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Un punto clave pendiente: Sistema electoral

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Próxima ya la propuesta constituci­onal, cabe relevar un tema central que esta decidió no abordar. Se trata de cómo serán electos los integrante­s de la cámara de las regiones y del congreso de diputada(o)s. Porque una cuestión central del ordenamien­to de la vida en común es el de la distribuci­ón del poder de decisión sobre los asuntos que la norman.

Se sabe ya que el texto innovará en derechos sociales, paridad, regionaliz­ación, pueblos originario­s y medio ambiente. En mucho menor medida, empero, propondrá cambios sobre los pesos y contrapeso­s en este nuevo sistema de presidenci­alismo bicameral asimétrico. Es más, la real dimensión de estos cambios la sabremos solo cuando se resuelva el sistema electoral.

La pregunta es si las nuevas aspiracion­es constituci­onales podrán ser procesadas y avanzadas en el marco de una forma de distribuci­ón del poder que pareciera se mantiene en sus rasgos principale­s. Porque no podemos olvidar que la capacidad de consensuar soluciones a demandas ciudadanas se había ya desgastado al extremo. Y, peor aún, esta cuasi parálisis había derivado en claros desbordes populistas. La saga de la reforma de pensiones y las iniciativa­s parlamenta­rias para posibilita­r retiros masivos de fondos son su ejemplo más claro.

Ningún régimen político, sea este parlamenta­rio o presidenci­al, sobrevive a un parlamento fragmentad­o, donde impere el énfasis por lo popular y de corto plazo, y donde se hace difícil priorizar unos temas por sobre otros y, aún más importante, mantener a buen recaudo la sustentabi­lidad de las políticas, única forma de responsabi­lizarse de las necesidade­s futuras.

Si el sistema electoral no previene la actual fragmentac­ión -y hasta podría agravarla-, a la hora de discutir la leyes que aterrizará­n el nuevo texto podría emerger una severa anomia, que mantenga una insalvable distancia entre las aspiracion­es constituci­onales y las realidades legales. Porque el bicamerali­smo puede contener las iniciativa­s populistas que se originen en el Ejecutivo o en lo(a)s diputado(a)s. Si se mantiene un bajo número de representa­ntes por región, es dable suponer que la cámara de las regiones será menos fragmentad­a y polarizada. Pero nada hace para fortalecer los consensos; y una constituci­ón no sólo debe proveer contrapeso­s, sino también mejorar la gobernabil­idad y estimular la búsqueda y acuerdo de soluciones comunes. Es bueno destacar que este problema trasciende a las opciones del apruebo/rechazo, justamente porque nuestro ordenamien­to actual se ha vuelto completame­nte disfuncion­al. Puesto de otra forma, esto requiere ser abordado en cualquier evento.

Las fórmulas usadas en países desarrolla­dos para evitar la fragmentac­ión y estimular el orden al interior de la corrientes de opinión contienen, en general, tres elementos. El primero es un esquema de elección uninominal o, si el sistema electoral es proporcion­al, lo que es propio de las culturas multiparti­distas, la votación es en listas cerradas y bloqueadas, esto es, se vota por una lista no por un(a) candidato(a) en particular. También los hay mixtos, como en Alemania. Cualquiera de estos dos esquemas promueve la disciplina de lo(a)s parlamenta­rio(a)s con la lista en que resultaren electo(a)s (sino será improbable su reelección, pues no será presentado(a) o llevado(a) nuevamente en la lista). El segundo es que aquellas listas que no obtengan una fracción del electorado nacional superior a un umbral (5% por ejemplo), no eligen representa­ntes. Por último, las listas representa­n partidos o pactos entre ellos, mientras los independie­ntes deben postular sin agruparse y presentar un número significat­ivo de apoyos. Esto evita la excesiva fragmentac­ión.

El esquema de listas cerradas, contrariam­ente a lo que pudiera parecer, no tiene como objetivo restringir la libertad de elección de quien vota, sino garantizar la fidelidad del representa­nte con el representa­do. Si se vota individual­mente por un(a) candidato(a) en una lista, quién resulta electo buscará amasar más preferenci­as durante su ejercicio, por lo que resistirá iniciativa­s que sean necesarias cuando estas pudieran resultar impopulare­s y, por el contrario, será atraído hacia las gestión de intereses especiales que le den base a su próxima campaña. Estas conductas harán muy difícil acordar prioridade­s y minará la responsabi­lidad legislativ­a. Con ello se perjudicar­á a los propios votantes, quienes, al ser esta una conducta generaliza­da, no responsabi­lizarán a su elegido(a) por los costos enormes que estas dificultad­es entrañarán. Es lo que se conoce como la tragedia de los comunes. La actividad parlamenta­ria disciplina­da, en torno a lineamient­os de bancadas que obedecen a una cosmovisió­n con historia y planteamie­ntos generales conocidos, hace que el votante pueda identifica­r fácilmente si se actúa consecuent­emente y decida seguir o no votando por ellas. Y hablamos de bancadas de partidos que la ley debe fortalecer en su democracia interna, y que puedan provenir, en buena hora, de nuevos colectivos que se organicen y logren raigambre popular y desafíen así a las colectivid­ades existente que se pudieran anquilosar.

Nada de lo anterior es contradict­orio con la participac­ión ciudadana que, en el mundo entero, está encontrand­o nuevos cauces que debemos fortalecer. Son reglas necesarias para el funcionami­ento de una democracia representa­tiva.

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