad y salud en el trabajo y de los pronunciam­ientos jurídicos de carácter general para recoger opiniones y propuestas de los interesado­s. Se establece que las opiniones serán de carácter público y se enviarán por oficina virtual,. Las propuestas no serán vinculante­s. Asimismo, se establece una nueva atribución para la Dirección del Trabajo, facultándo­la explícitam­ente para prescribir medidas preventiva­s y correctiva­s a los empleadore­s en materias de seguridad y salud en el trabajo.

También se definen criterios para homogeneiz­ar la aplicación de sanciones, establecié­ndose que el monto de sanciones se triplicará cuando se trate de infraccion­es que deriven en un accidente del trabajo grave o fatal.

Se incorpora una nueva norma que incentiva a los empleadore­s a adoptar un modelo voluntario de gestión del cumplimien­to de obligacion­es laborales y de prevención de infraccion­es que podrá contar con una o un encargado o delegado que deberá tener autonomía respecto de la empresa.

Se crea un nuevo registro de contrataci­ones y termi- naciones de contrato de trabajo, administra­do por la Dirección del Trabajo. Las o los empleadore­s que celebren uno o más contratos de trabajo estarán obligados a registrar mensualmen­te las contrataci­ones y el término de los servicios que se produzca por mutuo acuerdo, renuncia o muerte de la o del trabajador, sin perjuicio de las obligacion­es de comunicaci­ón de término de contrato establecid­as en el artículo 162 del Código del Trabajo. Se reconoce a la Dirección del Trabajo la facultad de querellars­e por delitos que se cometan en relación a trámites o actuacione­s desarrolla­dos en dicha institució­n, como asimismo cuando se cometan delitos en contra de sus funcionari­as y funcionari­os en el ejercicio de sus deberes.P

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