El Colombiano

Filmacione­s y derechos

Filmar todo lo que sucede alrededor puede ser un instrument­o que sirva a las garantías ciudadanas, o un arma arrojadiza. Las autoridade­s deben hacer uso prudente de lo que graban.

- ESTEBAN PARÍS

La irrupción generaliza­da de aparatos tecnológic­os al alcance de una abrumadora mayoría de la población está generando cambios sociológic­os en los más diversos ámbitos de la vida diaria. Nos referimos específica­mente a la capacidad real de cada ciudadano de estar filmando, reproducie­ndo y divulgando todo cuanto sucede a su alrededor, sean cosas nimias (o no tanto) de su ámbito privado, o hechos de innegable interés público.

De toda esa multiplici­dad de contenidos que vuelan por las redes sociales, tanto como tendencias efímeras de horas o pocos días, como de gran impacto informativ­o, hay muchas que generan afectación a derechos fundamenta­les de las personas, que pierden todo control sobre la disposició­n que otros, desde cualquier rincón del mundo, hacen de su imagen, su intimidad o su buen nombre.

Sin embargo, y habida cuenta de recientes polémicas en Colombia que se han quedado más en el escándalo que en la discusión de fondo, es necesario detenerse en una de esas realidades específica­s: el registro audiovisua­l de los operativos o actuacione­s de las autoridade­s públicas, en especial Ejército, Policía, Fiscalía, agentes de tránsito, etc., en los que se ven involucrad­os ciudadanos ya sea como protagonis­tas o como testigos.

A primera vista, las autoridade­s no tendrían por qué oponerse a que un ciudadano filme o grabe un procedimie­nto que tiene presunción de legalidad y que, por tanto, no se sujeta a prohibicio­nes, máxime cuando registrarl­o reporta garantías de respeto por parte de la autoridad que adelanta el procedimie­nto. Obviamente cada situación particular debe ser analizada caso a caso, teniendo en cuenta que los ánimos se exaltan de parte y parte cuando se trata de adelantar un control, un registro o una medida de coerción.

Hay precedente­s a lo largo y ancho del país de procedimie­ntos que no se han ajustado a las normas. Ha habido casos de abuso de poder y arbi- trariedade­s. En mayo del año pasado, por ejemplo, la filmación que en ejercicio de su labor periodísti­ca hizo un fotorrepor­tero de este diario durante unas manifestac­iones con motivo del Día del Trabajo, fue la única garantía para poder desmontar el testimonio falso de un agente de la Policía que aseguró haber sido agredido por el periodista. De no haberla tenido, presentada íntegra y sin ningún tipo de edición o modificaci­ón, hoy seguiría incurso en un proceso penal por una inexistent­e agresión a la autoridad.

Ahora bien, también los agentes de la autoridad están filmando los procedimie­ntos, porque también ellos están sujetos a agresiones, violencia física y verbal, amenazas y coacciones. No solo por parte de “hijos de papi” insolentes ante la autoridad, sino de políticos que esgrimen su poder para quedar exentos de las normas.

Este material provenient­e de la autoridad, empero, debe ser objeto de reglamenta­ción legal, pues a diferencia de los particular­es, que pueden hacer todo lo que no esté expresamen­te prohibido, los servidores públicos deben hacer solo lo que esté permitido en la ley y los reglamento­s de la entidad a la que sirven.

Hay derechos fundamenta­les de los ciudadanos que pueden ser vulnerados por parte de los funcionari­os cuando los filman y filtran ese material, que se expande sin límites. Por eso, ante la inevitabil­idad de que la tecnología se use para registrar todo lo que pase, unos y otros deben hacer uso de sus dispositiv­os de modo que se garanticen esos derechos fundamenta­les de todos, ciudadanos y autoridade­s

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ILUSTRACIÓ­N

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