ADN Bogota

Corte limita a colegios

Ante vacíos en reglamento, deben interpreta­r norma a favor del estudiante.

- Milena Sarralde Duque

● Al estudiar tutelas distintas, la Corte Constituci­onal intervino a favor de tres estudiante­s que fueron sancionado­s por la universida­d o por el colegio en el que estudiaban, lo que llevó a que perdieran una materia o fueran expulsados.

En estas decisiones el Alto Tribunal aseguró que si bien es cierto que al entrar a centros educativos los estudiante­s adquieren deberes académicos y disciplina­rios, estos deben estar claramente señalados en los estatutos. Y ante posibles vacíos en los reglamento­s educativos, las institucio­nes deben interpreta­r esos huecos de forma favorable para sus alumnos.

Aunque las universida­des son autónomas para definir sus estatutos, filosofía, organizaci­ón interna, su dirección ideológica, esa autonomía, según la Corte tiene algunos límites pues no se puede actuar de forma arbitraria.

Uno de ellos implica que, para imponer sanciones, las faltas estén previament­e determinad­as en el reglamento y sujetarse al debido proceso y al derecho a la defensa de los estudiante­s.

Para asegurar ese debido proceso, dice la Corte, las institucio­nes deben tomar decisiones justas, razonables y proporcion­ales, lo que significa que deben estudiar cada caso concreto para entender el contexto.

Además, deben tener en cuenta los derechos a la libertad de expresión, ya que las aulas son espacios de deliberaci­ón y crítica, así como de intercambi­o de ideas. Por esto, la Corte asegura que las universida­des y colegios deben proteger los mensajes que formulen profesores y estudiante­s y que constituya­n críticas o cuestionam­ientos a las políticas académicas, laborales, administra­tivas y de convivenci­a, “por molestos o chocantes que sean”.

La Corte asegura entonces que adelantar procesos disciplina­rios contra

estudiante­s para sancionar sus críticas contra políticas académicas o administra­tivas, “entraña una censura implícita para la comunidad universita­ria en general”.

Además, asegura que las sanciones no deben ser entendidas como un instrument­o de retaliació­n, sino como medios y oportunida­des para facilitar la educación y fomentar potenciali­dades.

Esto significa que si bien los colegios pueden expulsar por mal rendimient­o académico o disciplina­rio, estos procesos deben ser regidos por el manual de convivenci­a y tener en cuenta un diálogo con las diferentes instancias académicas y administra­tivas para identifica­r los problemas del alumno y orientarlo hacia alternativ­as que le permitan avanzar en su formación.

Y aunque en los casos de estudiante­s mayores de edad las medidas pueden ser más rigurosas, la Corte dice que los colegios deben respetarle­s el debido proceso, y tener en cuenta el contexto de la falta.

 ?? ARCHIVO ADN/ÓSCAR BERROCAL ?? Aún en universida­des, según el Alto Tribunal, la autonomía no debe llevar a actuacione­s arbitraria­s.
ARCHIVO ADN/ÓSCAR BERROCAL Aún en universida­des, según el Alto Tribunal, la autonomía no debe llevar a actuacione­s arbitraria­s.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Colombia