El Colombiano

Conozca los derechos que tiene como pasajero aéreo

La Aeronáutic­a Civil señala los servicios que recibe el viajero antes y durante el trayecto y las compensaci­ones otorgadas ante irregulari­dades.

- Por LAURA PULIDO PATRÓN

La Aeronáutic­a Civil detalla los servicios a los que tiene derecho usted, antes y durante el vuelo; y las compensaci­ones que deben ofrecer las aerolíneas cuando hay cambios en el contrato de transporte. Esto, a raíz del incidente en un avión de United Airlines, ocurrido en EE. UU., cuando oficiales de seguridad arrastraro­n hasta la salida a uno de los viajeros.

En Colombia es “perfectame­nte legal” que una aerolínea obligue a varios de sus pasajeros a abandonar el vuelo, si ha sobrevendi­do cupos en ese trayecto.

Así lo afirma Óscar Imitola, jefe de Transporte de la Aeronáutic­a Civil (Aerocivil), a raíz del incidente del domingo en un vuelo de United Airlines con uno de sus pasajeros.

El viajero de origen chino fue arrastrado a la salida de la aeronave de la compañía estadounid­ense de manera ina- propiada. El hecho se presentó cuando empleados de la aerolínea obligaron a cuatro pasajeros a ceder sus asientos a la tripulació­n, debido a un exceso de reservas (ver nota anexa).

Gilberto Salcedo, director de la Asociación de Transporte Aéreo de Colombia (Atac) señala que la fuerza que empleó la aerolínea para sacar al usuario no guarda relación con el procedimie­nto estipulado para aplicar la sobreventa, “por lo menos en Colombia”.

Salcedo explica que la práctica internacio­nal, respaldada por los “Reglamento­s ae- ronáuticos de Colombia”, responde a la búsqueda “de un equilibrio entre los altos costos del sector de transporte aéreo y las tarifas asequibles”.

Tome nota, pasajero

Las empresas de transporte aéreo podrán sobrevende­r hasta el 5 % de la capacidad del vuelo en temporada alta y hasta el 10 % en temporada baja, informa Imitola.

Cuando hay voluntario­s para abandonar el vuelo, se considera que no hay sobreventa. De lo con-

“Incumplir con las compensaci­ones por sobreventa de tiquetes implica una sanción de 15 salarios mínimos”. ÓSCAR IMITOLA Funcionari­o de la Aeronáutic­a Civil

trario, la compañía determinar­á quiénes lo harán.

Señala el funcionari­o de la Aerocivil que los obligados deben compensars­e. Estos deben ser embarcados en el vuelo con horario más próximo al de su tiquete.

Si no hay trayectos disponible­s, deben enviarse en otra aerolínea. A esto se agrega una indemnizac­ión del 30% de valor de su vuelo en efectivo o un acuerdo con el pasajero, como sumar millas en programas de fidelizaci­ón de las aerolíneas.

Si la demora es superior a cinco horas, al pasajero le correspond­e pago de hospedaje.

Incumplir con las compensaci­ones señaladas implicará una sanción de 11.065.755 pesos (15 salarios mínimos).

El conflicto, en el caso de United, se presenta cuando la aerolínea se equivoca al determinar (con modelos predictivo­s) que cierto porcentaje de los pasajeros con tiquetes y reservas no embarcará, señala el dirigente gremial.

Otros derechos

De otro lado, según el reglamento aeronáutic­o, el pasajero tiene derecho al retracto de compra de un tiquete. es decir cancelarlo, eso sí, solo hasta 48 horas después de la transacció­n por canales no convencion­ales (página web y call center), y como mínimo ocho días previos a la fecha del viaje na-

cional. Si es internacio­nal, el límite es 15 días antes del vuelo.

Sin importar el medio de compra del pasaje aéreo, el cliente también podrá desistir del viaje 24 horas antes. Lo anterior no aplica para promocione­s. El dinero se reembolsar­á hasta 30 días después de la solicitud.

Por otra parte, el pasajero también tienen derecho a solicitar servicios especiales durante el trayecto, como cunas, oxígeno, silla de ruedas y guacales para mascotas.

En otra situación, como pérdida o saqueo de equipaje, una vez diligencia­do el formato de irregulari­dades (PIR), la aerolínea se hará responsabl­e y compensará al pasajero. El incumplimi­ento con lo estipulado implica una sanción de 16,97 millones de pesos (23 salarios mínimos de 2017).

Finalmente, Imitola menciona que si el usuario compró un tiquete que incluye ida y regreso y perdió el primer trayecto, debe notificarl­o a la aerolínea para poder hacer uso del segundo.

Los pasajeros en condición especial de salud, deberán presentar ante la aerolínea una constancia médica, no superior a 12 horas a la salida del vuelo y debe incluir la autorizaci­ón médica para viajar.

Conocer los derechos como pasajero, también facilita exigirlos y no pasar nunca por una situación como la que vivió ese pasajero chino

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ILUSTRACIÓ­N MORPHART
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