Límite a precios de 1.600 medicamentos
APLICA A LOS QUE NO SON CUBIERTOS POR SISTEMA.
● Por primera vez en la historia, un Gobierno les pone techo a los precios que le cobran a la Nación por suministrar tecnologías y procedimientos a los colombianos que no se financian a través de la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
Se trata de la Resolución 1019 de 2019, con la que se facilita el acceso de los ciudadanos a más medicamentos. Esto es posible porque el Ministerio aplicó una fórmula técnica y justa, los montos máximos que cobran las EPS e IPS por grupos terapéuticos relevantes. Con ello, se corrige la dispersión alrededor de un mismo grupo de medicamentos. Por ejemplo, por el mismo componente de un medicamento administrado a un paciente, una EPS le cobraba al sistema de salud $20 por miligramo y otras, $5.
“Iniciamos con un grupo de 50 principios relevantes y a julio próximo esperamos tener la totalidad. Se busca reducir la dispersión en los cobros al sistema por esos principios activos que son prescritos a los colombianos para sus tratamientos en salud”, explicó Diana Isabel Cárdenas, viceministra de Protección Social.
Dentro de los principios que entran a control de precios se incluyen algunos que se emplean para controlar el colesterol, antigripales y analgésicos.
Esta decisión aplica para EPS, IPS y las demás instituciones recobrantes que suministren a sus afiliados medicamentos y servicios que no están financiados por la UPC, los cuales se entregan a través de la herramienta tecnológica Mipres y se cobran a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres), tanto en el régimen contributivo como subsidiado.