Pulso

Pymes piden a Piñera ampliar sistema tributario simplifica­do en próxima reforma

Multigremi­al de Emprendedo­res y Conapyme esperan que los beneficios del 14 Ter se extiendan a las empresas con ventas anuales hasta 100 mil UF.

- LUCY ARAVENA LÓPEZ

“Lo que hemos planteado y queremos trabajar es perfeccion­ar el 14 ter de la Reforma Tributaria pasada”.

JUAN PABLO SWEET

—La Multigremi­al Nacional de Emprendedo­res y la Confederac­ión Nacional de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Conapyme) han sostenido una serie de reuniones con el Presidente electo, Sebastián Piñera, para entregar sus propuestas en materia tributaria.

El presidente de la Multigremi­al y de la Asociación de Emprendedo­res de Latinoamér­ica, Juan Pablo Swett, explica que existe preocupaci­ón entre las pymes de que con los ajustes tributario­s que pretende impulsar el próximo Gobierno se les quite los beneficios obtenidos a través del artículo 14 Ter letra A de la última Reforma Tributaria. Este les permite a las pequeñas empresas que tienen ventas anuales de hasta UF50 mil (aproximada­mente $1,3 millones) eximirse del pago del Impuesto de Primera Categoría, que actualment­e está en 25,5%. Esta exención se compensa con el pago de Impuesto Global Complement­ario de los dueños o socios de dichas empresas.

De acuerdo a Swett, las pymes van a estar en contra del ajuste al sistema tributario si es no quedan protegidas con beneficios en un artículo puntual, como el 14 Ter. “Eso se planteó al Presidente electo y a su equipo económico”, sentencia Swett.

Incluso, la idea de la Multigremi­al de Emprendedo­res y la Conapyme es que los beneficios Presidente de la Multigremi­al del artículo 14 Ter sean ampliados a las empresas que tienen ventas anuales por hasta UF100 mil.

“Lo que queremos es que en la próxima discusión de la simplifica­ción de la Reforma Tributaria se cree un artículo 14 Ter mucho más potente

La última en reunirse con el electo Presidente Piñera fue la Multigremi­al, el pasado 24 de enero. y amplio en términos de que todas las empresas en Chile que facturen menos de UF100 mil caigan automática­mente en un régimen especial”, acota Swett.

El asesor de Conapyme, Carlos Boada, concuerda en que “lo más relevante es que se reconozca la definición que hay en Chile de medianas empresas, o sea, hasta UF100 mil de ventas“.

Boada revela que también le pidieron a que se retiren ciertos aspectos que hacen que algunas empresas se vean excluidas de poder acogerse a los beneficios del artículo 14 Ter, como que pertenezca­n a ciertos tipos de tipo de actividad, como la inmobiliar­io, o que el contribuye­nte sea parte de una sociedad Asesor de Conapyme anónima familiar. Lo mismo para las cooperativ­as o para empresas que se acogen a otros beneficios de las zonas extremas del país.

“No se puede entender que las cooperativ­as que están pensadas para aglutinar pequeñas empresas se les obligue a tributar con el régimen más complejo y más gravoso que tiene la Reforma Tributaria. Otro ejemplo: todos los beneficios que pueden obtener las empresas en estas zonas extremas no se pueden aplicar si uno tiene el régimen simplifica­do del 14 Ter A”, culmina Boada.

Ambos gremios destacan que las futuras autoridade­s han reconocido lo imperioso de tener un sistema especial para las pymes.P

Las empresas integradas exclusivam­ente por contribuye­ntes afectos al Impuesto Global de Complement­ario (IGC), podrán optar por eximirse de pagar el Impuesto de Primera Categoría.

Los dueños sólo pagarán el IGC por la proporción de renta que les haya correspond­ido de las utilidades anuales (diferencia positiva entre ingresos percibidos y egresos pagados) .

Los contribuye­ntes no deben llevar contabilid­ad completa (optativame­nte sí). No tienen que confeccion­ar balances ni efectuar inventario­s. No tienen que efectuar corrección monetaria ni depreciaci­ones del activo

“Dentro de lo más relevante es que se reconozca la definición que hay en Chile de medianas empresas, o sea, hasta 100 UF de ventas”.

CARLOS BOADA

Deben llevar un libro de caja que refleje de manera cronológic­a los flujos de ingresos y egresos

Se pueden acoger los contribuye­ntes de Primera Categoría que tienen un promedio anual de ingresos no superior a las UF50 mil los últimos tres años comerciale­s y que en ese lapso no hayan superado las UF60 mil.

 ??  ??
 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Chile