Gobierno envía proyecto que fortalece la DT e incluye consulta para dictámenes
Esperada iniciativa ingresó por el Senado e incorpora además la posibilidad de que el servicio pueda querellarse. Se modernizan las plantas y se crea un registro de contrataciones y despidos.
—Inicialmente se comprometió su ingreso para el segundo semestre de 2015, pero el retraso en el despacho de la Reforma Laboral, la dificultad para llegar a acuerdo con los funcionarios del servicio y observaciones de la Dirección de Presupuestos (Dipres), llevaron a que finalmente el Gobierno presentara ayer el esperado proyecto de ley que moderniza y fortalece a la Dirección del Trabajo (DT).
La iniciativa que ingresó por el Senado es parte del programa de Gobierno, que comprometió impulsar “el rediseño institucional y modernización de la Dirección del Trabajo, dotándola de mayores atribuciones, mejorando sus capacidades técnicas e identificando funciones claves en su organización interna”. También responde a la necesidad de modernizar el servicio en medio de sucesivas reformas laborales.
Producto de un protocolo de acuerdo suscrito en julio, el proyecto considera un fortalecimiento de la carrera funcionaria de todas las plantas del Servicio; la actualización
El BID y la OIT asesoraron al Gobierno en el diseño del proyecto de ley. y modernización de las condiciones de ingreso a la Institución; el fortalecimiento de la gestión institucional, a través del tercer nivel directivo de carrera; y la reestructuración de algunas de sus remuneraciones.
También se incorpora un uso intensivo de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, promoviendo la relación por canales no presenciales con las y los usuarios, bajando los costos de las transacciones.
Dentro del ámbito regulatorio uno de los ajustes que más destaca tiene que ver con la creación de un mecanismo de consultas públicas a través de los sitios web institucionales, respecto de instrucciones y normas generales que se dicten para la aplicación de leyes laborales y de seguridad y salud en el trabajo y de los pronunciamientos jurídicos de carácter general para recoger opiniones y propuestas de los interesados. Se establece que las opiniones serán de carácter público y se enviarán por oficina virtual,. Las propuestas no serán vinculantes. Asimismo, se establece una nueva atribución para la Dirección del Trabajo, facultándola explícitamente para prescribir medidas preventivas y correctivas a los empleadores en materias de seguridad y salud en el trabajo.
También se definen criterios para homogeneizar la aplicación de sanciones, estableciéndose que el monto de sanciones se triplicará cuando se trate de infracciones que deriven en un accidente del trabajo grave o fatal.
Se incorpora una nueva norma que incentiva a los empleadores a adoptar un modelo voluntario de gestión del cumplimiento de obligaciones laborales y de prevención de infracciones que podrá contar con una o un encargado o delegado que deberá tener autonomía respecto de la empresa.
Se crea un nuevo registro de contrataciones y termi- naciones de contrato de trabajo, administrado por la Dirección del Trabajo. Las o los empleadores que celebren uno o más contratos de trabajo estarán obligados a registrar mensualmente las contrataciones y el término de los servicios que se produzca por mutuo acuerdo, renuncia o muerte de la o del trabajador, sin perjuicio de las obligaciones de comunicación de término de contrato establecidas en el artículo 162 del Código del Trabajo. Se reconoce a la Dirección del Trabajo la facultad de querellarse por delitos que se cometan en relación a trámites o actuaciones desarrollados en dicha institución, como asimismo cuando se cometan delitos en contra de sus funcionarias y funcionarios en el ejercicio de sus deberes.P