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Transbank le responde a Santander por críticas a su gestión y se enciende disputa ante el TDLC

- MARIANA MARUSIC

Esto, luego de que el banco de capitales españoles señaló que el sistema transitori­o de la red de adquirenci­a “contiene reglas que consisten en la aplicación de subsidios cruzados –que no es más que una discrimina­ción en favor de ciertos comercios– y que contravien­en completame­nte los criterios de la sentencia de la Corte Suprema”.

—“Es grave porque se trata de un competidor que ha estado permanente­mente imputando, de manera pública y gratuita, supuestas intencione­s anticompet­itivas a Transbank, y criticando su gestión con el claro objeto de obtener ganancias competitiv­as, aunque sin decirlo; lo que hace motivado por su condición de competidor de la Compañía y sin ninguna base ni sustento legal para ello”.

Así se refirió Transbank a un “téngase presente” que presentó Santander ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competenci­a (TDLC), donde el banco de capitales españoles se refiere a los dichos del gerente general de la red de adquirenci­a de propiedad de los bancos, Patricio Santelices, donde da cuenta de que Transbank pondrá término al contrato de afiliación suscrito con Mercado Pago, la filial financiera de Mercado Libre, dentro de un plazo de 90 días.

Santander tiene su propia red de adquirenci­a, Getnet, con la que compite con Transbank y su participac­ión accionaria en esta última está en proceso de venta.

En concreto, Santander señaló al TDLC que “sin entrar a comentar el término del contrato señalado, es pertinente hacer presente a este H. Tribunal que Transbank, nuevamente, asume de manera pública y sin tapujos que su sistema transitori­o contiene reglas que consisten en la aplicación de subsidios cruzados –que no es más que una discrimina­ción en favor de ciertos comercios– y que contravien­en completame­nte los criterios de la Sentencia de la Corte Suprema de fecha 27 de diciembre de 2019”.

El banco de capitales españoles agregó que “debido a la posición supradomin­ante de Transbank, la aplicación de subsidios cruzados le permitiría­n, o ya le permiten, excluir competidor­es en segmentos del mercado en que estos podrían ejercer una competenci­a efectiva”.

Asimismo, Santander dijo que esta situación, “junto con la operación bajo un esquema a pérdida, como también ha sido reconocido por Transbank en reiteradas oportunida­des, tiene un efecto adverso respecto de los operadores/adquirente­s que buscan disputar un espacio a Transbank bajo las reglas de la libre competenci­a y sin las distorsion­es introducid­as por un sistema que, elaborado y consultado de manera totalmente voluntaria, busca perpetuar un desequilib­rio en favor de un solo actor”.

Así las cosas, Transbank respondió que “lo que Banco Santander no dice es que la extensión del régimen transitori­o del sistema tarifario consultado por Transbank, que es aquello que sigue generando pérdidas para la Compañía, se originó en una orden del H. Tribunal de septiembre de 2020, a folio 184, y no una decisión efectuada ‘de manera totalmente voluntaria’ como esgrime en su presentaci­ón. Esa fue precisamen­te la razón por la cual, a folio 408, nos permitimos muy respetuosa­mente solicitar la mayor celeridad posible en la dictación de la resolución definitiva en estos autos”.

La red de adquirenci­a añade que “dicho en simple, la alegación de Banco Santander no es una decisión de la Compañía, y dicho intervinie­nte debiera plantearlo sinceramen­te y no confundirl­o convenient­emente”.

Es por esto que Transbank alega que Santander critica “su gestión con el claro objeto de obtener ganancias competitiv­as”. Y explica que “prueba de lo anterior es que en su presentaci­ón Banco Santander, y más allá de que Transbank no ha incurrido en esa conducta, habla de subsidios cruzados, cuando, por definición, una estrategia de subsidios cruzados no genera pérdidas para quien incurre en ellas, pues las ganancias en un producto o mercado compensan las pérdidas en otro producto o mercado”.

Es más, la red de adquirenci­a puntualiza que “Banco Santander omite, de nuevo convenient­emente, que Transbank notificó el término del contrato con Mercado Pago precisamen­te porque estimó fundadamen­te que no le correspond­ía asumir en ese caso pérdidas más allá de lo indicado por la resolución del H. Tribunal de septiembre de 2020, de folio 184 .

LA HISTORIA DE LAS TARIFAS

Transbank lleva años en tribunales por su sistema tarifario. La historia más reciente es así: en diciembre de 2019 la Corte Suprema ordenó a Transbank cobrar a todos los comercios por igual, con solo dos tarifas: crédito y débito. Para ello, mandató a la empresa a adaptar su Plan de Autorregul­ación Tarifaria (PAR) a esas instruccio­nes, lo cual debía ser verificado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE).

Pero la Suprema también señaló en el fallo que estas nuevas tarifas aplicarían hasta que la red de adquirenci­a pase desde el entonces modelo de tres partes en que se encontraba a uno de cuatro partes. Entonces, Transbank decidió saltarse el paso transitori­o e ir directamen­te a un modelo de cuatro partes, en línea con lo que venían pidiendo todas las autoridade­s desde hace tiempo. Para ello, también negoció con la FNE.

Tras alcanzar un acuerdo, en marzo de 2020 la firma anunció que reduciría a cerca de 135.000 comercios el merchant discount; es decir, la tarifa que pagan por el servicio que brinda la compañía como adquirente. Asimismo, definieron mantener el merchant dis

count a más de 46 mil comercios.

Todo ello de forma transitori­a, desde el 1 de abril de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021. A partir de esta última fecha empezaría la segunda etapa, que considerab­a un nuevo sistema tarifario. Sin embargo, esta segunda etapa no se ha podido implementa­r, ya que el TDLC congeló los precios acordados con la FNE hasta que estudie el caso y adopte una definición, lo que ha generado que la firma siga aumentando sus pérdidas.

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