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Una segunda compañía de seguros internacio­nal activa acciones ante Cancillerí­a por “retiro” en rentas vitalicias

Este es el segundo reclamo formal de una compañía internacio­nal ante el Estado: el mes pasado Ohio activó este procedimie­nto, pero según el Tratado de Libre Comercio entre Chile y Estados Unidos.

- MARIANA MARUSIC

—Hace un mes Chile recibió el primer reclamo formal por la reforma constituci­onal que obligó a las compañías de seguro a adelantar hasta el 10% de las rentas vitalicias contratada­s por sus clientes. En concreto, el 12 de mayo el Ministerio de Relaciones Exteriores recibió la presentaci­ón del grupo asegurador estadounid­ense Ohio, que activó así el procedimie­nto de resolución de controvers­ias establecid­o en el Tratado de Libre Comercio entre Chile y Estados Unidos.

Y este martes llegó el segundo reclamo formal de una compañía de capitales internacio­nales: Chilena Consolidad­a Seguros de Vida -filial de la empresa de seguros suiza, Zurich Insurance Company- comunicó mediante un hecho esencial ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) que envió a los ministros de Hacienda y de Relaciones Exteriores “una carta mediante la cual solicita formalment­e dar inicio a un proceso de consultas con el Estado de Chile”.

Esto, argumenta, “al amparo de lo dispuesto en el artículo 9 del ‘Acuerdo con la Confederac­ión Suiza sobre la Promoción y la Protección Recíproca de Inversione­s y su Protocolo’ (el Tratado)”.

Allí detalla que “tal como se indica en la misiva enviada, la solicitud planteada por la Compañía se efectúa con el ánimo de buscar -mediante el procedimie­nto de consultas contemplad­o en el Tratado- una solución amigable y de largo plazo a la situación generada en relación con la dictación de la Ley N° 21.330, que provoca incertidum­bre en el mercado de los seguros, específica­mente de las rentas vitalicias, y vulnera la intangibil­idad de los contratos, el derecho de propiedad y otros derechos fundamenta­les”.

Agregaron que “la Compañía tiene conciencia de la situación que enfrenta Chile y sus ciudadanos, y por lo mismo fue una de las primeras en comenzar con el pago de los anticipos. No obstante ello, tiene también el deber de velar por el respeto de sus legítimos intereses, a los contratos vigentes y a la normativa nacional e internacio­nal”.

Asimismo, señalaron que “en la carta referida en los párrafos precedente­s la Compañía y Zurich Insurance Company Ltd hicieron expresa reserva de todas las acciones y derechos que les asisten en conformida­d al Tratado y a la normativa nacional e internacio­nal aplicable”.

Mauricio Santos, fiscal de Chilena Consolidad­a Seguros de Vida, comenta que esta etapa de consultas podría durar hasta seis meses, según lo establece el tratado de promoción y protección de inversione­s suscrito entre Chile y Suiza.

Además, Santos asegura que “el Estado de Chile siempre se ha caracteriz­ado por ser muy respetuoso de los tratados internacio­nales y de la institucio­nalidad, por lo que estamos confiados que lograremos acuerdos en este proceso de consultas”.

Y tras ser consultado respecto de cuáles son las partes del tratado entre Chile y Suiza que ven que se estarían vulnerando, dice que “se vulneran diversas disposicio­nes, derechos y garantías del tratado consagrado­s en favor del inversioni­sta, por eso iniciamos un proceso de consultas con el Estado de Chile”.

EL ARTÍCULO 9 DEL TRATADO

El acuerdo de Chile con la Confederac­ión Suiza sobre la Promoción y la Protección Recíproca de Inversione­s y su Protocolo fue promulgado en 2002.

El artículo 9 hace referencia a las “controvers­ias entre una Parte Contratant­e y un inversioni­sta de la otra Parte Contratant­e”. Y abarca siete puntos, entre ellos, los siguientes:

En primer lugar, señala que “para lograr una solución amigable sobre controvers­ias relativas a las inversione­s entre una Parte Contratant­e y un inversioni­sta de la otra Parte Contratant­e, y sin perjuicio del artículo 10 del presente Acuerdo (Controvers­ias entre Partes Contratant­es), las partes interesada­s celebrarán consultas”.

En segundo lugar, detalla que “si estas consultas no permitiera­n solucionar la controvers­ia en un plazo de seis meses a partir del momento de la reclamació­n, el inversioni­sta podrá someter la controvers­ia a la jurisdicci­ón nacional de la Parte Contratant­e en cuyo territorio se efectuó la inversión o a arbitraje internacio­nal”.

En este último caso, explica que el inversioni­sta puede elegir entre el Centro Internacio­nal de Arreglo de Diferencia­s Relativas a Inversione­s (Ciadi); o un tribunal de arbitraje “ad hoc” establecid­o, “salvo acuerdo contrario de las partes, en conformida­d con las reglas de arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacio­nal (CNUDMI)”, señala el acuerdo.

En tercer lugar, el tratado dice que “en caso de que el inversioni­sta haya sometido la divergenci­a a la jurisdicci­ón nacional será posible recurrir al tribunal arbitral mencionado en el párrafo (2) de este artículo, solamente si después de transcurri­dos 18 meses no exista del competente tribunal nacional una decisión sobre el fondo”.

EL RETIRO

Según estimacion­es de la Superinten­dencia de Pensiones, el retiro en rentas vitalicias podría implicar el pago adelantado a los afiliados de unos US$2.600 millones.

Con todo, hasta el 11 de junio la industria había realizado 171.315 pagos por US$776,4 millones por estos retiros, lo que representa el 85% de las solicitude­s que han sido confirmada­s, según informació­n de la CMF.

En total, se han recibido 256.355 solicitude­s, pero son 241.210 RUT únicos (puede existir más de una solicitud por RUT) los que han solicitado el anticipo. De ellos, el 83,6% ha confirmado la solicitud.

En todo el país, son 653 mil personas las que han optado por contratar rentas vitalicias, un sistema que permite al pensionado recibir por parte de las compañías de seguro una mensualida­d fija de por vida a cambio del pago de una prima que se financia con el ahorro que éste acumuló en su cuenta de capitaliza­ción individual en la AFP durante su vida activa.

Chilena Consolidad­a es la séptima empresa en número de pólizas de rentas vitalicias en el mercado chileno, según informació­n de la CMF, con 38.396 pólizas a abril.

Hasta el 11 de junio, la filial de la empresa suiza ha recibido 14.853 solicitude­s por el retiro en rentas vitalicias, y el 77,7% de ellos ha confirmado la solicitud (11.535). Asimismo, han realizado 10.242 pagos por US$44,9 millones. ▪

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