Demandas al Código rayan con equilibrio de poderes: Policía.
Desde la institución policial dicen que su código no está en la competencia de los jueces. “Resulta perjudicial y contradictorio que un policía sea controlado por un juez. Son ramas del poder independientes”. CAPITÁN JUAN PALACIO Asesor jurídico de la Policía Nacional
Después de conocerse los fallos de la Corte Constitucional que pusieron límites a los artículos del Código de Policía que hablan del control al espacio público y al ingreso de agentes a viviendas sin orden de un juez, queda servida la posibilidad de que, por vías judiciales, se pueda condicionar este nuevo reglamento que entró en vigencia el pasado 30 de enero.
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El tema generó controversia en el país, porque según la institución es ponerle talanqueras a la función policial. No obstante, hay otras 20 demandas esperando a ser tomadas por los magistrados de este alto tribunal.
En diálogo con EL COLOMBIANO, el capitán Juan David Palacio Ardila, abogado asesor de la Secretaría General de la Policía Nacional y uno de los juristas que estuvo detrás de la construcción del Código, asegura que la institución respeta las sentencias de la Corte, pero advirtió que de esta manera se pone en peligro el equilibrio de poderes.
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¿Está de acuerdo la Policía con el control de la Corte al Código de Policía?
“No. El derecho de Policía es independiente al penal. Entonces, un juez no tendría competencia sobre la naturaleza del derecho de la Policía. No se pueden mezclar poderes. La Policía es el poder ejecutivo del Estado y un juez es parte del poder judicial. Eso nos pone en un desequilibrio y con un problema constitu- cional. Colombia debe respetar los poderes públicos, entonces no estamos de acuerdo que se haga esa mezcla perversa de los principios orientadores de las ramas del derecho”.
¿La Policía elevará alguna apelación a los fallos?
“A la institución no se le vincula directamente con las demandas, porque el acto legislativo que originó el Código es del Ministerio de Defensa. Pero la Corte sí pide que la Policía conceptúe sobre el tema. Eventualmente se puede pedir la revisión del tema, pero una vez producida una sentencia
de constitucionalidad, es cosa juzgada. Si la Corte se pronuncia, se debe obediencia”.
¿Cómo afectan los fallos al funcionamiento del Código?
“Todas las normas de Policía son preventivas. Lo que buscan finalmente es impedir que las acciones de las personas lleguen a lo penal. Se supone que las normas penales deben ser la último instancia para castigar a un ciudadano”
¿Qué efectos en la práctica genera el control judicial?
“No compartimos que, en temas como la entrada a las viviendas, se proponga que haya un control posterior por parte de un juez, porque se rompe el principio de inmediatez y va a servir para colapsar el aparato