TVN y CHV comienzan el año con el pie derecho, mientras que Canal 13 vuelve a los números rojos
terialmente al pago del anticipo de renta vitalicia, además de establecer una serie de deberes informativos, excediéndose, en este último aspecto, de las facultades legales de la CMF”.
Y sobre este punto añade que “la CMF atenta en contra de sus propios actos, desconociendo sus actuaciones durante la tramitación de la Ley N° 21.330, lo que deviene en infracción a la garantía de confianza legítima, pues la normativa dictada no se hace cargo de los manifiestos vicios de inconstitucionalidad de la ley en referencia, que la propia Comisión expuso en las diversas instancias legislativas”.
Desde Renta Nacional también argumentaron que es misión de la CMF velar por el correcto funcionamiento, desarrollo y estabilidad del mercado financiero, facilitando la participación de los agentes y promoviendo el cuidado de la fe pública, por lo que advirtieron que esto no debe entenderse limitado a operativizar una ley, que adolece de vicios de constitucionalidad, ya que la CMF dejaría de cumplir los objetivos y funciones que le encomienda el legislador. Agrega que la CMF debe dictar la normativa complementaria que permita morigerar los vicios de la ley y mitigar los daños ocasionados por la misma.
Asimismo, argumentaron que la CMF debe aplicar las facultades contenidas en los numerales 24 y 30 del artículo 5 del D.L. 3538, señalando: “La actuación omisiva de la CMF en el ejercicio de sus deberes y potestades frente a la publicación de la Ley N° 21.330, evidenciada en la dictación del Oficio Circular y la NCG impugnada, debe estimarse ilegal y lesiva a los derechos de esta parte, pues se aleja del objetivo y funciones que el legislador le ha encomendado a la CMF y, además porque los actos administrativos impugnados, al no hacerse cargo de los vicios de que adolece la norma legal, validan la afectación de derechos fundamentales de esta parte, de las aseguradoras en general, de sus accionistas, inversionistas y asegurados, consolidando el grave daño patrimonial que se les ocasiona a todos ellos, lo que pone en serio riesgo la viabilidad, estabilidad e integridad del mercado financiero”.
Entre otras cosas, señala que la CMF omitió varias circunstancias en la normativa publicada, como por ejemplo, no se hace cargo de adoptar medidas por la afectación patrimonial de las aseguradoras, ni por las pérdidas que anoten las compañías como consecuencia de la liquidación de sus inversiones representativas de la reserva técnica.
Agrega que tampoco se hace cargo de los costos operacionales, “imponiéndosele en forma arbitraria y discriminatoria tales costos, lo que violenta abiertamente su derecho de propiedad, la garantía constitucional de igualdad ante la ley (artículo 19° N°2 de la CPR) y su derecho a desarrollar cualquier actividad económica lícita (artículo 19° N° 21 de la CPR), además de afectar la propia esencia de estos derechos (artículo 19° N°26 de la CPR)”.
LA DEFENSA DE LA CMF
Dentro del análisis que hizo la CMF para rechazar el recurso de reposición, argumenta que escapa a la competencia de esta Comisión pronunciarse respecto a la constitucionalidad de las leyes, y que a ellos corresponde aplicar y hacer cumplir la reforma constitucional.
El regulador también concluyó que “escapa evidentemente a las competencias de la CMF, dictar normas que tiendan a alterar o dejar sin efecto la reforma constitucional, o regular eventuales compensaciones o daños, materia no regulada en dicha reforma, no procediendo que mediante norma administrativa se modifique la ley o la Constitución. Por lo anterior, el Oficio Circular N° 1208 solo tiene por objeto permitir una aplicación uniforme de la reforma constitucional introducida”.
Y sobre la Norma de Carácter General N° 453, advierte que “esta se ha limitado a aumentar el límite máximo de endeudamiento financiero para las compañías de seguros del segundo grupo (seguros de vida), de modo que aborda materias diferentes a las contempladas en la Ley N° 21.330, por lo que no se vislumbran los vicios a que alude la Reposición”.
En cuanto a la afectación del derecho de propiedad de las compañías de seguros, dice que “cualquier supuesta afectación a los derechos garantizados en la Constitución, deriva de la misma Constitución y no de la normativa administrativa emanada de esta CMF, por lo que no es procedente que este Servicio desatienda el mandato del Constituyente instruyendo, mediante normativa, una actuación distinta a la dispuesta por la norma de superior jerarquía”.
Por otro lado, la CMF agrega que “en cuanto a las omisiones que el recurrente señala que tiene el Oficio Circular N° 1208, relativas a que no se pronuncia sobre el daño patrimonial a las compañías de seguros, la expropiación de sus inversiones sin indemnización, el costo de la liquidación de inversiones, costos operacionales para el pago del adelanto, la rebaja permanente de las pensiones y la modificación del contrato de renta vitalicia, cabe señalar por una parte que estas materias no están contempladas en la Ley N° 21.330, por lo que no procede que esta Comisión se pronuncie a su respecto, y por otra, que esos efectos, en el evento de producirse, son el resultado de actos del Constituyente, de modo que, como se ha dicho, no es materia de esta Comisión resolver sus eventuales vicios”. P
—Los canales de televisión al parecer empiezan a darle vuelta a la crisis, ya que dos se ellos, TVN y Chilevisión, cerraron el primer trimestre con números azules. Sin embargo, Canal 13 empezó este 2021 con un alza en sus pérdidas.
Tras los beneficios obtenidos en 2020, la señal estatal informó que entre enero y marzo de este año logró utilidades por $1.285 millones, frente a las pérdidas por $1.469 que anotó en el mismo período del año anterior.
A través de un comunicado, Televisión Nacional de Chile, indicó que la señal “incrementó su eficacia comercial al lograr incrementar sus ingresos publicitarios, correspondientes a televisión abierta, en 5,5% comparado con el primer trimestre 2020, un muy buen resultado especialmente considerando que no se realizaron los festivales de Viña del Mar y Olmué”.
CHV, por su parte, informó que sus ganancias e ingresos se incrementaron en los primeros tres meses de 2021. En un comunicado el canal dijo que sus ganancias brutas subieron de $649 millones a $3.199, lo que representa un importante salto de 393% con respecto al mismo período de 2020.
Los ingresos de la señal, por su parte, subieron de $8.933 millones a $11.364, lo que representa un avance de 27%.
“Este importante incremento se debe a la reactivación en las ventas publicitarias, como consecuencia de la alta valoración positiva y de las buenas cifras de audiencia obtenidas por la señal”, dijo CHV.
En 2020, la estación registró pérdidas por más de $ 5.300 millones, pero fueron inferiores a los $ 16.200 millones de 2019.
Por otro lado, Canal 13 aumentó sus pérdidas en los tres primeros meses de este año. Estas llegaron a $737 millones entre enero y marzo, frente a los $627 millones de 2020. Desde la compañía indicaron que estos resultados van en línea con la estacionalidad de la industria y con el presupuesto anual.
A través de un comunicado, la estación ligada al empresario Andrónico Luksic indicó, además, que la baja de ingresos de este año “se debe, principalmente, a la no recurrencia de eventos de naturaleza extraordinaria que tuvieron lugar en el primer trimestre del 2020, principalmente la venta del sitio ex CHV, y a la no realización del Festival de Viña del Mar”.
Para lo que queda de este año, la señal privada dijo que “se proyecta la consolidación del Plan de Sostenibilidad, con una parrilla programática renovada y ambiciosa”. P