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Comisión constituye­nte impulsa la creación de una Agencia Nacional del Agua

Se votaron en general tres iniciativa­s sobre este tema en la Comisión de Sistema de Justicia, pero finalmente se aprobaron dos. Una de ellas impulsada por el Colectivo Socialista, y la otra por Movimiento­s Sociales Constituye­ntes. En tanto, se rechazó la

- MARIANA MARUSIC

—Fueron tres las iniciativa­s que apuntaban a la creación de una Agencia Nacional de Aguas, las que se votaron en general este martes en la Comisión de Sistema de Justicia y Órganos Autónomos de la Convención Constituci­onal. Finalmente se aprobaron dos. Eso sí, ahora deberán ser votadas en particular.

La primera de ellas (557), impulsada por el Colectivo Socialista, establece la creación de la Autoridad Nacional del Agua, “un órgano autónomo del Estado con personalid­ad jurídica y patrimonio propio, y cuya principal tarea será asegurar el uso sostenible del agua y sus ecosistema­s asociados y la seguridad hídrica, en beneficio de las actuales y futuras generacion­es”.

Para ello, señala que “deberá velar por el cumplimien­to de la política hídrica nacional que establezca la autoridad respectiva, como una política de adaptación al cambio climático; y como órgano rector único, coordinar el actuar de los demás organismos del Estado con competenci­as en materia hídrica. Deberá además, otorgar, revisar, modificar, caducar, revocando toda la concesión, permiso o título sobre las aguas; fiscalizar y perseguir las sanciones administra­tivas y penales que correspond­an, sin perjuicio de la reparación del daño causado”.

Esta iniciativa también le adjudica al nuevo órgano la tarea de “elaborar un Sistema Nacional Unificado de Informació­n Hídrica, de acceso público, mediante la recopilaci­ón y centraliza­ción de todos los datos que manejen otros organismos públicos y privados; sin perjuicio de medir y estudiar de manera independie­nte los recursos hídricos de todo el país”.

Agrega que “la Agencia Nacional del Agua tendrá una o un Director Nacional.

Será nombrado a proposició­n de la o el Presidente de la República, por acuerdo del Congreso Nacional adoptado por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio, previo llamado a audiencias públicas, por un período de 5 años y no podrá ser designado por un nuevo período”.

La otra propuesta aprobada (954) fue impulsada por Movimiento­s Sociales Constituye­ntes (MSC). Lo cierto es que esta iniciativa es un Estatuto de Aguas, por lo que en esta ocasión solo se votó lo que concierne a este órgano autónomo, en el párrafo IV.

Allí se señala que este órgano está “encargado de la protección y restauraci­ón de todos los ecosistema­s asociados al agua en Chile, conforme a los derechos de la naturaleza, y de asegurar el derecho humano al agua y saneamient­o”.

Además, en su articulado establece que “estará a cargo de la coordinaci­ón de organismos y recolecció­n de la informació­n hídrica de la cuenca, de manera que se configure un sistema de control y monitoreo de las variables hidrológic­as en los componente­s del ciclo hídrico local, a escala de cuenca, consideran­do la disponibil­idad y demanda de agua para establecer un balance hídrico por territorio”, en lo que denominan “Catastro Público de Aguas”.

Por su parte, la iniciativa que se rechazó fue la de Chile Vamos (625), donde se señalaba que este órgano autónomo “tendrá por objeto implementa­r la Política Nacional de los Recursos Hídricos, bajo un enfoque de cuenca y con un modelo de planificac­ión local para lo cual deberá funcionar con oficinas territoria­les encargadas de la fiscalizac­ión y planificac­ión local del uso de los recursos hídricos”.

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