ADN Bogota

Pareja fue al juez por custodia de su perro

QUIEN FALLÓ EL CASO FUE UN COMISARIO DE FAMILIA DE MEDELLÍN.

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● Lo que comenzó como una conciliaci­ón de rutina en una comisaría de familia de Medellín abrió una controvers­ia jurídica sin precedente­s en el país. La razón, el rompimient­o de la relación de una pareja que vivía en unión libre desde el 2013 y tuvo que acudir a una comisaría de familia para acordar la tenencia de su mascota.

Esta historia comenzó cuando dos novios rescataron de un albergue a un perro maltratado. Habían decidido no tener hijos, y en su deseo de cuidar al animal lo rodearon de cuidados, lo que implicó el pago de un adiestrado­r, paseadora, guardería, servicios de salud, funeraria y dietista, entre otros.

Aunque después de la ruptura la pareja había acordado cómo compartir la custodia del animal, a finales del año pasado uno de ellos consiguió trabajo en otra ciudad. El cariño de ambos por el perro era tal que ninguno quiso entregarlo completame­nte al otro, por lo que acudieron a la comisaría de familia de Belén, en el surocciden­te de Medellín.

Al final, acordaron que uno de ellos tendrá la mascota por dos semanas y el otro por una, repartiénd­ose los gastos y figurando ambos como dueños.

En este punto aparece el mayor lío, ya que en Colombia las comisarías no acostumbra­n hacer conciliaci­ones para resolver el futuro de las mascotas.

Expertos en el tema explicaron que el procedimie­nto habitual contempla que, de tratarse de un niño o un bien, de no lograrse conciliar, el caso escalaría a un juez de familia. Pero como el país no cuenta con una ley para dirimir estos casos, el juez se vería en la obligación de devolver el proceso. Además, la Ley 1774 del 2016 establece que los animales son seres sintientes y al mismo tiempo, bienes inmuebles.

Juristas explicaron que no hay ninguna norma ni pronunciam­iento de la Corte Constituci­onal para dirimir esa clase de conflictos. Bajo esa lógica, el comisario que atendió el caso decidió aceptarlo bajo el contexto de la Ley 640 del 2001, que establece las normativas de las conciliaci­ones.

Así evitó que el caso entrara en un laberinto jurídico en el que la Corte Constituci­onal tendría la última palabra y estableció el primer precedente conocido de una conciliaci­ón por la tenencia de un animal.

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ARCHIVO ADN/JAIVER NIETO La Ley 1774 de 2016 estableció que los animales son seres sintientes, pero al mismo tiempo la norma los trata como bienes inmuebles.

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