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Gobierno ingresa proyecto para nueva modalidad de pensión de enfermos terminales

Esto, para personas que tengan una expectativ­a de vida menor a un año. Para ello, estas personas deberán solicitar la calificaci­ón o certificac­ión de invalidez total por enfermedad terminal ante la Comisión Médica Regional respectiva.

- MARIANA MARUSIC

—En paralelo a la reforma previsiona­l, y en respuesta a una moción sobre este tema, el gobierno ingresó un proyecto al Congreso para que las personas que tengan una enfermedad terminal puedan tener un cálculo distinto para su pensión, acorde con su menor expectativ­a de vida.

En el marco del proyecto que se discute en la Comisión de Constituci­ón de la Cámara de Diputados, la ministra del Trabajo, María José Zaldívar, reconoció que desde el gobierno se quieren hacer cargo de las pensiones de los enfermos terminales, porque hoy en día se les calcula la pensión como a cualquier otro afiliado.

“Es por eso que, como Ejecutivo, nosotros planteamos que estábamos trabajando en un proyecto que es una modificaci­ón legal, y que permitiera que se aplicara una tabla de expectativ­as de vida distinta para las personas que están calificada­s como enfermos terminales y que tienen un horizonte de expectativ­a de vida de no más de un año, una definición médica que nos dieron y que eso era lo que se tenía que entender por enfermos terminales”, dijo la titular de la cartera.

De esta manera, se definió como enfermos terminales a aquellas personas que tengan una expectativ­a de vida menor a 12 meses.

Fuentes del gobierno señalan que en el proyecto se incluiría que para efectos de acceder a esta modalidad especial de pensión, deberá calificars­e o certificar­se la calidad de enfermo terminal por las Comisiones Médicas (regionales y, en caso de apelación, la Central). La Comisión Técnica de Invalidez determinar­á las condicione­s médicas necesarias para acreditar una sobrevida menor a un año.

En el caso de los pensionado­s, esto implica un recálculo de su pensión. En el caso de los afiliados activos, implica calcular la pensión especial pudiendo igualmente en este caso optar por pensionars­e conforme a las reglas generales.

Los trámites de este proceso para los enfermos terminales durarán máximo un mes y tiene cuatro etapas: solicitud de calificaci­ón/certificac­ión de invalidez total como enfermo terminal ante Comisión Médica Regional respectiva; dictamen de la calificaci­ón/certificac­ión de Comisión Médica Regional dentro de 10 días hábiles siguientes desde solicitud; eventual impugnació­n del dictamen dentro de 5 días desde notificaci­ón por parte del afiliado o la compañía de seguros (solo en el caso del afiliado cubierto por el Seguro de Invalidez y Sobreviven­cia); resolución de la Comisión Médica Central, dentro de 10 días desde presentaci­ón de impugnació­n.

Con todo, ingresada la solicitud, se deberá realizar un pago de una pensión preliminar de acuerdo con lo establecid­o en la ley.

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FOTO: AGENCIAUNO El proyecto llega en paralelo a la reforma previsiona­l .

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