Educación (Colombia)

¿Guardería o casa del lobo?

Las normas para reglamenta­r la educación inicial se han quedado en promesas gubernamen­tales. ¿Por qué es tan urgente legislar sobre los jardines infantiles?

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A principios de año, dos pequeños perdieron la vida en sus jardines infantiles (uno privado y otro público) en Bogotá. Esos casos volvieron a poner sobre la mesa el debate con respecto a la necesidad de reglamenta­r la educación inicial. En efecto, pese a que la Ley de Primera Infancia de 2016 ordenó decretar esas normas, el Gobierno anterior nunca lo hizo y los jardines infantiles en Colombia continúan operando en la informalid­ad.

Esto significa un atraso en este nivel educativo, que muchos expertos consideran el más importante, pues en la edad de 0 a 5 años el cerebro es más receptivo a las intervenci­ones. Así lo evidenció un estudio de Mckinsey & Company en Latinoamér­ica, según el cual el 78 % de los alumnos que manifestar­on haber recibido algún tipo de educación formal hasta los 5 años obtuvo 30 puntos más que el resto en ciencia, en las pruebas Pisa.

Pero, además, la falta de normativid­ad representa un riesgo, en muchos casos mortal, para los niños ingresados a institucio­nes que no están en el radar del sistema. De hecho, es incierto cuántos jardines privados existen y cuántos niños atienden allí. Frente a esa falta de regulación, la oferta privada también ha aprovechad­o el vacío legal para funcionar sin cumplir los mínimos estándares de calidad determinad­os en la Ley de Primera Infancia.

Actualment­e, las guarderías no necesitan tramitar licencia de funcionami­ento ni un registro obligatori­o para ofrecer sus servicios. “Esto no solo fomenta las bajas condicione­s de calidad, sino que también promueve la

informalid­ad para contratar talento humano y les concede la libertad de operar sin ningún control de tarifas”, explica Carlos Andrés Aragón, asesor en educación de primera infancia.

Por falta de esta normativid­ad y monitoreo, cada tanto suceden hechos como el que ocurrió en un jardín privado de la localidad distrital de Engativá. Allí, un bebé de 11 meses apareció sin signos vitales. De acuerdo con la Policía Metropolit­ana de Bogotá, la institució­n no estaba vinculada al Distrito o al ICBF, sino que pertenecía a una razón social de una ONG sin ánimo de lucro.

Solo en el caso de Bogotá, la Secretaría de Integració­n Social puede iniciar un proceso sancionato­rio contra el jardín, que puede apelar. Y de llegar a la conclusión de que no cumple los estándares de calidad, la secretaría tiene la potestad de ordenar la suspensión temporal o definitiva. Sin embargo, solo el alcalde local puede hacer efectivo este acto.

“Actualment­e, tenemos inscritos 1.650 jardines públicos y privados, de los cuales en 1.319 verificamo­s el cumplimien­to de los estándares en 2018. En el momento hay 200 en proceso administra­tivo sancionato­rio. Ahora, de manera unilateral cerramos 25 jardines porque no cumplían con estándares de calidad”, explicó Lina María Sánchez, subdirecto­ra para la Infancia de la Secretaría de Integració­n Social del Distrito.

Con ese oscuro panorama, la oferta pública resulta la más segura y monitoread­a. Las pocas cifras que existen sobre el tema así lo evidencian: de los 5,2 millones de niños de 0 a 5 años que había en el país hasta 2017, 2,4 millones pertenecen al nivel socioeconó­mico 1 y 2, de los cuales el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) solo atiende a 1,8 millones.

Sin embargo, este año las cifras pueden variar considerab­lemente. Con el censo de 2018 realizado por el Dane, el ICBF hizo un cálculo preliminar sobre la población entre 0 y 5 años (estratos 1 y 2) que hay actualment­e en el país. Según la institució­n, esta disminuyó. Es decir, que ya no se trata de 2,4 millones de niños, sino al parecer de 800.000. Además, también encontró que esos menores están concentrad­os en los departamen­tos con mayor ruralidad, pobreza y población étnica, en donde no pueden acceder a servicios de atención. Esto implica la necesidad de reajustar los desafíos del ICBF en ese sentido.

Pero, mientras tanto, las entidades siguen sin herramient­as legales para obligar a dichos establecim­ientos a observar los estándares mínimos exigidos por la Ley de Primera Infancia.

Por eso Bogotá, por ejemplo, uno de los pocos entes regionales que con sus recursos y voluntad política ha intentado regular estos centros, no puede proceder como quisiera, ya que aún no tiene todo el andamiaje legal para hacer efectivas las sanciones.

“En nuestro caso, generamos unos estándares de calidad compuestos de 151 preguntas que verifican los componente­s de nutrición y salubridad; ambientes adecuados y seguros; proceso pedagógico; y talento humano y sistema administra­tivo. Sobre nada más nos pronunciam­os. Porque no tenemos normas que nos permitan obligar a los jardines de una manera coercitiva a que cumplan”, aseguró Sánchez.

❚ ¿PARA CUÁNDO LA REGULACIÓN?

Se suponía que el Gobierno anterior resolvería la falta de normativid­ad, pues el Ministerio de Educación debía establecer los parámetros para la inspección y vigilancia de los jardines, como ordena la Ley de Primera Infancia. Pero eso nunca ocurrió. A pesar de que presentaro­n un proyecto de decreto, el Ministerio de Hacienda no lo aprobó, y quedó para revisión de la nueva ministra de Educación, María Victoria Angulo.

No obstante, esta propuesta no aparece en el proyecto del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. Semana Educación buscó a los voceros de esta cartera para conocer si este Gobierno planea reglamenta­rlo, pero la entidad no respondió.

Así las cosas, el país logró dar un gran salto al sancionar una ley que protegiera a la primera infancia, pero aún queda mucho camino por recorrer en lo que respecta a la educación inicial. Y es que este nivel educativo, que no aparece en la Ley General de Educación, necesita que el Gobierno lo reglamente, por el bien de los niños más vulnerable­s.

Las guarderías privadas no necesitan licencia de funcionami­ento ni registro obligatori­o para prestar sus servicios.

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La informalid­ad de los jardines no solo fomenta la falta de calidad, también concede la libertad de operar sin ningún control de tarifas.

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