Prohíben parrillero en motos
Decreto ratificó prohibición en motocicletas.
● La aplicación de medidas en la circulación de motocicletas puso a correr los comentarios a favor y en contra.
La Administración Municipal argumentó que no son medidas nuevas, sino que se aplican cada año por seguridad vial.
En la lista, está el decreto 44120.10,20 0073, suscrito por la alcaldesa encargada de la ciudad, Lina María Sinisterra, según el cual durante seis meses se prohíbe la circulación del acompañante hombre en moto, cuya edad sea mayor de 14 años, las 24 horas de todos los días.
Se argumentó que “según los análisis del Obser- vatorio de Seguridad de la Secretaría de Seguridad, empleando registros del Sistema de Información de la Fiscalía, entre marzo y octubre de 2018, el 63 por ciento de hurtos cometidos en motocicleta fueron con acompañante (2.172 de 3.430 casos)”.
Organizaciones de moto- ciclistas manifestaron que se afectan a usuarios en actos cotidianos de familia y trabajo.
La medida tuvo su debate jurídico. El Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca, en sentencia del 18 de octubre de 2017 declaró la nulidad del decreto 411.0.20.0345 del 27 de Junio de 2008, que restringía al acompañante hombre.
El Tribunal señaló que se “vulneró el criterio de la transitoriedad en razón de su vocación de permanencia en el tiempo, lo cual contraría el vínculo entre las libertades y derechos fundamentales”.
El decreto se sustenta en que la ley confiere “funciones al alcalde para dictar medidas de restricción y vigilancia de la circulación de personas por vías y lugares públicos”.
De la prohibición se excluye a organismos de seguridad y de atención de emergencias, autoridades de Tránsito y empresas de seguridad privada. También a personas en condición de discapacidad motora, sensorial o mental que limite su movilidad.