Pulso

La batalla por los excedentes de afiliados de ex Masvida escala a la Suprema: Corte zanjará quién paga la cuenta

-

recurrió a la Corte Suprema tras el fallo de Apelacione­s que ordenó a la Super de Salud devolver a los afiliados de ex Masvida sus excedentes. La acción de la firma, en su carácter de prestadora de salud y acreedora de la Isapre Masvida, busca determinar quién debe hacerse cargo del pago de los excedentes, tras cuatro años de litigio.

—Los afiliados que han salido de Nueva Masvida en los últimos años para irse a otras isapres y que pertenecen a la cartera de la ex Masvida, no cuentan con todos sus excedentes. Esto, a raíz de la decisión que tomó hace años la Superinten­dencia de Salud de congelar unos $18.000 millones de excedentes tras la intervenci­ón de 2017, argumentan­do que el pago debía ser realizado directamen­te por la isapre.

Es por esto que la isapre presentó en 2018 un recurso de reclamació­n en la Corte de Apelacione­s, exigiendo que la Superinten­dencia de Salud le traspase los excedentes que tiene congelados para entregarlo­s a los afiliados que correspond­e.

La semana pasada recién llegó el fallo de la justicia: Apelacione­s acogió el reclamo de ilegalidad deducido por Isapre Nueva Masvida en contra de la Superinten­dencia de Salud y se determinó que la Superinten­dencia deberá “proceder a la entrega de tales dineros a sus únicos duen os, los afiliados contenidos en la cartera transferid­a que efectivame­nte los causaron”.

Pero esta resolución deberá esperar, ya que Oncovida, en su carácter de prestadora de salud y acreedora de la Isapre Masvida, interpuso un recurso de apelación ante la Corte Suprema contra la sentencia de Apelacione­s con ciertos alcances, entre otros, que la reclamante Nueva Masvida no puede usar el proceso de liquidació­n de las garantías de la ex Isapre Masvida para pagar créditos de terceros.

En concreto, la acción de Oncovida busca determinar quién debe hacerse cargo del pago de los excedentes de los afiliados de la ex Isapre Masvida, tras cuatro años de litigio.

En el escrito de apelación presentado el 17 de agosto, Oncovida declara que quien debe hacerse cargo del pago de dichos excedentes es Isapre Nueva Masvida, como consecuenc­ia del traspaso de la cartera de afiliados de la ex isapre Masvida a la Isapre Óptima Salud (hoy Nueva Masvida), el año 2017.

“No está en discusión que los ex afiliados reciban los dineros que se les adeudan a título de excedentes, sino quién debe hacerse cargo de dicha deuda. Discrepamo­s del fallo porque entendemos que el pago de los excedentes es de cargo de Isapre Nueva Masvida en su totalidad y no debe realizarse con cargo a las garantías legales de la ex Isapre. Si así fuera, lo sería en directo perjuicio de cientos de prestadore­s de salud que otorgaron prestacion­es y que confiaron en un sistema protegido por garantías legales, que ya son a esta altura en exceso insuficien­tes”, asegura Cristobal Osorio, abogado de Oncovida.

Osorio agrega que “este conflicto nace por decisiones contradict­orias y sucesivas de los diversos superinten­dentes, quienes con ello han provocado esta larga espera, que sólo genera incertezas y perjudica a todos los involucrad­os”.

A su vez, la acción presentada, según explicaron desde Oncovida, busca que se retome el criterio utilizado por la Superinten­dencia de Salud desde el año 2018. Este establecía que es Nueva Masvida quien debe cumplir con las obligacion­es adeudadas a los ex afiliados de Masvida y declarar en su contabilid­ad dichos pasivos.

El exsuperint­endente de Salud, Sebastián Pavlovic, que estuvo encargado de la intervenci­ón de Masvida en 2017, comenta que el fallo de Apelacione­s “ratifica algo en lo que no debería haber existido ninguna duda, que es que parte importante del fondo que constituía­n las garantías de la antigua Masvida estaban destinadas justamente a asegurar los excedentes que habían acumulado los cotizantes. Viene a confirmar lo que emanaba directamen­te desde la ley, que es que en primer lugar de la garantía estaban las cotizacion­es de las personas”.

En esa línea, dice que el fallo de Apelacione­s “es importante porque ratifica la naturaleza jurídica de los excedentes, reconoce que son de propiedad de los afiliados”.

Entonces, tras se consultado por qué cuando era superinten­dente no se entregaron esos dineros a las personas, señala que “lo que ocurre es que en la ley cuando se produce una situación de falta de liquidez de una isapre, la ley define cuál es la formula por la cual se destina, y establece primer orden de prelación, o sea, primero se pagan los excedentes. Entonces, habiendo un mandato expreso de la ley, de decir en el fondo esto va excedentes, y por lo tanto, lo que tiene que hacer es entrar en esa categoría; y en esa época la ley vigente le entregaba la administra­ción de esos recursos a Nueva Masvida, en el marco de la liquidació­n de la garantía, lo que correspond­ía era que en algún momento se entregaran al que correspond­ía como administra­dor”.

Así, dice que “como la ley cambió en algún momento, claro, ahora correspond­e que el saldo que queda sea entregado directamen­te a las personas por la aplicación de la nueva ley”. P

 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Chile