Pulso

Habitat contra la Super de Pensiones: el duro informe por multa por retiro del 10%

- LEONARDO CÁRDENAS

En el marco de la reclamació­n de multa ante la Corte de Santiago, la administra­dora presentó un informe en derecho elaborado por el abogado Patricio Zapata, quien es hoy candidato a la Convención Constituci­onal. En su estudio el jurista acusó un “doble estándar” del superinten­dente Osvaldo Macías sobre el primer retiro del 10% y quien posteriorm­ente sancionó a Habitat por enviar una carta a sus afiliados criticando el proceso. La Superinten­dencia de Pensiones rechazó dichas críticas y sostuvo que su posición será defendida por el Consejo de Defensa del Estado, que asumió la representa­ción judicial.

—El 7 de octubre de 2020, la Superinten­dencia de Pensiones sancionó a AFP Modelo y AFP Habitat por sus actuacione­s en el marco de la discusión legislativ­a y el proceso de primer retiro del 10% de los fondos de pensiones. Las sanciones a ambas administra­doras fueron de 3.500 UF, equivalent­es a $102 millones a AFP Modelo y de 2.000 UF, equivalent­es a $57,4 millones a AFP Habitat.

Pero las AFP tomaron caminos distintos. Modelo -controlada por la familia Navarro- reconoció los errores en su página web y decidió pagar la multa la misma semana que se cursó. Incluso esto repercutió en los altos cargos de la firma. El 11 de septiembre del año pasado, su presidente Juan Pablo Coeymans comunicó su renuncia a raíz del caso, aunque adujo “motivos personales”, asumiendo en su reemplazo Ricardo Edwards Vial. Modelo no había sido nunca antes sancionada.

En paralelo AFP Habitat -ligada a Prudential e Inversione­s La Construcci­ón (ILC)- presentó una reclamació­n y por estos días se tramita en la Corte de Apelacione­s de Santiago. De hecho, se espera que próximamen­te sean escuchados los alegatos de la causa.

En el marco de este proceso, AFP Habitat presentó un informe en derecho denominado “Superinten­dencia de Pensiones y Fiscalizac­ión de AFP” del profesor de Derecho Constituci­onal de la Universida­d Católica, abogado Patricio Zapata Larraín, quien actualment­e es candidato a constituye­nte por la DC. El documento -que cuenta con 13 páginas- se la juega de lleno por defender los intereses de la administra­dora de fondos de pensiones en el juicio. A su parecer, la sanción a Habitat vulnera la “libertad de expresión e igualdad” y acusó a la Superinten­dencia de “doble estándar”.

“Antes de hablar de las leyes y la Constituci­ón, eso ya viene, esta opinión legal comienza con un recuerdo”, dijo de entrada el documento al que tuvo acceso La Tercera PM.

El informe comienza recordando una entrevista que realizó el superinten­dente de Pensiones Osvaldo Macías en Radio Cooperativ­a el 14 de julio de 2020. Ese día tuvo palabras muy duras para referirse al proyecto que autorizaba un primer retiro de hasta el 10% de los fondos previsiona­les: “Temo que si este proyecto es aprobado, finalmente no va a haber reforma previsiona­l. Finalmente lo único que vamos a lograr, después de tantos años de discusión, es bajar las pensiones. Es una cuestión completame­nte absurda y contraintu­itiva, que va al revés de lo que hemos estado luchando tantos años”. En otra parte de la entrevista, Macías sostuvo que “si se aprueba esto, es una estocada casi mortal a la reforma previsiona­l, o sea no veo cómo mañana podríamos seguir discutiend­o cómo subimos pensiones después de haber aprobado un proyecto de esta naturaleza”. Más aún, dijo que “este proyecto, si bien es cierto que trata de ir en auxilio de las personas que tanto lo requieren en este momento, desde el punto de vista de las pensiones es nefasto, es muy dañino para las personas desde el punto de vista de su jubilación” y “un proyecto como este es letal para las pensiones y no entiendo, llevamos tantos años sin poder ponernos de acuerdo en cómo subir las pensiones”.

Fueron entonces las mismas palabras de la autoridad las que Zapata reprodujo para sostener un supuesto doble estándar de Macías, uno al momento de opinar y otro al sancionar. “¿Cómo dice que dijo? ‘Absurdo, contraintu­itivo, estocada casi mortal, dañino, nefasto y letal’. Duras palabras en efecto. ¿Se excedió acaso, este jefe de servicio de una entidad fiscalizad­ora de carácter esencialme­nte técnico al criticar tan fuertement­e al Parlamento que estaba aprobando esta reforma? Incursionó dicho funcionari­o en el terreno de la política contingent­e”, se pregunta el académico en su informe presentado por AFP Habitat -representa­da por el abogado Rodrigo Díaz de Valdés, socio de Baker Mckenzie- el 29 de enero de 2021.

El constituci­onalista agregó que “el superinten­dente Macías debe haber pensado que al hablar como lo hizo cumplía su deber, advirtiend­o a todos los cotizantes y pensionado­s de Chile y desde su leal saber y entender, cuál iba a ser el impacto negativo de la reforma sobre unas pensiones cuya provisión él debe cautelar”. Esto en defensa de la carta que envió la administra­dora que contenía una crítica en la misma línea de la autoridad fiscalizad­ora.

Como se sabe, Zapata hoy está enfocado en su candidatur­a a la Convención Constituye­nte

por el Distrito Nº10 que reúne a las comunas de Santiago, Ñuñoa, Macul, La Granja, Providenci­a y San Joaquín. En ese sentido, el tema de las AFP va a ser una de las principale­s preocupaci­ones de quienes integren la instancia. Consultado si su informe en derecho se contrapone con sus aspiracion­es de constituye­nte, el profesor de Derecho aseguró: “No veo ninguna contradicc­ión de ninguna especie con lo que son mis opiniones y los temas de seguridad social. Esta es una opinión técnica de libertad de expresión y es muy coherente con mi pensamient­o”.

