Debate por servicios mínimos
El que la justicia no pueda revisar los servicios mínimos otorgados por la Dirección del Trabajo a las empresas resulta preocupante.
UN
informe de la Corte de Apelaciones de Santiago enviado a la Corte Suprema vuelve a instalar en la discusión pública el problema de los servicios mínimos. El tribunal de alzada sostiene que la Reforma Laboral no otorgó competencia a los tribunales para reclamar por las decisiones del director del Trabajo al fijar los servicios mínimos, cuando las empresas acuden a la justicia. Los argumentos usados por Apelaciones es que en la ley no está expreso que la justicia puede jugar este rol. Es más, afirma que en algún momento el proyecto sí lo incluía, pero que luego fue retirado. Esta es una situación grave y única. En todos los reguladores existe una instancia a la cual el regulado puede acudir. La paradoja es que la propia ministra del Trabajo del momento fue quien postuló la judicialización como la vía de resolución de controversias, lo que la propia justicia, sin embargo, hoy descarta. Una interpretación sistemática y coherente de la legislación sin duda apunta a que los tribunales sí deben intervenir, y aunque la Corte Suprema podría establecer una jurisprudencia interpretativa, cada vez se hace más razonable que a través del mecanismo legislativo se corrija la Reforma Laboral: deseablemente en lo macro, pero a lo menos en lo procedimental.