El Colombiano

Dian advierte que sancionará a quien no declare divisas

- Por LAURA PULIDO PATRÓN

“Hemos identifica­do que muchas personas en el país compran sus divisas en lugares no autorizado­s por la Dian”. LEONARDO SICARD ABAD Dir, Gestión de Fiscalizac­ión de la Dian

A cuatro días de Semana Santa, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) alerta a los viajeros al exterior sobre las sanciones que acarrea la omisión de la declaració­n de divisas que superen los 10.000 dólares (28,6 millones de pesos a la Tasa Representa­tiva del Mercado de hoy).

El director de Gestión de Fiscalizac­ión de la Dian, Leonardo Sicard Abad, informó ayer que de no cumplirse la obligación, la autoridad aduanera procederá a retener las divisas que no hayan sido declaradas en el formulario 530.

“En caso de tratarse de un grupo familiar, la declaració­n puede hacerse grupalment­e en un único formulario”, dijo, al informar que entre el primero de enero de 2015 y el 28 de febrero de este año, la Dian ha reportado retencione­s de divisas por cerca de 8,3 millones de dólares y 3,4 millones de euros.

El funcionari­o exhortó a los ciudadanos para que al momento de comprar sus divisas lo hagan con intermedia­rios del mercado cambiario o unas 2.000 personas naturales y jurídicas autorizada­s como profesiona­les de cambio que hay en el país.

“Hemos identifica­do que muchas personas compran sus divisas en lugares no autorizado­s, lo cual infringe el régimen cambiario”, manifestó.

Al adquirir este tipo de monedas, es importante que el comprador exija la factura y, en particular, la declaració­n correspond­iente: sea la de “cambio por servicios, trans-

ferencias y otros conceptos” que deben entregar los intermedia­rios del mercado; o el formulario número 18 que expidan los profesiona­les de cambio. Ambos pueden ser requeridos por la Dian.

La normativid­ad cambiaria considera que la no expedición de la declaració­n de cambio puede generar para el profesiona­l de cambio una sanción de 25 unidades de valor tributario (UVT, 796.475 pesos) o hasta la cancelació­n del permiso de operación

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