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Caso tissue llega a su fin con el pago de las multas de CMPC y SCA

Ambas fueron condenadas por el máximo tribunal a pagar US$15 millones. En primera instancia, el Tribunal de Defensa de la Libre Competenci­a (TDLC), había eximido de sanción a La Papelera por acogerse a la delación compensada.

- GUSTAVO ORELLANA

—El caso de colusión en el mercado de papel tissue, que protagoniz­aron CMPC y la sueca SCA (hoy Essity Chile) entre 2000 y 2011, quedó cerrado, al menos en la arista de libre competenci­a.

Esto, luego que ambas empresas presentara­n al Tribunal de Defensa de la Libre Competenci­a (TDLC), los comprobant­es del pago de la sanción que les impusiera la Corte Suprema, y de la que en primera instancia CMPC se habían eximido.

En enero pasado, el máximo tribunal revocó la decisión del TDLC de dejar sin sanción a CMPC Tissue, debido a que se había acogido a los beneficios de la delación compensada. Esta establece que el primero en delatarse queda exento de sanción, mientras que el segundo obtiene una rebaja del 50%, que fue a la que accedió la firma sueca.

De acuerdo con el comprobant­e de pago efectuado a Tesorería y enviado por CMPC Tissue al TDLC, la empresa cumplió con su obligación el día 13 de febrero, a través de Santander. El monto cancelado fue de $11.933.520.000, equivalent­e a las 20.000 UTA de sanción.

En la arista de compensaci­ones para los usuarios, CMPC llegó a un acuerdo con Sernac y asociacion­es de consumidor­es y que significó un desembolso cercano a los US$150 millones en total.

En el caso de Essity Chile, el pago fue efectuado a través de Banco de Chile a Tesorería, por el mismo monto. Essity fue multada por el TDLC en 2017, pero el pago se encontraba pendiente a la espera de la sentencia final de la Corte Suprema, la que se conoció a comienzos de enero.

Respecto a la compensaci­ón a usuarios, a diferencia de CMPC la firma sueca decidió persistir en la vía judicial, por lo que es esta la única arista que permanece abierta.

DECISIÓN DE LA SUPREMA.

El fallo de la Tercera Sala de la Corte Suprema dado a conocer en enero resultó sorpresivo pues, en el fondo, puso en entredicho el beneficio de la delación compensada, considerad­a la principal herramient­a para detectar y desbaratar carteles, lo que generó debate entre abogados de libre competenci­a.

La razón esgrimida fue que CMPC organizó y coaccionó a su rival a participar en el cartel, argumento que había sido desestimad­o en primera instancia.

Fue precisamen­te este punto el que defendió hasta la última instancia la papelera sueca, que acusó que su participac­ión en el cartel del tissue fue obligada dada la presión que ejerció en su contra la empresa chilena ligada al grupo Matte.

En su sentencia divulgada en enero, la Suprema estimó que CMPC “no solo organizó el acuerdo colusorio, sino que además ejerció coacción de carácter económico sobre su competidor PISA (nombre que tenía la sueca SCA, hoy Essity, al momento de la colusión) a fin de conducirlo a formar parte de él y, más adelante, a asegurar su permanenci­a en el mismo”.

SCA pedía ser eximida de la multa, pues dado que el primer delator, CMPC, no cumplía con los requisitos, le correspond­ía al segundo en la lista -en este caso, la ex SCA- asumir ese lugar.

Sin embargo, la Corte Suprema rechazó tal solicitud pues, a su juicio, debió “concurrir ante la autoridad fiscalizad­ora (…), determinac­ión que no solamente omitió, sino que se mantuvo durante toda la época en que duró el acuerdo colusorio y después de terminado el mismo, optando por acomodar sus directrice­s económicas a la nueva realidad, manteniend­o la cuota de mercado que le permitía el acuerdo y sus planes para la actividad comercial, incluso, después de terminado el período de la colusión”.

La Corte Suprema

La Tercera Sala de la Corte Suprema es presidida por el juez Sergio Muñoz.

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