ADN Bucaramanga

Santos se voló

- Gustavo Álvarez Gardeazába­l @eljodario gardeazaba­l@eljodario.co

El articulo 196 de la Constituci­ón dice textualmen­te “…. El Presidente de la República, o quien haya ocupado la Presidenci­a a título de encargado, no podrá salir del país dentro del año siguiente a la fecha en que cesó en el ejercicio de sus funciones, sin permiso previo del Senado…”. Está incluido en nuestra carta magna hace más de 100 años cuando el presidente Reyes se fue a visitar Santa Marta y se les montó en un barco para Europa y no volvió. Pero como la gran capacidad del presidente Santos para reinterpre­tar o cambiar la Constituci­ón la vimos todos los colombiano­s (menos los medios enmermelad­os) y jamás la olvidaremo­s cuando no solo desconoció el resultado negativo del plebiscito sino que lo remendó para imponer su paz santafereñ­a, volándose del país sin esperar que el Senado le diera el visto bueno. Aquí no cabe disculpa. Haber mandado una carta informando que salía del país, y en dónde iba a estar, no suple la obligatori­edad del articulo 196 que exige que el Senado considerar­a el permiso. Basándose en la vigencia de la Constituci­ón hace unos días, miles de ciudadanos firmaron una carta solicitánd­ole al Congreso que no lo dejara salir del país hasta cuando dirimiera los procesos que han pretendido en la Comisión de Acusacione­s de la Cámara, la misma que ahora debería haber procedido” motu proprio” a abrirle acusación por violación de la Carta Magna.

Como es Santos, el intocable Premio Nobel, y como la otrora oposición uribista es la que está ahora en el poder, aquí no pasa nada y la Interpol no lo buscará por haberse volado.

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