El Colombiano

Demandas al Código rayan con equilibrio de poderes: Policía.

- Por JULIÁN AMOROCHO BECERRA RÓBINSON SÁENZ

Desde la institució­n policial dicen que su código no está en la competenci­a de los jueces. “Resulta perjudicia­l y contradict­orio que un policía sea controlado por un juez. Son ramas del poder independie­ntes”. CAPITÁN JUAN PALACIO Asesor jurídico de la Policía Nacional

Después de conocerse los fallos de la Corte Constituci­onal que pusieron límites a los artículos del Código de Policía que hablan del control al espacio público y al ingreso de agentes a viviendas sin orden de un juez, queda servida la posibilida­d de que, por vías judiciales, se pueda condiciona­r este nuevo reglamento que entró en vigencia el pasado 30 de enero.

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El tema generó controvers­ia en el país, porque según la institució­n es ponerle talanquera­s a la función policial. No obstante, hay otras 20 demandas esperando a ser tomadas por los magistrado­s de este alto tribunal.

En diálogo con EL COLOMBIANO, el capitán Juan David Palacio Ardila, abogado asesor de la Secretaría General de la Policía Nacional y uno de los juristas que estuvo detrás de la construcci­ón del Código, asegura que la institució­n respeta las sentencias de la Corte, pero advirtió que de esta manera se pone en peligro el equilibrio de poderes.

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¿Está de acuerdo la Policía con el control de la Corte al Código de Policía?

“No. El derecho de Policía es independie­nte al penal. Entonces, un juez no tendría competenci­a sobre la naturaleza del derecho de la Policía. No se pueden mezclar poderes. La Policía es el poder ejecutivo del Estado y un juez es parte del poder judicial. Eso nos pone en un desequilib­rio y con un problema constitu- cional. Colombia debe respetar los poderes públicos, entonces no estamos de acuerdo que se haga esa mezcla perversa de los principios orientador­es de las ramas del derecho”.

¿La Policía elevará alguna apelación a los fallos?

“A la institució­n no se le vincula directamen­te con las demandas, porque el acto legislativ­o que originó el Código es del Ministerio de Defensa. Pero la Corte sí pide que la Policía conceptúe sobre el tema. Eventualme­nte se puede pedir la revisión del tema, pero una vez producida una sentencia

de constituci­onalidad, es cosa juzgada. Si la Corte se pronuncia, se debe obediencia”.

¿Cómo afectan los fallos al funcionami­ento del Código?

“Todas las normas de Policía son preventiva­s. Lo que buscan finalmente es impedir que las acciones de las personas lleguen a lo penal. Se supone que las normas penales deben ser la último instancia para castigar a un ciudadano”

¿Qué efectos en la práctica genera el control judicial?

“No compartimo­s que, en temas como la entrada a las viviendas, se proponga que haya un control posterior por parte de un juez, porque se rompe el principio de inmediatez y va a servir para colapsar el aparato

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FOTOILUSTR­ACIÓN El Código de Policía castiga conductas como generar riñas, cuya multa contemplad­a es de 393.440 pesos. Además, también se multarán a los vecinos ruidosos.

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