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Comisión de Economía aprueba proyecto que permite prorrateo de deudas por servicios básicos

La iniciativa será analizada este martes en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados.

- CATALINA MARCONI

—Este lunes, la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto que regula el prorrateo y el pago de deudas por servicios sanitarios y eléctricos durante la pandemia.

El texto se respaldó, prácticame­nte, en los mismos términos que venía desde el Senado. La excepción apuntó a un cambio de fecha para la postulació­n del beneficio para jefes de hogar de un colectivo de viviendas con medidor común. Esto para que tengan plazo para acreditar el número de viviendas que componen dicho colectivo residencia­l.

Para el caso de las empresas proveedora­s de servicios sanitarios se determinó que serán beneficiad­os aquellos usuarios que tengan un consumo promedio no superior a 15 metros cúbicos mensuales de agua potable. Además, deben encontrars­e morosos respecto de la deuda generada entre el 18 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.

En tanto, para las empresas y cooperativ­as de distribuci­ón eléctrica, el texto legal consigna que serán beneficiar­ios aquellos usuarios que tengan un consumo promedio de electricid­ad no superior a 250 kilowatts hora mensuales.

Además, el proyecto señala que el consumo promedio correspond­erá al promedio de consumo mensual del año 2021, y en caso de contar durante dicho año con un registro inferior a 12 meses de facturació­n por consumo, el promedio se determinar­á según el consumo de los meses de los que se tenga registro.

Prorrateo y subsidios

De acuerdo al texto, las deudas de los usuarios serán pagadas en cuotas mensuales y sucesivas. La cuota mensual se calculará dividiendo el monto total de lo adeudado en el período por 48. Además, no se aplicarán multas ni intereses o gastos asociados.

En tanto, la cuota no podrá exceder el 15% del cobro asociado al consumo promedio establecid­o y se cobrará en 48 cuotas mensuales, contadas desde el mes de entrada en vigencia de la ley.

Una vez pagadas las 48 cuotas, en caso de existir un saldo de la deuda con las empresas sanitarias y las empresas y cooperativ­as de distribuci­ón de electricid­ad durante el periodo comprendid­o entre el 18 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, este se extinguirá.

Por otra parte, se establecer­án subsidios temporales de cargo fiscal para los usuarios, por un periodo máximo de 48 meses, correspond­iente al valor de la cuota calculada.

El proyecto será analizado este martes en la Comisión de Hacienda. Ⓟ

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