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EL APUNTE

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● EL DERECHO Internacio­nal Público define al apátrida de la siguiente manera: “Una persona que no es reconocida por ningún país como ciudadano conforme a su legislació­n”. Las causas más frecuentes son: vacíos en las leyes de nacionalid­ad (como ahora en Colombia); en algunos pocos países donde este derecho se adquiere por herencia, al no conocer a los padres, o cuando emigran si en el otro país no basta nacer o la transmisió­n parenteral; así mismo, la aparición de nuevos estados o cambios en las fronteras, de suerte que grupos quedan excluidos por razones étnicas, raciales o religiosas. En pocas ocasiones, cuando la persona se ausenta del país por mucho tiempo.

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