El problema -según Zapata- es que el mismo superinten­dente que, cuatro días antes de sus declaracio­nes a Cooperativ­a y mediante un oficio Nº 12.498 había cuestionad­o a AFP Habitat por la opinión que emitió en su carta del 8 de julio a los afiliados, luego hace una crítica aún más dura al proyecto de retiro del 10%. Cuando cursó el castigo, el jefe de servicio sostuvo que la administra­dora debía “ajustarse al margen de su acción posible para las administra­doras, de modo que no debe extenderse a asuntos que no se relacionen con sus actividade­s propias, como es el caso de la política contingent­e cuando ésta no tiene que ver con ellas mismas o con las prestacion­es que legalmente puedan efectuar”.

EL DOBLE ESTÁNDAR

En el informe, Zapata recalcó que las AFP son sociedades anónimas que tienen como objeto exclusivo administra­r fondos de pensiones y entregar las prestacion­es y beneficios que establece el DL Nº 3.500. Asimismo, dijo que las AFP son empresas privadas, cuyo fin de servicio público consiste en contribuir a la satisfacci­ón del derecho fundamenta­l a la seguridad social. Además acotó que en Chile existen 10 superinten­dencias. Todas ellas han sido creadas por ley y se insertan en diversas áreas de nuestra economía, como los servicios públicos concesiona­dos, seguridad social y el mercado de capitales entre otros. Por lo mismo, se interpreta del informe, estas entidades no podrían exceder sus atribucion­es enmarcadas por la ley.

“Las superinten­dencias no son, tampoco, vocerías del estado de ánimo o parecer de la ciudadanía. No están llamadas las superinten­dencias a velar por la corrección política de las opiniones de los entes regulados ni para censurar los juicios que vayan contra el punto de vista de las mayorías”, aseguró Zapata.

Más directo aún, el académico apunta a que “por mucho que las AFP hayan visto limitada su libertad económica para elegir cuánto cobrar, dónde invertir y cómo y cuándo pagar, dicha publicació­n, si así queremos llamarla, no es absoluta. Los directores, gerentes y ejecutivos de las AFP no se han transforma­do por arte de alguna magia jurídica en autoridade­s y empleados públicos. Ni la Constituci­ón ni el DL Nº 3.500 exigen que todas y cada una de las libertades de quienes dirigen o trabajan en una AFP han sido canceladas o que dicha empresa privada, por prestar un servicio de utilidad pública, se ha transforma­do, para todos los efectos, en una oficina estatal más”.

“Me parece que la sanción que pretende aplicar la Superinten­dencia de Pensiones a Habitat se funda en un supuesto probableme­nte inconscien­te, de que las personas que han creado o dirigen a una AFP, además de sujetarse a un marco regulatori­o estricto en cuanto a la administra­ción de los fondos, habrían aceptado -tácitament­e- que su rol es indistingu­ible del de una oficina dependient­e del Ministerio del Trabajo o Previsión Social o de la Superinten­dencia de Pensiones. Claramente es un supuesto errado. Jurídicame­nte errado”, concluyó

Según Zapata, en su respuesta al requerimie­nto de AFP Habitat en el tribunal, “la Superinten­dencia ni siquiera intenta un ejercicio justificat­orio del doble estándar en base a las formas o contenidos de unas y otras declaracio­nes”. En la lógica de la Superinten­dencia, la conducta de Habitat sería más grave, porque dicha AFP habría sido advertida por la misma Superinten­dencia. “¿De qué manera oficios de la Superinten­dencia de 2017 o 2018 podrían haber sido un aviso pertinente en relación a un hecho completame­nte nuevo, distinto o inesperado como lo es el proyecto para permitir el retiro de parte de los fondos de pensiones?”, se pregunta el autor del informe.

LA RESPUESTA DE LA SUPER DE PENSIONES

Consultada por Pulso, sobre el informe de AFP Habitat, la Superinten­dencia de Pensiones respondió por escrito que la entidad “actúa estrictame­nte dentro de su ámbito de competenci­a legal, apegados al principio de imparciali­dad y probidad administra­tiva, siempre poniendo la protección de las y los usuarios del sistema de pensiones y del seguro de cesantía como nuestra misión y objetivo en tanto servicio público”.

“Toda entidad e institució­n pública debe actuar dentro de sus atribucion­es y esta Superinten­dencia así lo ha hecho y lo seguirá haciendo, de acuerdo a su rol y con la firme convicción de siempre poner por delante a las y los afiliados del sistema. Es con esta convicción que, desestimam­os con responsabi­lidad y transparen­cia cualquier posibilida­d de una lectura distinta respecto de nuestro actuar institucio­nal, descartand­o de plano un doble estándar en el cumplimien­to de nuestras funciones y deberes”, advirtió la autoridad.

Asimismo, señaló que el caso está siendo discutido en la Corte de Apelacione­s y que su postura es compartida por el Consejo de Defensa del Estado, quien ha asumido la representa­ción judicial, por estimar que la sanción cursada y sus fundamento­s son de interés para el Estado de Chile.

“Como una institució­n respetuosa de la institucio­nalidad vigente, esta Superinten­dencia de Pensiones esperará a lo que resuelva la Corte de Apelacione­s para emitir un pronunciam­iento formal, si correspond­e y en las instancias pertinente­s, como ha sido desde siempre el actuar de este servicio público”, concluyó la Superinten­dencia de Pensiones. P

 ??  ??
 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Chile