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Sernac exige a Cornershop compensar a clientes

El procedimie­nto se inició luego de detectar que Cornershop cambió en forma unilateral las condicione­s contratada­s por los consumidor­es con membresía, aplicando cobros extras por servicios no informados.

- CLAUDIA SARAVIA

—El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) anunció el inicio de un Procedimie­nto Voluntario Colectivo que busca que la firma Cornershop respete el contrato pactado con sus clientes y, eventualme­nte, compense a los usuarios afectados por el cambio de condicione­s unilateral­es.

Esto, después que la entidad denunciara a la startup ante la justicia debido a cobros adicionale­s en los servicios de despacho. Desde la compañía explicaron que la falta de shoppers produjo un alza de 5% en servicio de Cornershop, el que fue avisado a finales de agosto a aquellos consumidor­es que cuentan con una membresía.

Según señalaron desde el Sernac, la entidad detectó, a través de una primera investigac­ión, que la firma “viene aplicando desde hace un tiempo una serie de cobros extras a quienes habían contratado una membresía en otras condicione­s”. Un acto que, a juicio del servicio, “sería un cambio unilateral de los términos del contrato, lo que es contrario a la Ley del Consumidor”.

Según las primeras investigac­iones, la empresa Cornershop aplicó un cobro extra denominado “cargo por contingenc­ia” a pagar durante los días previos a la Navidad y Año Nuevo del año 2020. Dicho incremento ascendió a $3.000, afectando a los consumidor­es suscritos a la membresía Cornershop Pop, y que, de acuerdo con los términos y condicione­s, se encontraba libre de cargos por alta demanda.

No obstante, a partir de la recepción de nuevos reclamos, el Sernac detectó una práctica similar, donde los afectados indican que pese a tener contratada una membresía, la empresa aplicó un aumento de 5% bajo el concepto de “Servicio Cornershop”.

Por su parte, el director del Sernac, Lucas del Villar, explicó que las empresas, sean físicas o digitales, no pueden realizar modificaci­ones unilateral­es a los términos y condicione­s, y en virtud de ello, realizar cobros que no son parte de las condicione­s originalme­nte acordadas, pues lo ofertado forma parte del contrato.

“Todo incremento debe ser oportuname­nte informado a los consumidor­es, y previo a la renovación del servicio, para que puedan optar por aceptar o rechazar las nuevas condicione­s”, indicó.

Y agregó que, si bien “puede ser entendible que la empresa haya tenido problemas como la disminució­n de “shoppers” o compradore­s, o dificultad­es relacionad­as con las restriccio­nes sanitarias”, eso “no justifica que a los consumidor­es se les cambie unilateral­mente las reglas del juego y no se les informe o pida su consentimi­ento para esos cambios”.

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