En 8 meses van 24.288 multas por mal parqueo en Medellín
El problema no es solo de la ciudad. Pese al alto costo de la multa la gente no parece aprender.
Hace algunas semanas les conté que el Código Nacional de Tránsito, contempla que el mal estacionamiento en las vías y otros espacios públicos es sancionado con 15 salarios mínimos diarios, es decir 344.715 pesos. Sin embargo, veo que el panorama no mejora, al contrario, cada día es más desalentador.
Luis Guillermo Mejía Calle, líder de Control de la Secretaría de Movilidad de Medellín, me informó que este año, entre el 1 de enero y el 20 de agosto, se realizaron 24.288 infracciones por estacionar en sitios prohibidos.
“Los artículos 75 y 76 de la Ley 769 de 2002, señala los lugares donde está prohibido estacionarse y son muchos: vías principales, arterias, andenes, antejardines, zonas verdes, espacios destinados al tránsito peatonal, curvas, intercepciones y cebras”, señaló Luis.
Mi amigo, me explicó que pese a los controles del tránsito, no disminuyen las infracciones; lo más grave, es que esta irresponsabilidad afecta a otros actores viales y también impacta negativamente en la movilidad en las zonas de mal parqueo. Además del comparendo, el conductor debe pagar por la movilización de la grúa que se le lleva el carro y el parqueadero donde queda por la infracción cometida.
“Las personas deben de ser conscientes de que al dejar un vehículo mal estacionado está poniendo en riego el automotor, porque lo estamos dejan- do expuesto a que se lo roben, o a que se lo dañen”, dijo Luis.
Aunque muchos no se tomen en serio la norma y parecen contar con suficiente dinero en el bolsillo para pagar, cuando una persona reincide, en esta, u otra infracción, puede ser sancionado con la suspensión de su licencia.
En los barrios
Una habitante de Laureles, me llamó esta semana para decirme que cerca a su casa construyeron una torre residencial la cual no cuenta con suficientes celdas de parqueo, razón por la que los residentes estacionan en las calles y aceras vecinas.
Pero esta situación, no es competencia de la Secretaría de Movilidad, si no de Planeación y de las curadurías, por eso, para conocer más de la normativa que rige en estos casos, llamé al Departamento Administrativo de Planeación.
Gloria Elena Giraldo, subsecretaria de planeación estratégica, me explicó que desde su gabinete se encargan dar y hacer cumplir la norma que establece el máximo de parqueaderos que debe tener una edificación, porque el Plan de Ordenamiento Territorial (POT), fijó un tope máximo de parqueaderos.
“La variación se hizo con el acuerdo 48 de 2014, porque en la pirámide de la movilidad el peatón está en la cima y le siguen la bicicleta, el transporte público y de último el particular. Y esta es una manera de incentivar el respeto por el peatón y desestimular el uso del vehículo privado”, expuso la subsecretaria.
Gloria me dijo que el máximo de parqueaderos se determina según el estrato donde se va a construir y el tipo de edificación, sea residencial, empresarial o comercial, pero esto no significa que no se puedan construir más celdas, al contrario, se pueden hacer, pero pagando un excedente, lo que pasa es que algunos utilizan la norma como escudo.
“Es una posición muy cómoda de los constructores, porque al darles un máximo y para no pagar más, no hacen los parqueaderos suficientes, pero claro que se pueden hacer muchos más”, dijo Gloria.
La próxima semana realizaré otra entrega, en la que presentaré la versión de las cura-
durías, que son las encargadas de controlar la cantidad y el diseño, al igual que la oferta de parqueaderos en la ciudad y el área metropolitana, así como del aprovechamiento de estos en sitios privados