Ambigüedad sobre los grupos negociadores
Editoriales La Dirección del Trabajo cambió, en pocos días, un oficio en el que validaba un convenio colectivo alcanzado por un grupo negociador.
LAAMBIGÜEDAD respecto de la legislación laboral sigue dando que hablar. Es que la Dirección del Trabajo reabrió el debate por la probabilidad de dotar de reconocimiento como sujeto activo del derecho a la negociación colectiva a los grupos negociadores.
La autoridad reconoció el valor de instrumento colectivo a los acuerdos suscritos con estos grupos (en una empresa ligada al grupo Saieh, controlador de Copesa, que edita PULSO), razón por la que, a su juicio, esos trabajadores no pueden formar parte del proceso de negociación iniciado por el sindicato.
Sin embargo, pocos días después la misma entidad puso marcha atrás y cambió completamente su visión. La Inspección del Trabajo de La Serena acogió el recurso de reposición del sindicato y desconoció el valor del instrumento colectivo a un acuerdo del grupo negociador.
El errático comportamiento anterior es un nítido ejemplo de la falta de certezas en definiciones relativas al mercado laboral. Lo anterior es particularmente complejo para las empresas y, en algún grado, limita la toma de decisiones de las mismas. Es que la incertidumbre no es buena para el sector privado, especialmente en una materia tan sensible como el tema laboral. Prueba de ello es lo que ha pasado en los últimos años en materia de inversión.
Es relevante, por tanto, modificar la legislación para evitar los vacíos del nuevo texto y resarcir, de alguna forma, el daño causado.
Claridad en grupos negociadores, así como también sobre quién tiene la última palabra en servicios mínimos -¿La Dirección del Trabajo o la justicia?-, son algunas de las cuestiones que se deberían abordar en el corto plazo para dar mayores certezas.