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Cámara aprueba proyecto que obliga a institucio­nes financiera­s a informar saldos de cuentas al SII y queda a un paso de ser ley

- CARLOS ALONSO M.

—Un avance importante tuvo en la jornada de este miércoles el proyecto de ley que obliga a las institucio­nes financiera­s a informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre los saldos de cuentas que registren un movimiento diario, semanal o mensual, igual o superior a 1.500 UF (unos $46,5 millones), ya que fue aprobado por la sala de la Cámara de Diputados en su segundo trámite legislativ­o.

Ahora, la iniciativa debe volver al Senado para que ratifique las modificaci­ones realizadas y así convertirs­e en ley.

La propuesta fija obligacion­es de informació­n por parte de contribuye­ntes respecto de inversione­s en Chile, en el extranjero y sobre los trusts u otros instrument­os asimilable­s que se mantengan fuera del país. Estas modificaci­ones conducen a la legislació­n a una redacción más cercana a la existente antes de la ley de modernizac­ión tributaria que eliminó esta obligación.

Así, de acuerdo con Hacienda, se repone la obligación de los contribuye­ntes de informar anualmente sus inversione­s en el extranjero, independie­nte del destino de estas, para verificar el correcto cumplimien­to tributario. Además, se establece que, en caso de no informar, se presumirá abuso o simulación en caso de incumplimi­ento (elusión). También tiene efectos positivos en la prevención y el combate eficaz a los delitos de lavado de dinero, financiami­ento del terrorismo, entre otros ilícitos, en línea de las recomendac­iones de la Ocde.

La ministra ( s) de Hacienda, Claudia Sanhueza, calificó este avance como “un paso fundamenta­l en la lucha contra la evasión y la elusión”. Destacó que “se trata de un avance significat­ivo al permitirle al SII acceder a informació­n relevante respecto de personas de altos ingresos y así mejorar sus facultades de fiscalizac­ión respecto de posibles focos de evasión de impuestos de aquellos que más tienen”.

Sanhueza planteó que “este proyecto no afecta los derechos fundamenta­les de las personas, puesto que lo que establece es una obligación de informar saldos de cuentas, y en ningún caso movimiento­s de las cuentas, ya que dicha informació­n, tal como lo establece la legislació­n actual, solo puede accederse mediante autorizaci­ón expresa del contribuye­nte o de tribunales”. Ⓟ

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