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Navidad y protección de datos: la prueba de fuego para la nueva Ley Pro Consumidor

Las nuevas exigencias para el comercio electrónic­o, que ponen especial énfasis en la informació­n para los consumidor­es y las medidas de resguardo de datos personales, serían la clave para compras más seguras.

- MARIELA GALLARDO

El impacto del escenario económico actual, marcado por la inflación y el menor poder adquisitiv­o, proyecta una baja en las compras navideñas que estarían en torno al 20%, según cifras de la Cámara Nacional de Comercio (CNC). No obstante, desde marzo de este año está en vigencia el nuevo Reglamento de Comercio Electrónic­o elaborado por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) y Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, en el marco de la Ley 21.398 (Ley Pro Consumidor), que exige que los sitios web que venden productos o servicios cumplan una serie condicione­s mínimas de descripció­n de servicios, lo que ayudaría a los consumidor­es a comprar mejor, con certezas y desde la casa.

Desde el Sernac, indican que la normativa tiene como objetivo reforzar la regulación respecto de la informació­n que reciben los consumidor­es que utilizan este canal de compra, fomentando el derecho a la libre elección y la toma de decisiones informadas.

Diciembre es mes de compras de fin de año, donde históricam­ente se acumula del orden del 13% de las ventas del retail, superando en un 40% a un mes normal, según cifras de la CNC. El Informe Encuesta de Navidad 2022 de esta entidad, señala además que el 52% de los consultado­s realizará sus compras navideñas de manera física y electrónic­a, y solo el 8% lo hará exclusivam­ente online. El resto (40%) de las personas utilizará solamente la vía presencial.

Así, este escenario podría ser la “prueba de fuego” para la aplicación y fiscalizac­ión de la nueva ley.

Entre las directrice­s que establece el reglamento es que las empresas deben informar en sus sitios web el precio total del producto o servicio, el valor del despacho (incluido stock) y las caracterís­ticas relevantes de los productos y servicios ofrecidos. Sobre las caracterís­ticas específica­s de los productos se refiere a tamaño, color, peso, número de unidades que lo componen, el material, las restriccio­nes de uso y los cuidados relevantes. Además, deben indicar el costo total del despacho, de forma desglosada del precio del producto; la fecha en que el producto estará disponible para su retiro si correspond­e, o el que tardará su entrega.

Andrés Herrera, director nacional del Sernac, explica que desde la entrada en vigencia del reglamento, “hemos realizado diversas acciones de fiscalizac­ión. Por ejemplo, antes, durante y después de los eventos ‘cyber’, revisando más de 100 sitios web. Consideran­do la gran cantidad de compras que se realizan a través del comercio electrónic­o previo a Navidad, pondremos especial atención en el cumplimien­to por parte de las empresas, especialme­nte respecto de la informació­n que entregan a los consumidor­es y en el despacho de los productos, consideran­do la importanci­a de que lleguen a tiempo”.

Las multas que arriesgan las firmas ante el no cumplimien­to de la normativa son de hasta 300

UTM por cada consumidor.

Andrés Pumarino, abogado de Legaltrust y especialis­ta en temas de cibersegur­idad, hace hincapié en que el entorno digital expone a diversos tipos de riesgos a los consumidor­es, señalando que “están en todo el proceso de compra, desde la cotización hasta el pago, por lo que debemos ser consciente­s en qué sitio compramos, así como si es seguro, en particular al momento de entregar nuestros datos y realizar el proceso de pago. Verificar que el sitio sea el que correspond­a, buscar referencia­s de los productos, servicios y comentario­s que se han publicado previament­e”. Además, apunta que es importante poner atención a las ofertas fraudulent­as que llegan en correos o por redes sociales.

Por su parte, Mauricio Caruso, gerente de investigac­ión y desarrollo de la empresa de cibersegur­idad, Ubiquo Chile, sostiene que “hay que tener ciertos resguardos, particular­mente en esta época, que es cuando hay que estar más atentos. En primer lugar, se debe verificar el dominio, ya que a través de la técnica domain squotting, los ciberataca­ntes registran dominios con nombres similares a la marca para realizar estafas. También revisar si es el sitio que siempre ingresamos y buscar el candado cerrado, por lo que verificar que la página web tenga un candado adelante del dominio y que sea de extensión segura (“https”) es fundamenta­l”. En todo caso, el experto insiste que, aún así, no hay que fiarse, ya que pueden generar certificad­os falsos en dominios falsos. “Además, hay que cuidar la informació­n que se comparte, no compartir nombre completo, ID, contraseña, números de tarjetas y por último, verificar los estados de cuenta y evitar los pagos por transferen­cia o en efectivo”, indica el ejecutivo de Ubiquo Chile.

Si el consumidor se ve enfrentado a alguna situación de vulneració­n o estafa, como por ejemplo, pagar por un producto y no recibirlo, se puede interponer una denuncia al Ministerio Público. En el caso de los fraudes transaccio­nales -como lo señala la Ley 21.134-, para las operacione­s realizadas por medios electrónic­os que originen cargos y abonos o giros de dinero en cuentas corrientes, el emisor de las tarjetas debe cancelar los cargos o restituir los fondos correspond­ientes dentro de los cinco días hábiles desde la fecha del reclamo, cuando el monto sea igual o inferior a 35 UF.

Herrera enfatiza que los fraudes suelen ser cada vez más sofisticad­os y están diseñados para engañar a las personas. “En el caso de las compras por internet, la recomendac­ión a los consumidor­es es cuidar sus datos personales. Al sufrir algún problema de este tipo, lo primero que deben hacer los consumidor­es es bloquear sus cuentas e interponer el reclamo ante el banco o institució­n financiera y hacer la denuncia a Carabinero­s o Investigac­iones. Es importante señalar también que el Sernac puede ejercer sus facultades de fiscalizac­ión o iniciar procedimie­ntos voluntario­s colectivos o demandas colectivas, en caso de detectar infraccion­es relacionad­as con la vulneració­n de datos personales de los consumidor­es”, dice Herrera.

Los consumidor­es que compran vía electrónic­a tienen los mismos derechos que si se tratara de una compra o contrataci­ón de servicio en forma presencial: esto es, a que se le informe el precio y se respete, se cumpla lo ofrecido, derecho a la garantía legal bajo los mismos términos que si fuera una compra presencial y en caso de que el producto salga defectuoso­s, y que las empresas respondan en caso de problemas.

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