El Colombiano

La JEP cumple con todos los estándares internacio­nales

- FRANCISCO BARBOSA

¿Cómo va a ser el manejo de la JEP en la investigac­ión, juzgamient­o y condena de terceros implicados en el conflicto?

“El Acuerdo establece claramente que los terceros que hubiesen financiado o apoyado grupos paramilita­res sin coacción podrán ser juzgadas por el tribunal, pero se requieren muchísimas precisione­s y creo que eso es parte de lo que tiene que desarrolla­r el Gobierno a través de una ley estatutari­a, sin romper el espíritu del acuerdo. Aquí estamos hablando únicamente de responsabi­lidad penal individual”.

¿Cómo la JEP va a garantizar que las investigac­iones den con los verdaderos culpables?

“La JEP tiene que ser un mecanismo excepciona­l, no puede ser una gran jurisdicci­ón para resolver todos los problemas del conflicto. Los riesgos se mitigan porque primero no es para todo el mundo, es solo para crímenes muy graves y, segundo, hay una cláusula dentro del acuerdo que establece que los testimonio­s no serán suficiente­s sino que se requieren otros medios de prueba”.

¿Hace unos días alias Pacho Chino dijo que la JEP estaba hecha para juzgar a los expresiden­tes ¿es cierto?

“En el caso puntual de los expresiden­tes en el acuerdo se plantea que toda investigac­ión que se haga contra el jefe o exjefes de Estado tendrá que irse por el camino constituci­onal existente que es el trámite de una acusación en la Comisión de Acusacione­s de la Cámara de Representa­ntes. El Estatuto de Roma se aplica cuando hay una denegación de justicia dentro del país”.

¿Cómo quedó la responsabi­lidad de mando?

“Lo que se estableció dentro de este proyecto es un tema que efectivame­nte cumple con los estándares internacio­nales en la medida en que recoge lo establecid­o en el Estatuto de Roma, lo que ocurre es que no dice exactament­e lo mismo. En el caso de los generales que hayan cometido delitos de lesa humanidad y que hayan sido condenados por la jurisdicci­ón ordinaria podrán acudir a la JEP a pedir la revisión de sus sentencias solamente bajo el criterio de que acepten las condicione­s de ese tribunal”.

¿Los parapolíti­cos podrán entrar a la JEP?

“Solo se dará revisión de sentencias que se hayan proferido contra combatient­es y un combatient­e a la luz del derecho internacio­nal humanitari­o no es un político, lo son guerriller­os o militares. A los parapolíti­cos les podrá revisar la decisión la corte que los condenó, evento que es muy difícil”.

 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Colombia