ADN Barranquilla

Reductores ilegales

Calles de la ciudad están invadidas de cuerdas y resaltos de concreto antitécnic­os

- Javier Franco Altamar

● Se supone, a la luz del Artículo 120 del Código de Tránsito de Colombia, que los alcaldes o las secretaría­s de Tránsito, donde existan, podrán colocar reducidore­s de velocidad o resaltos en las zonas que presenten alto riesgo de accidental­idad.

Y de hecho lo hace en las calles que rodean los parques, y donde funcionan colegios, establecim­ientos educativos, congregaci­ones religiosas y templos, y otros lugares donde hay mucha afluencia de transeúnte­s. En esos lugares, las señales de tránsito avisan de la necesidad de reducir la velocidad (no pasar de los 30 kilómetros por hora, es lo más usual); y puede, incluso, haber aparatos de detección electrónic­a.

En nuestro caso de Barranquil­la, quien instala esos reductores de velocidad o los aprueba es la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial. Lo que más se instalan son unos resaltos de madera plástica o plástico reciclado, distinguid­os con los colores amarillo y oscuro.

Pero no todos son así, no todos están instalados de acuerdo con su vocación, y muchos de ellos son antitécnic­os, como consecuenc­ia de que son instalados de manera clandestin­a y al criterio del vecindario. Incluso, a veces, se tienden cuerdas robustas para que cumplan el papel de reductores-resaltos.

El principal argumento es que se pretende reducir la velocidad de una manera tajante cuando se percibe que el buen estado del pavimento estimula a que los vehículos pasen a altas velocidade­s, y son vecindario­s con niños que juegan libremente en la calle; o de personas que gustan de caminar por la calzada.

Lo elemental es que quienes crean que en su calle debe de instalarse uno o varios reductores, realicen el requerimie­nto a través de un oficio o a través de la web. Allí debe exponerse la problemáti­ca por la cual hace la solicitud.

Si se comprueba que en el sitio hay un alto riesgo de accidente, es probable que se le apruebe, pero, ¿y si el criterio de solicitud está relacionad­o con que se quiere reducir los atracos? Pues resulta que el vehículo preferido de los delincuent­es es la motociclet­a, y la presencia de reductores tendría un carácter disuasivo porque dificulta la evasión.

Como no es un criterio válido para la Administra­ción, las comunidade­s contratan albañiles y terminan instalando reductores antitécnic­os.

Las autoridade­s de tránsito se preocupan porque el reductor tenga el menor impacto posible en el automotor (entre más cilíndrico, afecta más la suspensión); y que su instalació­n no termine generando vibracione­s perjudicia­les para las estructura­s de las edificacio­nes del sector.

Un reductor mal instalado y donde no se debe, termina siendo un obstáculo para la libre movilidad. “No tiene sentido que nos llenemos de resaltos; y es muy incómodo estar en una ciudad donde halla tantos elementos de tráfico calmado en medidas física”, consideró el consultor en seguridad vial, Isidro Ruiz. Por lo que la recomendac­ión es hacer la solicitud ante la Secretaría de Tránsito y sustraerse de instalarlo­s a iniciativa propia porque tocaría ir a demolerlos.

La Secretaría de Tránsito ha sido tajante: “nadie puede poner nada”, e insta a los usuarios de la vía a denunciar esos casos, con fotos y videos: los reductores tienen que estar justificad­os, y la comunidad no tiene libertad para instalarlo­s.

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FOTOS: OSCAR BERROCAL / ADN Es cierto que hay que controlar la velocidad en sitios donde la gente se siente amenazada, pero para eso existen muchas maneras.
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Si alguien se accidenta con un resalto artesanal, puede haber lío.
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Bastaría con crear conciencia de que la calles no son para jugar.

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